Respuesta rápida (revisado el 23 de septiembre de 2026): en septiembre de 2026 el subsidio por desempleo paga 570 €/mes los primeros 180 días, 540 € los 180 siguientes y 480 € después (95 %, 90 % y 80 % del IPREM de 600 €, según el RDL 2/2024). La nómina de septiembre tiene como fecha de referencia el jueves 10 de septiembre. Portal informativo independiente: no somos el SEPE; tu cuantía exacta está en tu resolución.
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Las ayudas del SEPE en septiembre de 2026 siguen el modelo del Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, en vigor desde el 1 de noviembre de 2024, con el IPREM de 2026 en 600 €/mes. Los importes, duración y requisitos cambian respecto a 2025 y 2024 tras la entrada en vigor plena el 1 de noviembre de 2024 del nuevo modelo, especialmente en el subsidio para mayores de 52, en la nueva cuantía del subsidio por desempleo y en el complemento de apoyo al empleo. Esta guía resume todas las prestaciones del SEPE disponibles este mes.
Subsidio por desempleo: cuantía y duración tras la reforma
El subsidio por desempleo asistencial es la ayuda económica para quienes han agotado la prestación contributiva por desempleo o no llegan a cotizar lo suficiente. Tras la reforma aprobada por el Real Decreto-ley 2/2024 de 21 de mayo, la cuantía y duración cambia por tramos:
- Primeros 180 días: 95% del IPREM, equivalente a unos 570 euros mensuales en 2026.
- Siguientes 180 días: 90% del IPREM, en torno a 540 euros al mes.
- Resto del periodo: 80% del IPREM, alrededor de 480 euros al mes.
La duración del subsidio depende del perfil del solicitante: desde 6 meses (180 días) prorrogables hasta 30 meses para colectivos prioritarios, llegando a un máximo de 180 días por bloque sucesivo. La cuantía y duración se reconocen por bloques renovables.
Subsidio para mayores de 52 años: importe y compatibilidad
El subsidio para mayores de 52 años sigue siendo la prestación más estable del catálogo. Importe del subsidio en 2026: 80% del IPREM, equivalente a 480 euros mensuales. Se mantiene hasta la edad ordinaria de jubilación o de jubilación anticipada, lo que ocurra antes. Requisitos para acceder:
- Tener 52 años o más en el momento de solicitar.
- Haber cotizado al menos 6 años por desempleo a lo largo de la vida laboral.
- Cumplir los requisitos para causar derecho a una pensión contributiva de jubilación, salvo la edad.
- Estar en situación legal de desempleo e inscrito como demandante de empleo.
- Carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.
La compatibilidad del subsidio con un trabajo a tiempo parcial es total: si compatibilizas el subsidio con un empleo a tiempo parcial, el importe se reduce proporcionalmente a la jornada no trabajada. No es compatible con jornada completa.
Complemento de apoyo al empleo (CAE): la novedad de 2026
El complemento de apoyo al empleo es la principal novedad introducida tras la reforma. Permite compatibilizar la prestación contributiva o el subsidio con un trabajo por cuenta ajena, a tiempo completo o parcial, cobrando un complemento que decrece en el tiempo. Funcionamiento:
- Cuantía fija en euros según la tabla oficial del SEPE del complemento de apoyo al empleo, que depende del trimestre de subsidio en que te encuentres y de la jornada pactada al empezar a trabajar: en el primer trimestre, 480 €/mes a jornada completa y entre 360 y 450 € a tiempo parcial.
- La cuantía baja en los trimestres siguientes: a jornada completa, 360 € en el segundo, 240 € en el tercero, 180 € en el cuarto y 120 € desde el quinto.
- Duración máxima: 180 días, que se descuentan de tu subsidio o prestación. En la prestación contributiva solo se aplica si la prestación reconocida es de más de 12 meses y a partir del décimo mes de cobro, con su propia tabla por meses.
- Compatible con contratos por cuenta ajena a tiempo completo y a tiempo parcial.
El objetivo del CAE es que aceptar ofertas de empleo, a tiempo completo o parcial, no penalice a quien cobra prestación. Es la herramienta clave del Gobierno para reducir el paro de larga duración.
Prestación contributiva por desempleo en 2026
La prestación contributiva por desempleo (el «paro» clásico) se calcula sobre la base reguladora de los últimos 180 días cotizados. Cuantía:
- Primeros 180 días: 70% de la base reguladora.
- A partir del día 181: 60% (antes era 50%, sube tras la reforma).
- Topes mínimos y máximos vinculados al SMI y al IPREM ajustados a partir de 2026.
Para cobrar la prestación contributiva necesitas haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 6 años. La duración máxima es de 720 días con 6 años o más cotizados. El agotamiento de la prestación contributiva da paso al subsidio asistencial si cumples requisitos.
Cómo solicitar las ayudas SEPE en septiembre de 2026
El plazo de 15 días hábiles para presentar la solicitud del subsidio cuenta desde el día siguiente al cese laboral o al agotamiento de la prestación contributiva. Pasos para cobrar la ayuda:
- Inscribirse como demandante de empleo en el servicio autonómico (renueva el DARDE).
- Acceder a la sede electrónica del SEPE con certificado digital, Cl@ve o DNIe.
- Rellenar el formulario de solicitud específico (modelo oficial).
- Aportar declaración de ingresos y declaración de rentas de la unidad familiar.
- Presentar justificante de cese (carta despido, finiquito, baja).
- Si no es posible online, acude de forma presencial al servicio publico de empleo estatal con cita previa.
El servicio público de empleo estatal resuelve normalmente en 15 días desde la presentación. Si lo aprueban, el primer abono llega entre el 10 y el 15 del mes siguiente.
Compatibilidad de las prestaciones por desempleo con otros ingresos
La compatibilidad del subsidio o de la prestación con otras situaciones queda así en 2026:
- Trabajo a tiempo parcial: compatible con reducción proporcional al porcentaje trabajado.
- Jornada completa: incompatible. Hay que comunicar el alta y suspende la prestación.
- Becas formativas: compatibles si están vinculadas a cursos del organismo público.
- Pensión por discapacidad no contributiva: compatible con el subsidio mayores 52 según resolución.
- Trabajo autónomo: incompatible con el cobro estándar; existe la capitalización del paro como alternativa.
Cómo perder la ayuda: motivos de extinción y suspensión
Perder la ayuda puede ocurrir por: rechazar tres ofertas de empleo adecuadas, no acudir a renovaciones del DARDE, salir de España más de 15 días sin comunicarlo, no presentar la declaración de rentas anual o superar el límite de ingresos del 75% SMI durante dos meses consecutivos. La sanción habitual es la pérdida temporal de la prestación; en casos graves, extinción definitiva del derecho al subsidio.
Otras ayudas por desempleo en 2026: RAI, SED y renta agraria
Además del subsidio por desempleo reformado, conviene conocer cómo quedan otras ayudas en septiembre de 2026:
- Renta Activa de Inserción (RAI): desde el 1 de noviembre de 2024 no admite nuevas solicitudes; sus colectivos se integran en el subsidio por desempleo. Quien la tenía reconocida antes de esa fecha sigue con la normativa anterior (régimen transitorio). Consulta la información del SEPE sobre subsidios y RAI anteriores a noviembre de 2024.
- Subsidio extraordinario por desempleo (SED): la reforma también cambió su encaje; antes de solicitarlo comprueba en la sede del SEPE si te corresponde a ti o el subsidio ordinario.
- Subsidio y renta agraria: específicos para personas trabajadoras eventuales agrarias de Andalucía y Extremadura.
- Subsidio por cotización insuficiente: para quienes no llegan a 360 días cotizados y cumplen el resto de requisitos.
Diferencias respecto a 2025 y 2024
El gran cambio entre 2025 y 2026 es que la reforma del subsidio entró en vigor el 1 de noviembre de 2024 con periodos transitorios. En 2026 ya se aplica plenamente: primer tramo al 95% del IPREM (antes 80%), nueva escala decreciente, complemento de apoyo al empleo operativo en todo el territorio, y mejoras en compatibilidad para trabajadores a tiempo parcial. Los importes globales son superiores a los de 2024 y la cobertura se ha ampliado.
Lecturas relacionadas
Preguntas frecuentes sobre las ayudas SEPE de septiembre 2026
¿Cuánto se cobra ahora de subsidio?
Entre 480 y 570 euros mensuales según el tramo y el tiempo transcurrido.
¿Hay que cotizar para cobrar el subsidio?
No siempre: el subsidio asistencial exige días cotizados mínimos (3 o 6 meses según situación) o estar en supuestos específicos como mayores de 52 con haber cotizado seis años por desempleo.
¿Puedo cobrar el subsidio si vivo con familia?
Sí, siempre que la unidad familiar no supere el umbral de rentas (75% del SMI por persona).
¿Cuándo cobro el subsidio cada mes?
Entre el día 10 y el 15 del mes siguiente al periodo devengado.
¿Puedo solicitar la ayuda económica si nunca he cotizado?
Solo si encajas en supuestos muy específicos (víctima de violencia, retornados con RAI). Si no, no hay derecho al subsidio del SEPE.
Corrección editorial parcial: 16/10/2026. Se han revisado los elementos indicados en esta actualización; no supone una nueva verificación de todas las cifras ni acredita plazas disponibles. Portal independiente.
