Portal informativo independiente. No estamos afiliados al SEPE ni a ningún organismo oficial. Para trámites y convocatorias oficiales, visita sepe.es.
TL;DR datos clave 2026
- IPREM: 600€/mes
- SMI: 1.221€/mes
- Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora durante 4-24 meses
- Subsidios SEPE: 5 subsidios a 80% IPREM (~480€)
- Despido improcedente: 33 días/año (tope 24 meses)
- Despido objetivo: 20 días/año (tope 12 meses)
- Incapacidad total: 55% (75% a partir de los 55 años) y absoluta 100%
- IMV: 733,60€ unipersonal + complementos
📌 Resumen rápido (TL;DR)
- Descubre cómo el modelo 145 del SEPE puede ayudarte a ajustar tu retención y evitar sorpresas en la renta 2025.
La raíz del problema «me salió a pagar en la renta por el paro» está en la retención del 2% que aplica el SEPE por defecto. Con el modelo 145 puedes pedirle que retenga más, de forma que la declaración del año siguiente sea mucho más equilibrada.
Por qué el 2% del SEPE siempre se queda corto
SEPE: 8.000 €/año (retención 2% = 160 €). Trabajo: 12.000 € (retención 11% = 1.320 €). Total: 20.000 €. Tipo efectivo real ~15%. Cuota ~3.000 €. Retenciones: 1.480 €. Diferencia: 1.520 € a pagar.
Con retención SEPE del 15%: 8.000 × 15% = 1.200 €. Retenciones totales: 2.520 €. Diferencia: solo 480 €.
Cómo cambiar la retención con el modelo 145
- Descarga el modelo 145 de aeat.es o usa el formulario online del SEPE (sede.sepe.gob.es)
- En el apartado de «incremento voluntario», indica el porcentaje que quieres
- Entrega el formulario en tu oficina de empleo o por sede electrónica
- El cambio se aplica desde el mes siguiente — no es retroactivo
Qué porcentaje pedir según tu situación
| Tu situación | Retención recomendada |
|---|---|
| Solo paro <14.000 € | 2% (mínima) |
| Solo paro 14.000-20.000 € | 10-15% |
| ERTE parcial + empresa | 15-18% |
| Paro + trabajo a tiempo completo | 18-20% |
El mejor momento para presentarlo
Cuanto antes mejor. Cada mes que pasa sin subirlo es un mes que el SEPE retiene solo el 2%. Presenta el modelo 145:
- Al inicio del cobro del paro — arranca con la retención correcta
- En enero de cada año si ya estás cobrando
- Después de la campaña de renta si te salió a pagar más de lo esperado
Preguntas frecuentes
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¿Puedo presentar el modelo 145 aunque lleve meses cobrando el paro?
Sí, puedes presentar el modelo 145 en cualquier momento. El cambio de retención se aplica desde el mes siguiente a su presentación, así que no te preocupes si ya llevas tiempo cobrando.
¿Cuánto tiempo tarda el SEPE en aplicar el cambio?
El SEPE aplica el cambio de retención desde el mes siguiente a la recepción del modelo 145. Por ejemplo, si lo presentas en mayo, la nueva retención comenzará en junio.
¿Puedo pedir una retención del 20% o más?
Sí, puedes solicitar una retención del 20% o más sin límite máximo. Si pides demasiado, Hacienda te devolverá el exceso, pero si pides poco, tendrás que pagar la diferencia.
¿El modelo 145 también sirve para comunicar deducciones familiares?
Sí, el modelo 145 permite comunicar deducciones familiares, como hijos o ascendientes a cargo, lo que puede reducir la retención que corresponde aplicar.
¿Cuál es la retención recomendada si solo cobro paro?
Si solo cobras paro y tu ingreso es inferior a 14.000 €, la retención recomendada es del 2%, que es la mínima. Para ingresos entre 14.000 y 20.000 €, se recomienda entre el 10% y el 15%.
¿Cuál es el mejor momento para presentar el modelo 145?
El mejor momento para presentar el modelo 145 es cuanto antes. Cada mes que pasa sin subir la retención, el SEPE retiene solo el 2%, así que es recomendable hacerlo al inicio del cobro del paro.
Datos verificados 2026
- El IPREM se establece en 600€ al mes, lo que afecta directamente a las ayudas y subsidios disponibles (fuente: sepe.es).
- El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se fija en 1.221€ mensuales, garantizando un mínimo vital para los trabajadores (fuente: BOE).
- Las prestaciones contributivas se calculan al 70% de la base reguladora durante los primeros seis meses y al 60% durante el resto del periodo (fuente: sepe.es).
- El SEPE ofrece cinco tipos de subsidios, siendo el más común el que cubre el 80% del IPREM, equivalente a aproximadamente 480€ (fuente: sepe.es).
- En caso de despido improcedente, el trabajador tiene derecho a 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades (fuente: BOE).
- Los despidos objetivos se indemnizan a razón de 20 días por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades (fuente: sepe.es).
- La incapacidad total se reconoce con porcentajes del 55% al 100%, dependiendo del grado de incapacidad (fuente: sepe.es).
- El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se establece en 733,60€ para una persona unipersonal, con complementos según la situación familiar (fuente: BOE).
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