CAPI al cumplir 6 años: hasta diciembre

CAPI cuando el hijo cumple 6 años: prorrateo y pago hasta diciembre

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CAPI cuando el hijo cumple 6 años: sigues cobrando hasta diciembre

El Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) tiene tramos por edad que reducen la cuantía a medida que el menor crece. Pero contrariamente a la creencia popular, no se pierde de golpe en el mes del cumpleaños: el INSS sigue pagando el CAPI completo hasta diciembre del año en que el hijo cumple los 6 años. La regla aplica también al cambio entre los demás tramos.

Tramos de edad y cuantía del CAPI 2026

El CAPI se estructura en tres tramos por edad del menor:

Tramo de edadCuantía mensual 2026Anual
0 a 3 años115 €1.380 €
3 a 6 años80,50 €966 €
6 a 18 años57,50 €690 €

Las cuantías se actualizan cada año mediante el real decreto-ley de revalorización de pensiones y prestaciones públicas (no van indexadas de forma automática al IPREM, congelado en 600 €/mes desde 2021). Las cifras anteriores son las vigentes para el ejercicio 2026, según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Qué pasa exactamente al cumplir 6 años

Si tu hijo cumple 6 años en cualquier mes del año, el CAPI no baja inmediatamente. La regla del INSS es clara: el cambio de tramo se aplica con efectos del mes de enero del año siguiente al cumpleaños.

Ejemplos prácticos:

  • Hijo cumple 6 años el 15 de marzo de 2026 → sigue cobrando 80,50 €/mes hasta diciembre 2026 inclusive. Desde enero 2027 pasa a cobrar 57,50 €/mes.
  • Hijo cumple 6 años el 30 de noviembre de 2026 → cobra 80,50 €/mes hasta diciembre 2026 inclusive. Desde enero 2027 pasa a 57,50 €/mes.
  • Hijo cumple 6 años el 1 de enero de 2027 → cobra 80,50 €/mes durante todo 2027 (hasta diciembre 2027). Desde enero 2028 pasa a 57,50 €/mes.

Esta regla aplica igual al cambio entre 3 años y 6 años. Si tu hijo cumple 3 años en mayo de 2026, sigue cobrando 115 €/mes hasta diciembre 2026 y desde enero 2027 pasa a 80,50 €/mes.

Cuándo termina definitivamente el CAPI

El CAPI se cobra hasta el mes de diciembre del año en que el hijo cumple 18 años. A partir de enero del año siguiente, el menor sale de la unidad de convivencia a efectos del CAPI (aunque siga conviviendo con la familia, lo cual puede afectar a la cuantía base del IMV).

Importante: si el hijo de 18 años o más sigue siendo dependiente económicamente y conviviendo, puede mantenerse en la unidad de convivencia del IMV en sí, pero ya no genera CAPI.

Renovación automática vs solicitud manual

El CAPI se renueva automáticamente cada año si:

  • El IMV sigue activo.
  • El menor sigue empadronado en el mismo domicilio que la unidad de convivencia.
  • No hay cambios significativos en los datos económicos.

El INSS puede requerir documentación actualizada (volante de empadronamiento del menor, certificado de escolarización, DNI/NIE en vigor) en revisiones periódicas. Si no aportas en plazo, se suspende temporalmente.

Casos especiales

Cambio de tramo a mediados de año

El INSS no recalcula la cuantía a mitad de año aunque el cumpleaños sea en marzo. Esperamos al ciclo anual para aplicar el nuevo tramo, lo que beneficia al perceptor (cobra durante meses adicionales en el tramo superior).

Si el menor cambia de unidad de convivencia

Por ejemplo, en custodia compartida que pasa a custodia exclusiva, o en cambio de domicilio. Hay que comunicar el cambio en plazo de 30 días para que el INSS recalcule el CAPI.

Si el menor fallece

Causa baja inmediata del CAPI desde el mes siguiente al fallecimiento. El INSS aplica baja de oficio cuando recibe la comunicación del Registro Civil.

Compatibilidad con otras ayudas

El CAPI es compatible con:

  • Becas y ayudas escolares autonómicas.
  • Cheque escolar municipal (donde existe).
  • Ayudas a la familia numerosa.

Atención: el CAPI no es compatible con la deducción por maternidad de 100 €/mes para casos nuevos desde 2023, salvo quien ya cobraba ambas prestaciones antes de esa fecha (Ley 31/2022, de Presupuestos Generales del Estado para 2023). Tampoco es compatible con la antigua asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 %: en ese caso se opta por una u otra prestación. Si el menor tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 33 %, la prestación por hijo a cargo con discapacidad sí es compatible con el CAPI y pueden percibirse ambas a la vez.

Puedes cobrar el CAPI aunque no tengas el IMV

Respuesta directa: el CAPI tiene umbrales de renta y patrimonio más amplios que el IMV, así que muchas familias con rentas bajas o medias lo cobran aunque les hayan denegado el Ingreso Mínimo Vital.

No existe un formulario separado: se solicita dentro del mismo expediente del IMV y el sistema analiza automáticamente si tienes derecho a una o a ambas prestaciones. El importe es acumulable por cada menor (por ejemplo, un hijo de 2 años y otro de 7 suman 115 € + 57,50 € = 172,50 € al mes), sin límite por número de hijos mientras se cumplan los requisitos económicos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobro de CAPI tras los 6 años?

57,50 €/mes (690 €/año) por cada hijo entre 6 y 18 años. El cambio de cuantía aplica desde enero del año siguiente al cumpleaños.

¿Hay que reactivar el CAPI cada año?

No. Se renueva automáticamente. Solo aportas documentación si el INSS te requiere.

¿Y si el hijo cumple 18?

Sigue cobrando CAPI hasta diciembre del año en que cumple 18. Desde enero del año siguiente, el CAPI termina.

¿Puedo combinar CAPI con otras ayudas?

Sí, con becas escolares, deducción por maternidad y ayudas autonómicas. No con PNC infantil.

¿Cuándo se actualiza la cuantía?

Anualmente con el IPREM aprobado en la Ley de Presupuestos. Suele aplicar desde enero del nuevo ejercicio.

¿Si el menor estudia fuera de España?

Si el menor mantiene residencia habitual y empadronamiento en España, sigue cobrando. Si traslada residencia al extranjero más de 90 días/año, el CAPI puede suspenderse.

Información actualizada a 2026. Las cuantías se revisan cada año por real decreto-ley de revalorización. Para casos específicos consulta con el INSS o un graduado social.

Fuentes: Ley 19/2021 IMV (BOE), inclusion.gob.es (CAPI), sede.seg-social.gob.es.

Sobre el autor: elaborado por , director editorial de cursos-sepe.com, a partir de fuentes oficiales: sepe.es · BOE · fundae.es. Portal informativo independiente: no es el SEPE.

Corrección editorial parcial: 16/10/2026. Se han revisado los elementos indicados en esta actualización; no supone una nueva verificación de todas las cifras ni acredita plazas disponibles. Portal independiente.

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Daniel Bellido Director editorial y especialista en formación profesional
Daniel Bellido es divulgador especializado en cursos y formación relacionados con el SEPE, desde Córdoba (España).