Bonificaciones por contratación 2026: cuánto ahorras según a quién contrates

Bonificaciones por contratación 2026 - cuánto ahorras según a quién contrates | Cursos SEPE

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Las bonificaciones a la contratación son descuentos fijos en la cuota de la Seguridad Social que recibe la empresa por contratar de forma indefinida a desempleados de ciertos colectivos. En 2026 van de 110 € a 275 € al mes, según a quién contrates.

Consulta también la guía de ayudas al empleo y la contratación en Andalucía 2026.

Si tu empresa está en Andalucía, estas bonificaciones estatales pueden sumarse a las ayudas autonómicas Emplea-T, que son una subvención aparte.

Cuánto se ahorra por colectivo en 2026

Respuesta directa: el sistema vigente desde 2023 sustituyó las reducciones de base por bonificaciones de cuantía fija mensual, lo que permite saber con exactitud cuánto se descuenta cada mes en el TC1.

Colectivo contratado (indefinido)BonificaciónDuración
Persona parada de larga duración110 €/mes3 años
Mujer o persona mayor de 45 años (parada de larga duración)128 €/mes3 años
Joven menor de 30 (Garantía Juvenil, baja cualificación)275 €/mes36 meses
Persona con discapacidad (contratación general)375 €/mes (4.500 €/año)Vigencia del contrato

Tiempo de lectura: 5 minutos. Última actualización: 8 de junio de 2026.

Reverificado el 18 de julio de 2026: una corrección y una norma nueva que NO te afecta aquí

Corregimos una cifra: la bonificación general por contratar a una persona con discapacidad es de 375 €/mes (4.500 €/año) durante toda la vigencia del contrato — así lo confirma la página oficial del SEPE sobre bonificaciones para personas con discapacidad. La cifra de 6.300 €/año que manejábamos corresponde a un supuesto mucho más concreto (transformación de un contrato temporal en indefinido, para mayores de 45 años), no a la contratación general que resume esta tabla; lo hemos corregido para que no lleves un dato a tu asesoría que no aplica a tu caso.

Y una norma que probablemente NO te afecta: el 9 de abril de 2026 se publicó la Ley 1/2026, de 8 de abril, de impulso de la economía social, que modificó el RDL 1/2023 — pero su alcance es acotado: añade una bonificación específica para el contrato de transición al empleo ordinario en empresas de inserción y aclara ciertas exclusiones para personas con discapacidad severa. Si tu empresa no es una empresa de inserción, las cuantías de esta tabla —110 €, 128 € y 275 €— siguen exactamente igual que antes.

¿Qué son las bonificaciones a la contratación?

Respuesta directa: son incentivos estatales que reducen lo que la empresa paga de cuotas a la Seguridad Social cuando formaliza un contrato indefinido con una persona desempleada de un colectivo prioritario, regulados por el marco de incentivos vigente desde 2023.

A diferencia de una subvención, no se cobran: se aplican como descuento en la cotización mensual. Por eso conviene comprobar el estado del trabajador en el SEPE antes de firmar.

Bonificación por contratar a mayores de 45 y a mujeres

Respuesta directa: contratar de forma indefinida a una mujer o a una persona mayor de 45 años parada de larga duración da derecho a 128 € al mes durante 3 años, frente a los 110 € de la bonificación general por desempleo de larga duración.

Es uno de los incentivos más estables del sistema y se aplica con el contrato indefinido a jornada completa o parcial (con ajuste proporcional).

Requisitos para aplicarlas

Respuesta directa: la contratación debe suponer un incremento neto del empleo indefinido respecto a la media de los 30 días anteriores, la empresa debe estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y no puede haber hecho despidos improcedentes en los 6 meses previos.

Además, el contrato se registra en el SEPE y hay que mantener el nivel de empleo exigido durante el periodo bonificado.

Incompatibilidades

Respuesta directa: por regla general solo puede aplicarse una bonificación estatal por contrato; no se acumulan varias medidas estatales sobre la misma contratación.

Sí suelen ser compatibles con subvenciones autonómicas como Emplea-T, que tienen naturaleza distinta. Confírmalo en cada convocatoria.

Cómo aplicarlas paso a paso

  1. Comprueba el colectivo y la situación del trabajador en el SEPE antes de firmar.
  2. Formaliza el contrato indefinido con el código correcto.
  3. Registra el contrato y aplica la bonificación en el TC1.
  4. Mantén el nivel de empleo durante el periodo bonificado.

El detalle del procedimiento está en la guía para aplicar las bonificaciones paso a paso en sepeformate.com.

Requisitos que debe cumplir la empresa

Respuesta directa: para aplicar cualquier bonificación, la empresa debe estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, no haber sido inhabilitada para recibir ayudas públicas y no haber hecho despidos declarados improcedentes de un contrato bonificado en los 12 meses anteriores.

Si está obligada a tener plan de igualdad, debe contar con él. Estos requisitos se comprueban al comunicar el alta a la Tesorería General de la Seguridad Social (art. 8, RDL 1/2023).

Cuándo no se aplican: exclusiones

Respuesta directa: quedan fuera las relaciones laborales especiales (salvo discapacidad en centros especiales de empleo y empleo del hogar), determinadas contrataciones de familiares, las personas que ya estuvieron vinculadas a la misma empresa en los plazos fijados y, con excepciones, el sector público.

Tampoco se aplican si la persona causó baja en la empresa recientemente. La inexistencia de exclusiones se declara de forma responsable al tramitar el alta.

Obligación de mantener el empleo tres años

Respuesta directa: en la contratación indefinida bonificada hay que mantener a la persona en alta al menos tres años desde el inicio del contrato; de lo contrario, procede el reintegro de las bonificaciones disfrutadas.

No cuentan como incumplimiento las bajas por dimisión, jubilación, muerte o incapacidad permanente del trabajador, ni los despidos disciplinarios o por causas objetivas declarados procedentes (art. 9, RDL 1/2023).

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se ahorra por contratar a un mayor de 45?

128 € al mes durante 3 años si está parado de larga duración, aplicados como descuento en la cuota de la Seguridad Social.

¿Y por contratar a una mujer?

La misma bonificación reforzada de 128 € al mes durante 3 años en el supuesto de desempleo de larga duración.

¿Cuánto por un joven de Garantía Juvenil?

Hasta 275 € al mes durante 36 meses por la contratación indefinida de jóvenes menores de 30 con baja cualificación.

¿Son una ayuda que se cobra?

No. Se aplican como descuento en las cuotas de la Seguridad Social, no como un ingreso.

¿Se pueden acumular varias?

Por norma general solo se aplica una bonificación estatal por contrato; no se acumulan medidas estatales sobre el mismo contrato.

¿Son compatibles con Emplea-T?

Sí, suelen serlo por ser una subvención autonómica de naturaleza distinta. Conviene confirmarlo en la convocatoria.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Incremento neto de empleo indefinido, estar al corriente con AEAT y TGSS, y no haber hecho despidos improcedentes en los 6 meses anteriores.

¿Dónde se aplican?

Registrando el contrato en el SEPE y aplicando el descuento en el TC1 mensual.

Errores que cuestan la bonificación

  • No verificar al trabajador en el SEPE: el colectivo determina la cuantía. Solución: comprueba su situación antes de firmar.
  • Código de contrato equivocado: puede anular el incentivo. Solución: revisa el código aplicable.
  • Despidos improcedentes recientes: excluyen la bonificación. Solución: revisa los 6 meses previos.
  • No mantener el nivel de empleo: obliga a devolver lo aplicado. Solución: planifica la plantilla.
  • Intentar acumular dos estatales: no es posible. Solución: elige la más ventajosa por contrato.

Qué hacer ahora

  1. Identifica el colectivo de la persona que vas a contratar.
  2. Comprueba su situación en el SEPE y el código de contrato.
  3. Aplica la bonificación en el TC1 y conserva la documentación.

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Información orientativa; las cuantías y requisitos derivan del marco estatal de incentivos a la contratación. Confirma tu caso en el SEPE o con un asesor laboral colegiado.

Normativa de referencia

Las bonificaciones a la contratación se regulan en el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero (BOE), que unificó en una sola norma los incentivos vigentes.


Equipo especialista independiente en empleo y formación — Grupo de redactores especializados en ayudas al empleo, formación profesional y prestaciones en España. Cada guía se elabora contrastando la información con fuentes oficiales como la Junta de Andalucía, el SEPE, el SAE y el BOE.
Publicado: 8 de junio de 2026 · Última actualización: 8 de junio de 2026

Sobre el autor: contenido revisado por , especialista en formación para el empleo, ayudas y prestaciones del SEPE, con más de 6 años analizando normativa laboral y convocatorias oficiales. Fuentes: sede.sepe.gob.es · BOE · Fundae.

Última revisión: 18 de julio de 2026. Información orientativa basada en fuentes oficiales; los importes, plazos y requisitos pueden variar y NO sustituye la consulta oficial en sepe.es.

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Daniel Bellido Director Editorial y Especialista en Formacion Profesional
Daniel Bellido es divulgador especializado en cursos y formación relacionados con el SEPE, desde Córdoba (España).

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