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El certificado de empresa es el documento con el que tu empresa comunica al SEPE tu cese, las bases de cotización y la causa de la baja, y es imprescindible para cobrar el paro. Lo envía la empresa de forma telemática en un plazo de 10 días; tú no tienes que entregarlo. Una vez en situación de desempleo, podrás solicitar la prestación.
Resumen: el certificado de empresa en 2026
Respuesta directa: lo emite y envía la empresa al SEPE por vía telemática (Certific@2) en los 10 días siguientes a la extinción del contrato, y el trabajador puede descargar una copia en la sede electrónica.
| Concepto | Detalle 2026 | Fuente |
|---|---|---|
| Quién lo emite | La empresa (obligación legal) | Art. 298 LGSS |
| Cómo se envía | Telemático por Certific@2 | Orden TIN/790/2010 |
| Plazo | 10 días desde la extinción del contrato | RD 625/1985 |
| Para qué sirve | Acreditar el desempleo y calcular el paro | SEPE |
| Copia para el trabajador | Sede electrónica del SEPE u oficina | SEPE |
| Si no lo tienes | Puedes pedir el paro igual; el SEPE lo requiere | SEPE |
Qué es y para qué sirve el certificado de empresa
Respuesta directa: es el documento que confirma tu situación legal de desempleo y aporta al SEPE los datos necesarios para reconocer y calcular tu prestación.
Sin él, el SEPE no puede verificar tu periodo cotizado ni la causa del cese, dos elementos clave para saber si tienes derecho al paro y cuánto cobrarás. Por eso es el primer documento que la empresa debe gestionar cuando termina tu contrato, antes incluso de que solicites la prestación.
Quién lo envía y en qué plazo
Respuesta directa: es la empresa quien debe enviarlo al SEPE, de forma telemática a través de Certific@2, en un plazo máximo de 10 días desde la extinción del contrato.
Desde 2011 el envío es exclusivamente electrónico, por lo que en la mayoría de los casos la empresa no te entrega un papel: lo remite directamente al SEPE. No emitirlo o retrasarlo es una infracción sancionable. Solo en supuestos concretos, como trabajadores fijos discontinuos o con múltiples contratos temporales, puede entregarse en mano.
Qué datos incluye
Respuesta directa: recoge el periodo trabajado, el tipo de contrato, la causa de la extinción y las últimas bases de cotización, que son las que determinan la base reguladora del paro.
La causa del cese es decisiva: si la baja es involuntaria (despido, fin de contrato) tendrás derecho a la prestación; si es voluntaria, en principio no. Por eso conviene revisar que los datos sean correctos. Si vas a solicitar un subsidio en lugar del paro, este documento también forma parte de la documentación; compáralos en la guía de los subsidios del SEPE 2026.
Cómo conseguir tu copia paso a paso
Respuesta directa: aunque no necesitas el papel, puedes consultar y descargar tu certificado en la sede electrónica del SEPE para comprobar que la empresa lo ha enviado.
- Accede a la sede electrónica del SEPE con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Entra en el apartado de protección por desempleo y tus datos de cotización.
- Comprueba que figura el certificado enviado por tu empresa y que los datos son correctos.
- Descarga la copia si la necesitas para tus gestiones.
- Solicita la prestación dentro de los 15 días hábiles aunque el certificado aún no aparezca.
Errores comunes con el certificado de empresa
- ✗ Error: esperar a tener el papel para pedir el paro. Solución: solicita la prestación en plazo; el SEPE puede requerirlo a la empresa.
- ✗ Error: no revisar la causa del cese. Solución: comprueba que figura como involuntaria si te corresponde.
- ✗ Error: creer que debes entregarlo tú. Solución: lo envía la empresa de forma telemática.
- ✗ Error: no detectar errores en las bases de cotización. Solución: influyen en tu base reguladora; revísalas.
- ✗ Error: superar los 15 días hábiles para solicitar el paro. Solución: no dependas del certificado para cumplir ese plazo.
La causa del cese: ¿da derecho al paro?
Respuesta directa: el dato más importante del certificado es la causa de la extinción, porque determina si estás en situación legal de desempleo y, por tanto, si puedes cobrar el paro.
| Causa del cese | ¿Da derecho a paro? |
|---|---|
| Despido (disciplinario, objetivo o colectivo) | Sí |
| Fin de contrato temporal | Sí |
| No superar el periodo de prueba a instancia de la empresa | Sí |
| Suspensión por ERTE | Sí (por suspensión) |
| Baja voluntaria o dimisión | No |
| Excedencia voluntaria | No |
Por eso conviene revisar que la causa que figura en el certificado coincide con la realidad: un error en este campo puede bloquear el reconocimiento de tu prestación. Si crees que la empresa ha consignado una causa incorrecta, puedes reclamarlo.
Qué hacer si la empresa no lo envía o se equivoca
Respuesta directa: si la empresa no envía el certificado o lo hace con errores, solicita igualmente el paro en plazo y comunícalo al SEPE, que puede requerirlo de oficio.
- Comprueba en la sede electrónica del SEPE si el certificado consta enviado.
- Solicita la prestación dentro de los 15 días hábiles aunque no aparezca.
- Comunica al SEPE la falta del certificado o el error detectado.
- Reclama a la empresa, ya que no emitirlo o hacerlo tarde es una infracción sancionable.
- Conserva tu carta de despido, nóminas y finiquito como respaldo.
Preguntas frecuentes sobre el certificado de empresa
¿Qué es el certificado de empresa?
El documento con el que la empresa comunica al SEPE tu cese, tus bases de cotización y la causa de la baja, necesario para reconocer y calcular el paro.
¿Quién lo envía, la empresa o yo?
La empresa. Está obligada a enviarlo telemáticamente al SEPE; tú no tienes que entregarlo.
¿Qué plazo tiene la empresa?
Diez días desde la extinción del contrato. No emitirlo o retrasarlo es una infracción sancionable.
¿Cómo consigo una copia?
En la sede electrónica del SEPE con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, o solicitándola en la oficina de empleo.
¿Puedo pedir el paro sin el certificado?
Sí. Solicita la prestación dentro de los 15 días hábiles aunque no lo tengas; el SEPE puede requerirlo directamente a la empresa.
¿Qué datos incluye?
El periodo trabajado, el tipo de contrato, la causa de la extinción y las últimas bases de cotización.
¿Qué pasa si la empresa no lo envía?
Incurre en una infracción sancionable. El SEPE puede reclamárselo y tú debes solicitar igualmente la prestación en plazo.
¿Se entrega en papel?
Por norma general no, ya que el envío es telemático. Solo en casos como fijos discontinuos puede entregarse en mano.
Comprueba tu certificado y solicita el paro a tiempo
Tres cosas que recordar: lo envía la empresa por Certific@2, el plazo es de 10 días, y puedes pedir el paro aunque no lo tengas. Tu próximo paso concreto: entra en la sede electrónica del SEPE para comprobar que tu empresa lo ha enviado y solicita la prestación dentro de los 15 días hábiles.
Información orientativa, no sustituye la consulta oficial. Confirma tu caso en sepe.es. Fuentes: SEPE, art. 298 de la Ley General de la Seguridad Social y normativa de Certific@2.
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Sobre el autor: Equipo Editorial de cursos-sepe.com, especializado en formación profesional para el empleo, prestaciones y orientación laboral.
Publicado y actualizado: 28 de mayo de 2026.
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