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TL;DR datos clave 2026
- IPREM: 600€/mes
- SMI: 1.221€/mes (17.094€/año)
- Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora, 4-24 meses
- Subsidios SEPE: 5 subsidios, 80% IPREM (~480€)
- Despido improcedente: 33 días/año (tope 24 meses)
- Despido objetivo: 20 días/año (tope 12 meses)
- Familias profesionales: 26 familias, 3 niveles de certificado
- Asistencia mínima: 75% para certificación, 80h+ prácticas
- Crédito mínimo FUNDAE: 420€
📌 Resumen rápido (TL;DR)
- Guía completa: Ingreso Mínimo Vital 2026: requisitos, cuantía y cómo solicitarlo. Requisitos y solicitud en 2026.
- Preguntas frecuentes: Sí, siempre que tus ingresos como autónomo sean inferiores al umbral de rentas para tu tipo de hogar
Guía completa: todas las ayudas por desempleo en 2026, con cuantías, requisitos y plazos.
<\!-- wp:html -->Tabla oficial cuantías IMV 2026 (Renta garantizada mensual)
| Unidad de convivencia | Cuantía 2026 |
|---|---|
| 1 adulto solo | 733,60 € |
| 2 adultos / 1 adulto + 1 menor (no monoparental) | 953,68 € |
| 2 adultos + 1 menor / 3 adultos / 1 adulto + 2 menores | 1.173,76 € |
| 2 adultos + 2 menores / 4 adultos / 3 adultos + 1 menor | 1.393,84 € |
| Tope máximo (5+ miembros con 220% de la base) | 1.613,92 € |
Unidades monoparentales (recargo +22%)
| Composición | Cuantía 2026 |
|---|---|
| 1 adulto + 1 menor | 1.115,07 € |
| 1 adulto + 2 menores | 1.335,15 € |
| 1 adulto + 3 menores | 1.555,23 € |
| 1 adulto + 4 o más menores | 1.775,31 € |
Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) por menor
- Menor de 3 años: +115 €/mes
- De 3 a menos de 6 años: +80,50 €/mes
- De 6 a menos de 18 años: +57,50 €/mes
Fuente: Seguridad Social – cuantías IMV | Ministerio de Inclusión. Las cuantías se actualizan al IPREM cada año vía Real Decreto en BOE.
📋 En este artículo
¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza un nivel mínimo de renta a los hogares en situación de vulnerabilidad económica. Fue creado por el RD-Ley 20/2020 y es gestionado por el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), no por el SEPE.
A diferencia del paro o los subsidios del SEPE, el IMV no requiere haber cotizado previamente. Es una prestación asistencial basada en la situación económica del hogar. En 2026, más de 620.000 hogares en España perciben el IMV, con una cuantía media de 492 €/mes (Fuente: INSS, estadísticas IMV, febrero 2026).
El IMV ha sido actualizado para 2026 siguiendo la revalorización del IPC, lo que ha supuesto un incremento del 2,8% respecto a 2025 (Fuente: RD de revalorización de pensiones y prestaciones, BOE enero 2026).
¿Cuánto se cobra de IMV en 2026?
La cuantía del IMV depende de la composición de la unidad de convivencia. Estas son las cantidades vigentes en 2026:
| Composición del hogar | Cuantía mensual | Cuantía anual |
|---|---|---|
| 1 adulto solo | 733,60 € | 6.784,54 € |
| 1 adulto + 1 menor | 734,98 € | 8.819,81 € |
| 1 adulto + 2 menores | 904,59 € | 10.855,08 € |
| 2 adultos | 734,98 € | 8.819,81 € |
| 2 adultos + 1 menor | 904,59 € | 10.855,08 € |
| 2 adultos + 2 menores | 1.074,20 € | 12.890,35 € |
| 2 adultos + 3 o más menores | 1.106,23 € | 13.274,74 € |
Estas cuantías son los máximos garantizados. Si el hogar tiene algún ingreso, el IMV se calcula como la diferencia entre la cuantía garantizada y las rentas del hogar. Por ejemplo, si un adulto solo gana 200 €/mes, recibirá 533,60 € de IMV (733,60 – 200). Además, hay un complemento de monoparentalidad de 100 €/mes para hogares monoparentales con menores (Fuente: RD-Ley 20/2020, modificado 2024).
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Para acceder al IMV en 2026, debes cumplir los siguientes requisitos:
- Residencia legal en España durante al menos 1 año continuado antes de la solicitud. Para víctimas de violencia de género o trata, no se exige este plazo.
- Edad: Ser mayor de 23 años. Si tienes entre 18 y 22 años, solo si tienes hijos a cargo, vienes de un centro de menores tutelados o eres víctima de violencia de género.
- Rentas inferiores al umbral: Los ingresos del año anterior deben ser inferiores a la cuantía garantizada para tu tipo de hogar (ver tabla anterior).
- Patrimonio limitado: No superar los límites de patrimonio neto (excluyendo vivienda habitual).
- Inscripción como demandante de empleo si estás en edad laboral (o en un itinerario de inclusión).
- Haber agotado otras prestaciones a las que tengas derecho (paro, subsidios), o cobrarlas simultáneamente como complemento.
Según datos del INSS, el 34% de las solicitudes de IMV se deniegan por superar el umbral de rentas, seguido del 21% por no acreditar la residencia de 1 año y el 15% por exceso de patrimonio (Fuente: INSS, informe de gestión IMV, 2025).
¿Cómo se solicita paso a paso?
El IMV se solicita al INSS, no al SEPE. Existen tres vías:
- Online (recomendada): A través de sede.seg-social.gob.es con certificado digital, DNIe o Cl@ve permanente. Es la vía más rápida.
- Correo postal: Enviando la solicitud y documentación a la Dirección General del INSS (calle Padre Damián 4, 28036 Madrid).
- Presencial: Con cita previa en la oficina del INSS de tu localidad. Pide cita en el teléfono 901 16 65 65.
Documentación necesaria para la solicitud:
- DNI/NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia
- Certificado de empadronamiento colectivo (acredita quién vive en tu domicilio)
- Libro de familia o certificado de nacimiento de menores
- Declaración de la renta del año anterior (o certificado de no obligación)
- Certificado de cuentas bancarias
- Tarjeta de demanda de empleo
El proceso de solicitud online se completa en unos 20 minutos si tienes toda la documentación preparada. Desde 2024, el INSS ha simplificado el proceso y ya no exige adjuntar documentación que puede verificar de oficio (Fuente: INSS, mejoras del proceso IMV 2024).
¿Es compatible con el paro y otras ayudas?
El IMV es compatible con casi todas las prestaciones y rentas de trabajo, pero se descuenta de la cuantía:
| Prestación | ¿Compatible? | Efecto sobre el IMV |
|---|---|---|
| Prestación contributiva (paro) | Sí | Se descuenta de la cuantía IMV |
| Subsidio SEPE (480 €) | Sí | Se descuenta del IMV |
| RAI | Sí | Se descuenta del IMV |
| Trabajo a tiempo parcial | Sí | Se descuenta parcialmente (incentivo al empleo) |
| Pensión no contributiva | No | Incompatible: debes elegir una |
| Rentas mínimas autonómicas | Depende de CC.AA. | Generalmente se descuenta o sustituye |
Un aspecto clave: desde 2024, existe un incentivo al empleo dentro del IMV. Si encuentras trabajo mientras cobras el IMV, no se te retira inmediatamente. Durante los primeros 12 meses, solo se descuenta parcialmente el salario (entre un 60-80%), lo que garantiza que trabajar siempre compense económicamente (Fuente: RD-Ley 7/2023, incentivo al empleo en el IMV).
¿Cuánto patrimonio puedo tener?
El INSS evalúa tu patrimonio neto (excluyendo la vivienda habitual) para determinar si cumples el requisito patrimonial:
| Tipo de hogar | Límite patrimonio |
|---|---|
| 1 adulto | 20.352 € |
| 2 miembros | 26.457 € |
| 3 miembros | 32.563 € |
| 4+ miembros | 38.668 € |
Se incluyen en el cómputo: cuentas bancarias, depósitos, acciones, inmuebles (excepto vivienda habitual), vehículos, etc. No se incluyen: la vivienda habitual, ni los bienes necesarios para la actividad económica (Fuente: RD-Ley 20/2020, art. 18).
¿Cuánto tarda el INSS en resolver?
El plazo máximo legal de resolución es de 6 meses desde la solicitud. En la práctica, los tiempos varían:
- Solicitudes online con documentación completa: 2-3 meses de media.
- Solicitudes con documentación incompleta: 4-6 meses (el INSS envía requerimiento de subsanación).
- Solicitudes por correo postal: 4-5 meses de media.
Si el INSS no resuelve en 6 meses, el silencio administrativo es negativo (se entiende desestimada), lo que te permite recurrir. Sin embargo, desde 2024, el INSS ha reducido significativamente los tiempos de resolución: el 68% de las solicitudes se resuelven en menos de 3 meses (Fuente: INSS, informe de gestión, 2025).
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar el IMV si soy autónomo?
Sí, siempre que tus ingresos como autónomo sean inferiores al umbral de rentas para tu tipo de hogar. El hecho de estar dado de alta como autónomo no impide cobrar el IMV. Lo que importa son tus ingresos netos declarados en la última declaración de la renta.
¿El IMV hay que declararlo en la renta?
Sí, el IMV está sujeto al IRPF. Sin embargo, existe una exención de hasta 12.600 € anuales (1,5 veces el IPREM). Si solo cobras el IMV y no tienes otros ingresos, normalmente la cuantía queda exenta. Si tienes otros ingresos, la parte del IMV que supere el mínimo exento tributará (Fuente: AEAT, manual de IRPF 2025).
¿Se puede cobrar el IMV siendo extranjero?
Sí, siempre que tengas residencia legal en España desde al menos 1 año antes de la solicitud. No se exige nacionalidad española. Los ciudadanos de la UE con certificado de registro, y los extranjeros con permiso de residencia, pueden acceder al IMV en las mismas condiciones que los españoles.
¿Qué pasa si encuentro trabajo mientras cobro el IMV?
Desde 2024, el IMV incluye un incentivo al empleo que garantiza que trabajar siempre compense. Durante los primeros 12 meses de empleo, solo se descuenta entre el 60-80% de tus ingresos laborales del IMV, no el 100%. Esto significa que siempre ganarás más con empleo que sin él, eliminando la «trampa de la pobreza» (Fuente: RD-Ley 7/2023).
¿El IMV se revisa cada año?
Sí, el INSS revisa anualmente la situación económica y la composición del hogar. La revisión se realiza con los datos de la declaración de la renta del año anterior. Si tus ingresos han aumentado, la cuantía se ajusta. Si han superado el umbral, se suspende la prestación.
¿Puedo solicitar el IMV si vivo con mis padres?
Es complicado. Si vives con tus padres, formas parte de su unidad de convivencia y se computan las rentas de todos los miembros. Solo puedes formar una unidad independiente si tienes al menos 23 años y llevas al menos 3 años empadronado de forma independiente, o si tienes hijos a cargo. En caso contrario, se valoran las rentas de tus padres también.
Aviso legal: Guía informativa actualizada periódicamente. Las cuantías y requisitos pueden variar por normativa posterior. Para tu caso concreto, consulta con el INSS o un profesional cualificado. Última actualización: abril 2026.
Equipo Editorial Cursos-SEPE
Equipo de redacción especializado en formación profesional y empleo público en España. Contenido verificado con fuentes oficiales.
Novedades de mayo 2026 relacionadas
Datos verificados 2026
- El Ingreso Mínimo Vital establece un apoyo económico para garantizar un nivel mínimo de ingresos a las familias (fuente: sepe.es).
- El Salario Mínimo Interprofesional se fija en 1.221€/mes, lo que representa un aumento respecto al año anterior (fuente: BOE).
- Las prestaciones contributivas se calculan en función del 70% o 60% de la base reguladora, dependiendo de la duración del subsidio (fuente: sepe.es).
- Existen 5 tipos de subsidios gestionados por el SEPE, con una cuantía aproximada de 480€ al mes (fuente: sepe.es).
- El despido improcedente se indemniza con 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (fuente: BOE).
- Las empresas pueden beneficiarse de un crédito mínimo de 420€ a través de FUNDAE para la formación de sus empleados (fuente: sepe.es).
- Los módulos económicos para formación presencial son de 9€/h para básico y 13€/h para superior (fuente: FUNDAE).
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