Incapacidad permanente por depresión mayor: qué informe pedir

Incapacidad permanente por depresión mayor: qué informes presentar al INSS

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Incapacidad permanente por trastorno depresivo mayor: criterios y qué informe pedir

El trastorno depresivo mayor severo y resistente al tratamiento puede dar derecho a incapacidad permanente, pero la valoración del INSS es especialmente exigente con las patologías mentales. La clave está en el informe del psiquiatra al alta hospitalaria, en la documentación de tratamientos farmacológicos fallidos y en la objetivación de las limitaciones funcionales. Este artículo explica los criterios habituales y qué documentación maximiza las probabilidades de reconocimiento.

Cómo valora el INSS las patologías mentales

El INSS aplica criterios estrictos a las patologías mentales por la dificultad de objetivación. Considera:

  • Diagnóstico oficial conforme a CIE-10/CIE-11 o DSM-5.
  • Severidad documentada (escalas validadas: HDRS, MADRS, BDI).
  • Cronicidad: tiempo de evolución del cuadro.
  • Tratamientos farmacológicos intentados y respuesta.
  • Hospitalizaciones psiquiátricas previas.
  • Limitaciones funcionales en vida laboral, social y autónoma.
  • Riesgo suicida documentado.
  • Comorbilidad con otras patologías psiquiátricas o físicas.

Trastorno depresivo mayor: criterios diagnósticos

Según DSM-5, requiere ≥5 de los siguientes síntomas, durante al menos 2 semanas:

  • Estado de ánimo deprimido la mayor parte del día.
  • Disminución del interés o placer en actividades.
  • Pérdida de peso significativa o cambios de apetito.
  • Insomnio o hipersomnia.
  • Agitación o enlentecimiento psicomotor.
  • Fatiga o pérdida de energía.
  • Sentimientos de inutilidad o culpa excesiva.
  • Disminución de la capacidad de concentración o decisión.
  • Pensamientos recurrentes de muerte o ideación suicida.

La ley no fija un listado de diagnósticos: el artículo 193 de la Ley General de la Seguridad Social exige reducciones anatómicas o funcionales graves, objetivables y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen la capacidad laboral después de haber seguido el tratamiento prescrito. En la práctica, en la depresión mayor el reconocimiento se concentra en los cuadros graves, con o sin síntomas psicóticos, y con limitaciones funcionales documentadas.

Diferencia entre depresión moderada y severa

SeveridadSíntomasProbabilidad de IP (orientativa)
Leve5-6 síntomas (los mínimos del diagnóstico), funcionalidad conservadaMuy baja
Moderada6-7 síntomas, dificultad funcionalBaja-media
Severa sin síntomas psicóticos8-9 síntomas, gran impacto funcionalMedia-alta
Severa con síntomas psicóticosSíntomas + alucinaciones/deliriosAlta
Resistente al tratamiento≥2 fármacos sin respuestaAlta para IP Total/Absoluta

La columna de probabilidad es una orientación basada en la práctica, no un baremo oficial: el INSS no reconoce la incapacidad por el número de síntomas, sino por las limitaciones funcionales objetivadas.

Qué informe pedir al psiquiatra al alta

El informe del psiquiatra al alta hospitalaria o tras consulta es la pieza clave. Solicita explícitamente que incluya:

  • Diagnóstico actual con código CIE.
  • Cronología del cuadro: inicio, evolución, hospitalizaciones.
  • Síntomas principales y persistentes.
  • Severidad medida con escala validada (HDRS, MADRS).
  • Tratamientos intentados (farmacológicos, psicoterapéuticos, hospitalarios) y respuesta a cada uno.
  • Limitaciones funcionales actuales en términos laborales:
    • Capacidad de concentración: alterada.
    • Capacidad de mantener jornada laboral continuada: reducida.
    • Capacidad de relación interpersonal: alterada.
    • Capacidad de adaptación a cambios: reducida.
  • Pronóstico a corto, medio y largo plazo.
  • Recomendación de incapacidad permanente.

Documentación de tratamientos fallidos

Para la depresión resistente al tratamiento (criterio para grados altos de IP):

  • Listado de antidepresivos intentados con dosis, duración y respuesta:
    • ISRS (sertralina, fluoxetina, paroxetina, escitalopram).
    • IRSN (venlafaxina, duloxetina).
    • Tricíclicos (amitriptilina, nortriptilina).
    • Otros (bupropión, mirtazapina, vortioxetina).
  • Combinaciones intentadas.
  • Tratamientos avanzados: TEC (terapia electroconvulsiva), esketamina, estimulación magnética transcraneal.
  • Sesiones de psicoterapia: TCC, terapia interpersonal, psicoanalítica.
  • Hospitalizaciones psiquiátricas con causa y duración.

Comorbilidad con ansiedad o trastornos de personalidad

La comorbilidad fortalece el caso de IP. Aporta evaluaciones específicas si hay:

  • Trastorno de ansiedad generalizada.
  • Trastorno de pánico con agorafobia.
  • Trastorno límite de la personalidad.
  • Trastorno por estrés postraumático.
  • Patología física asociada (cardiopatía, fibromialgia).

Riesgo suicida documentado

Si el paciente ha presentado intentos de suicidio previos o ideación severa, esto es factor decisivo:

  • Aporta informes de urgencias por intentos.
  • Informes hospitalarios.
  • Tratamientos preventivos (litio, clozapina) si se han indicado.

Importante: si actualmente presentas ideación suicida activa, contacta con el 024 (línea de atención a la conducta suicida, gratuita, confidencial y disponible las 24 horas) antes que con el INSS.

Plazos y procedimiento

TrámitePlazo
Solicitud de IP—
Citación al EVISin plazo legal propio; dentro del plazo máximo de resolución
Resolución y notificación del INSSMáximo 135 días desde la solicitud (Real Decreto 286/2003); al señalarse por días, se computan como hábiles (art. 30.2 de la Ley 39/2015)
Inicio del pago si reconoceSin plazo fijo; se hace efectivo tras la resolución

De la baja a la incapacidad: valoración y cómo recurrir

Respuesta directa: durante el tratamiento activo lo habitual es la incapacidad temporal; la permanente se valora cuando el cuadro se cronifica o las limitaciones se consolidan pese al tratamiento.

El documento decisivo es el informe del psiquiatra, no solo el del psicólogo: debe objetivar las limitaciones funcionales (concentración, memoria, relación con otros, tolerancia al estrés), la respuesta a los tratamientos y el tiempo de evolución. Si el INSS deniega la incapacidad, dispones de 30 días desde la notificación para presentar reclamación previa; el INSS tiene 45 días para contestar (si no lo hace, se entiende denegada) y después tienes otros 30 días para presentar demanda ante el Juzgado de lo Social (artículo 71 de la Ley 36/2011); tienes los pasos en nuestra guía sobre cómo recurrir las denegaciones del SEPE y el IMV.

⚠️ Contenido informativo. No sustituye el seguimiento de un profesional de salud mental. Si estás pasando por un momento difícil o tienes pensamientos de hacerte daño, puedes llamar al 024 (atención a la conducta suicida, gratuita 24/7) o al 112.

Preguntas frecuentes

¿Me dan IP por depresión sola?

Sí, si es severa o severa con síntomas psicóticos, con tratamientos fallidos y limitaciones funcionales objetivables. La depresión moderada tradicionalmente no genera IP.

¿Hace falta haber estado ingresado?

No es requisito, pero los ingresos hospitalarios fortalecen el caso. La depresión grave sin ingresos puede reconocer IP si la documentación es robusta.

¿Cuánto tarda el EVI?

No hay un plazo legal específico para la cita del EVI. Lo que sí está fijado es el plazo máximo para resolver y notificar la solicitud de incapacidad permanente: 135 días desde que la presentas (Real Decreto 286/2003). Si pasa ese plazo sin resolución, la solicitud se entiende denegada por silencio y puedes presentar reclamación previa.

¿Qué grado se reconoce habitualmente?

Depende de severidad y tratamientos fallidos. Para depresión severa resistente, frecuentemente IP Total o Absoluta. Para depresión severa con respuesta parcial, IP Total para profesión específica.

¿Se revisa periódicamente?

Sí. La propia resolución que reconoce la incapacidad fija el plazo a partir del cual puede pedirse la revisión por agravación o mejoría (artículo 200.2 de la Ley General de la Seguridad Social); no existe una periodicidad legal general, y si trabajas el INSS puede revisar antes de ese plazo.

¿Aplica a trastorno bipolar?

Sí, con criterios similares pero ajustados a la bipolaridad. La fase maníaca y la depresiva se valoran separadamente.

⚠️ INFORMACIÓN YMYL CRÍTICA – Salud mental. Esta guía es orientativa y no sustituye el seguimiento psiquiátrico ni el asesoramiento legal especializado. Si presentas pensamientos de hacerte daño o ideación suicida, contacta con la línea 024 (gratuita 24/7) o acude a urgencias inmediatamente. El bienestar es prioritario sobre cualquier trámite administrativo.

Para gestión de IP por depresión, consulta SIEMPRE con tu psiquiatra (que emitirá los informes técnicos) y con un graduado social colegiado o abogado laboralista (que orientará el procedimiento). La calidad de la documentación clínica es decisiva.

Recursos de apoyo: 024 (línea de atención a conducta suicida), FEAFES Salud Mental España, Confederación Salud Mental.

Fuentes: RDL 8/2015 LGSS (BOE), Real Decreto 286/2003 (plazos de resolución), Ley 36/2011 reguladora de la jurisdicción social (art. 71), línea 024 (Ministerio de Sanidad), criterios CIE-11 y DSM-5, SEPSIQ (Sociedad Española de Psiquiatría).

Sobre el autor: elaborado por , director editorial de cursos-sepe.com, a partir de fuentes oficiales: sepe.es · BOE · fundae.es. Portal informativo independiente: no es el SEPE.

Corrección editorial parcial: 16/10/2026. Se han revisado los elementos indicados en esta actualización; no supone una nueva verificación de todas las cifras ni acredita plazas disponibles. Portal independiente.

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Daniel Bellido Director editorial y especialista en formación profesional
Daniel Bellido es divulgador especializado en cursos y formación relacionados con el SEPE, desde Córdoba (España).