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TL;DR datos clave 2026
- IPREM: 600€/mes
- SMI: 1.221€/mes (17.094€/año)
- Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora, duración de 4-24 meses
- Subsidios SEPE: 5 tipos, 80% IPREM (~480€)
- Despido improcedente: 33 días/año, tope 24 mensualidades
- Despido objetivo: 20 días/año, tope 12 mensualidades
- Crédito mínimo FUNDAE: 420€
- Tarifa plana autónomos: 80€/mes durante 12 meses
📌 Resumen rápido (TL;DR)
- Guía completa: ERTE 2026: tipos, trámites y prestación del SEPE en un ERTE. Requisitos y solicitud en 2026.
- Preguntas frecuentes: Sí, pero con condiciones
¿Qué es un ERTE y cómo funciona?
Un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) es un mecanismo legal que permite a las empresas suspender contratos de trabajo o reducir jornadas de forma temporal cuando atraviesan dificultades. A diferencia del ERE (definitivo), el ERTE es temporal y el trabajador conserva su puesto de trabajo.
Durante un ERTE, los trabajadores afectados cobran prestación por desempleo del SEPE por las horas no trabajadas. La empresa puede suspender el contrato al 100% (ERTE de suspensión) o reducir la jornada entre un 10% y un 70% (ERTE de reducción de jornada). En 2025, más de 120.000 trabajadores estuvieron en algún momento afectados por un ERTE (Fuente: SEPE, Estadísticas de regulación de empleo 2025).
El marco legal vigente es el Real Decreto-ley 32/2021 (reforma laboral), que introdujo los ERTEs del mecanismo RED y reformó los ERTEs ETOP y de fuerza mayor. Este marco permanece vigente en 2026 sin modificaciones sustanciales (Fuente: BOE, RDL 32/2021).
¿Qué tipos de ERTE existen en 2026?
| Tipo | Causas | Duración máxima | Exoneraciones SS |
|---|---|---|---|
| ETOP | Económicas, técnicas, organizativas o productivas | Según causa | No |
| Fuerza mayor | Catástrofes, pandemias, impedimentos legales | Mientras dure la causa | Sí (hasta 90%) |
| RED cíclico | Crisis macroeconómica activada por el Gobierno | Máximo 1 año | Sí (progresivas) |
| RED sectorial | Reestructuración de un sector concreto | Máximo 1 año (prorrogable) | Sí (con formación) |
El mecanismo RED es la gran novedad de la reforma laboral de 2022, inspirado en el Kurzarbeit alemán. Debe ser activado por el Consejo de Ministros y no se ha utilizado todavía a fecha de 2026, aunque estuvo a punto de activarse para el sector automovilístico en 2025.
¿Cuánto se cobra durante un ERTE en 2026?
La prestación por desempleo durante un ERTE se calcula igual que la prestación ordinaria: 70% de la base reguladora los primeros 180 días y 60% después. Los topes mínimos y máximos son los mismos que para el paro normal.
En caso de reducción de jornada, la prestación es proporcional a las horas no trabajadas. Por ejemplo, si tienes una reducción del 50% de jornada, cobrarás la mitad de la prestación que te correspondería en caso de suspensión total, y la otra mitad la sigue pagando la empresa como salario.
| Salario base | ERTE suspensión 100% | ERTE reducción 50% | ERTE reducción 30% |
|---|---|---|---|
| 1.221 € (SMI) | 854,70 € | 427,35 € + 610,50 € sal. | 256,41 € + 854,70 € sal. |
| 1.500 € | 1.050 € | 525 € + 750 € sal. | 315 € + 1.050 € sal. |
| 2.000 € | 1.225 € (tope) | 612,50 € + 1.000 € sal. | 367,50 € + 1.400 € sal. |
Como se ve, en un ERTE de reducción de jornada el trabajador mantiene parte de su salario y complementa con prestación. El total recibido suele ser superior al de una suspensión completa, lo que hace la reducción de jornada más favorable para el trabajador.
¿Un ERTE consume paro acumulado?
Depende del tipo de ERTE. En los ERTEs ETOP ordinarios, el tiempo de prestación consumido sí descuenta de tu paro acumulado. Si estás 6 meses en un ERTE ETOP, consumirás 6 meses de tu prestación, como si estuvieras en paro normal.
En los ERTEs de fuerza mayor vinculados a catástrofes (como los de la DANA de 2024), existió temporalmente un mecanismo de «contador a cero» que no consumía paro. Sin embargo, esta medida excepcional se ha ido restringiendo y en 2026 solo se aplica a ERTEs de fuerza mayor específicamente activados por el Consejo de Ministros (Fuente: RDL 32/2021, disposición transitoria).
Para los ERTEs del mecanismo RED, la prestación es especial: no se descuenta del paro acumulado y se paga a cargo del Fondo RED (financiado por una cotización empresarial específica). Esta es una de las grandes ventajas del mecanismo RED frente al ERTE ETOP.
¿Cómo cotiza la empresa durante un ERTE?
Durante un ERTE, la empresa debe seguir cotizando a la Seguridad Social por los trabajadores afectados, aunque puede beneficiarse de exoneraciones según el tipo de ERTE. Las cotizaciones del trabajador las asume el SEPE (incluidas en la prestación).
| Tipo de ERTE | Exoneración empresa | Condición |
|---|---|---|
| ETOP ordinario | 0% | Sin exoneraciones |
| Fuerza mayor | Hasta 90% | Según tamaño empresa |
| RED cíclico | 60-20% (decreciente) | Decrecen cada 4 meses |
| RED sectorial | 40% | Con plan de formación |
El dato clave para el trabajador es que, durante el ERTE, la empresa sigue cotizando al 100% a efectos de jubilación, prestación por desempleo y demás contingencias. Esto significa que los períodos de ERTE computan íntegramente para tu futura pensión y para calcular futuras prestaciones (Fuente: Art. 153 LGSS).
¿Qué derechos tiene el trabajador durante un ERTE?
Los trabajadores incluidos en un ERTE mantienen todos sus derechos laborales. El contrato no se extingue, sino que se suspende o modifica temporalmente. Entre los derechos principales están:
La empresa no puede despedir al trabajador por las mismas causas que justifican el ERTE mientras este esté vigente. Si lo hace, el despido se considera improcedente con indemnización de 33 días por año. Además, el trabajador acumula antigüedad durante el ERTE, mantiene su derecho a vacaciones (en los ERTEs de reducción de jornada) y tiene prioridad de reincorporación cuando termine la suspensión.
En los ERTEs con exoneraciones de Seguridad Social, la empresa tiene la obligación adicional de mantener el empleo durante 6 meses después de finalizar el ERTE (cláusula de salvaguarda). Si incumple esta condición, debe devolver las exoneraciones más un recargo del 20% (Fuente: RDL 32/2021).
¿Cuál es el procedimiento para un ERTE?
| Fase | Acción | Plazo |
|---|---|---|
| 1 | La empresa comunica a los representantes de los trabajadores | Inicio |
| 2 | Período de consultas (negociación) | 7-15 días |
| 3 | Comunicación a la Autoridad Laboral | Simultáneo |
| 4 | Acuerdo o decisión final de la empresa | Fin consultas |
| 5 | Comunicación individual a los trabajadores | 15 días antes |
| 6 | Solicitud colectiva de prestación al SEPE | 5 días tras inicio |
| 7 | SEPE resuelve y comienza el pago | 10-15 días |
En los ERTEs de fuerza mayor, el procedimiento es más rápido: la empresa puede solicitar la suspensión directamente a la Autoridad Laboral sin período de consultas previo, y esta debe resolver en 5 días hábiles. Para más detalles sobre ERTEs de fuerza mayor por catástrofe, consulta nuestra guía del ERTE por inundaciones 2026.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar en otra empresa mientras estoy en ERTE?
Sí, pero con condiciones. Si tu ERTE es de suspensión total, puedes trabajar en otra empresa a tiempo parcial o completo. Deberás comunicarlo al SEPE, que ajustará tu prestación. Si tu ERTE es de reducción de jornada, el segundo empleo no puede suponer que trabajes más del 100% de una jornada completa entre ambos empleos.
¿Me pueden incluir en un ERTE si estoy de baja médica?
Sí. Si estás de baja por incapacidad temporal, puedes ser incluido en el ERTE. Sin embargo, seguirás cobrando la prestación de IT (incapacidad temporal) hasta que te den el alta médica. Una vez de alta, pasarás a cobrar la prestación del ERTE. Ambas situaciones son compatibles, pero no simultáneas.
¿Qué pasa si mi empresa quiebra durante el ERTE?
Si la empresa entra en concurso de acreedores o cierra durante el ERTE, se convierte en un ERE (despido colectivo). Tendrías derecho a indemnización por despido (20 días/año por causas objetivas) y a la prestación por desempleo. Si la empresa no puede pagar, el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) cubre hasta 120 días de salarios pendientes y parte de la indemnización.
¿Necesito solicitar el paro si me incluyen en un ERTE?
Normalmente no tienes que hacer nada individualmente. La empresa presenta la solicitud colectiva de prestación al SEPE por todos los trabajadores afectados. El SEPE procesa las prestaciones y las abona directamente en tu cuenta bancaria. Solo necesitarás actuar si hay algún error en tus datos o si el SEPE te requiere documentación adicional.
¿El ERTE afecta a mi declaración de la renta?
Sí. Durante un ERTE tienes dos pagadores: la empresa (por el salario que sigues cobrando) y el SEPE (por la prestación). Tener dos pagadores puede obligarte a hacer la declaración de la renta aunque antes no estuvieras obligado. Además, el SEPE aplica retenciones del IRPF muy bajas (o nulas), lo que puede significar que debas pagar en la declaración. Consulta con un asesor fiscal para planificar.
¿Cuánto dura un ERTE?
No hay una duración fija. Un ERTE ETOP dura lo que establezca la empresa en el expediente, que debe ser coherente con las causas que lo justifican. Un ERTE de fuerza mayor dura mientras persista la causa. Los ERTEs RED tienen un máximo de 1 año (el cíclico) o 1 año prorrogable (el sectorial). Si necesitas más información, consulta nuestra guía sobre ERE y despido colectivo para entender las diferencias con el despido definitivo.
Datos verificados 2026
- El IPREM se establece en 600€/mes, lo que afecta a diversas prestaciones y subsidios (fuente: sepe.es).
- El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se fija en 1.221€/mes, equivalente a 17.094€/año (fuente: BOE).
- Las prestaciones contributivas oscilan entre el 70% y el 60% de la base reguladora, con una duración de 4 a 24 meses (fuente: sepe.es).
- Existen 5 tipos de subsidios SEPE, con un importe aproximado del 80% del IPREM, es decir, unos 480€ (fuente: sepe.es).
- El despido improcedente se indemniza a razón de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (fuente: ET RDL 2/2015).
- Para el despido objetivo, la indemnización es de 20 días por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades (fuente: ET RDL 2/2015).
- Las empresas pueden beneficiarse de la formación a través de FUNDAE, con un crédito mínimo de 420€ para formación (fuente: FUNDAE).
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