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TL;DR datos clave 2026
- IPREM: 600€/mes
- SMI: 1.221€/mes
- Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora, duración de 4-24 meses
- Subsidios SEPE: 5 tipos, 80% IPREM (~480€)
- Despido improcedente: 33 días/año, tope 24 meses
- Despido objetivo: 20 días/año, tope 12 meses
- Plazo para despido: 20 días hábiles en SMAC
- IMV: 733,60€ unipersonal + complementos
Cómo recurrir denegaciones del SEPE o el IMV: reclamación previa y demanda judicial
Cuando el SEPE o el INSS deniegan una prestación (paro, subsidio, IMV, incapacidad), la primera vía de recurso es la reclamación previa, un trámite administrativo gratuito con plazo de 30 días hábiles. Si la deniegan también, el siguiente paso es la demanda judicial ante el Juzgado de lo Social, donde sí se requiere asistencia letrada. Esta guía explica el procedimiento completo con probabilidades reales de éxito.
Plazos para recurrir: 30 días hábiles
El plazo legal para presentar reclamación previa es:
- 30 días hábiles desde la notificación del acto que se reclama (denegación, suspensión, modificación de cuantía).
- Días hábiles: lunes a viernes excluyendo festivos.
- El plazo termina al 30º día hábil. Pasado ese plazo, el acto adquiere firmeza y solo cabe recurso extraordinario.
Excepción: las altas médicas tienen plazo más corto (11 días hábiles). Las demás reclamaciones siguen el plazo de 30 días.
Estructura de una reclamación previa
La reclamación debe contener obligatoriamente:
- Datos del reclamante: nombre, DNI, domicilio, teléfono.
- Acto reclamado: fecha de la resolución, número de expediente, organismo emisor.
- Hechos: descripción cronológica de la situación.
- Fundamentos de Derecho: artículos legales que sustentan tu reclamación.
- Suplico: qué pides exactamente (anulación, modificación, reconocimiento).
- Documentación adjunta: relación numerada de documentos.
- Lugar, fecha y firma.
Documentación a aportar
Documentación general en cualquier reclamación previa:
- Resolución denegatoria recibida.
- DNI del reclamante.
- Documentación que justifique el cumplimiento del requisito incumplido según el INSS/SEPE.
- Si la denegación es por requisitos económicos: declaración de la renta y certificados de ingresos actualizados.
- Si la denegación es por empadronamiento: certificado histórico de empadronamiento.
- Si la denegación es médica: informes clínicos completos y específicos.
Cómo presentar online y presencial
Online (recomendado):
- Sede electrónica del organismo (sede.seg-social.gob.es para INSS, sede.sepe.gob.es para SEPE).
- «Reclamaciones previas» → seleccionar tipo.
- Adjuntar PDF rellenado y documentación.
- Firmar con certificado digital o Cl@ve.
- Descargar justificante.
Presencial: con cita previa en oficina del SEPE/INSS.
Correo postal certificado: a la dirección provincial. Conservar resguardo.
Si la reclamación previa se deniega: demanda judicial
Plazos:
- 30 días hábiles desde la notificación de la denegación de la reclamación previa.
- Si silencio negativo (45 días sin respuesta): 30 días hábiles desde el silencio.
La demanda se presenta en el Juzgado de lo Social del lugar de residencia del reclamante. Es necesaria asistencia letrada (abogado o graduado social).
Coste y representación letrada
| Trámite | Coste orientativo | Asistencia letrada |
|---|---|---|
| Reclamación previa | Gratuito | No obligatoria |
| Demanda Juzgado Social | 300-2.000 € | Sí obligatoria |
| Recurso Suplicación TSJ | 800-3.000 € | Sí obligatoria |
| Justicia Gratuita | 0 € | Asistencia gratuita |
La Justicia Gratuita está disponible si tus ingresos no superan determinados umbrales (variables según comunidad autónoma). Solicítala en el Colegio de Abogados con DNI y declaración de ingresos.
Probabilidades reales de éxito
Estadísticas orientativas (variables según provincia y tipo de reclamación):
- Reclamación previa: 25-40% éxito en INSS, 15-25% en SEPE.
- Demanda judicial primera instancia: 35-50% éxito.
- Recurso de suplicación: 20-35% éxito adicional.
Las probabilidades aumentan significativamente con buena preparación: documentación específica, asesoramiento profesional desde el principio, fundamentación jurídica adecuada.
SEPE o INSS: a quién diriges la reclamación
Respuesta directa: la reclamación previa se dirige siempre al organismo que dictó la denegación, que no es el mismo para el paro que para el Ingreso Mínimo Vital.
Las prestaciones y subsidios por desempleo las gestiona el SEPE, así que sus denegaciones se reclaman ante el propio SEPE. El Ingreso Mínimo Vital, en cambio, lo gestiona el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), salvo en las comunidades que lo tienen transferido, de modo que esas denegaciones se reclaman ante el INSS. En ambos casos el plazo es de 30 días hábiles y el cauce posterior es el mismo: Juzgado de lo Social.
Motivos frecuentes de denegación y cómo rebatirlos
Respuesta directa: la mayoría de denegaciones se deben a cálculos de rentas o a la composición de la unidad de convivencia, y se rebaten aportando documentación que corrija el dato erróneo.
- Rentas o patrimonio por encima del límite (IMV): revisa el ejercicio que computa Hacienda; si tu situación actual es peor que la del año tomado de referencia, acredítalo.
- Unidad de convivencia mal definida (IMV): aporta certificado de empadronamiento y libro de familia para corregir quién forma el hogar.
- No figurar como demandante de empleo (SEPE): demuestra la fecha real de inscripción o la imposibilidad de inscribirte por causa ajena.
- Rentas que superan el 75% del SMI (subsidios SEPE): recalcula con tus ingresos reales; a veces el SEPE computa rentas que ya no percibes.
En la fase judicial puedes solicitar asistencia jurídica gratuita si tus ingresos están por debajo del umbral, lo que cubre abogado y procurador sin coste.
Preguntas frecuentes
¿Necesito abogado para la reclamación previa?
No. Es trámite administrativo gratuito que puedes presentar tú. Recomendable consultar con graduado social antes para mejorar contenido.
¿Y para la demanda judicial?
Sí. Es obligatoria asistencia letrada (abogado o graduado social colegiado).
¿Cuánto tarda en resolver el INSS?
Plazo legal: 45 días hábiles. Plazo real: 30-90 días. Si pasan 45 días sin respuesta, silencio negativo.
¿Puedo aportar nuevos documentos?
Sí, en cualquier momento durante la tramitación. Los documentos nuevos pueden ser decisivos.
¿Sirve para denegaciones de IMV?
Sí. El procedimiento es idéntico para todas las prestaciones del INSS y del SEPE.
¿Qué pasa si pierdo la demanda judicial?
Pagas las costas si no tienes Justicia Gratuita. Puedes presentar recurso de suplicación ante el TSJ en plazo de 5 días hábiles.
⚠️ Información YMYL. Cada caso es único y la probabilidad de éxito depende de la fundamentación específica. Para reclamaciones complejas (denegaciones por motivos médicos, requisitos económicos discutibles, fraude alegado por la administración), consulta con un graduado social colegiado o abogado laboralista desde el principio.
Fuentes: Ley 36/2011 LJS, art. 71 (BOE), RDL 8/2015 LGSS, art. 81, sede.seg-social.gob.es.
Datos verificados 2026
- El IPREM se establece en 600€ al mes, lo que afecta a las ayudas y subsidios disponibles (fuente: sepe.es).
- El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se fija en 1.221€ mensuales, garantizando un ingreso mínimo para los trabajadores (fuente: BOE).
- Las prestaciones contributivas oscilan entre el 70% y el 60% de la base reguladora, con una duración de entre 4 y 24 meses (fuente: sepe.es).
- Existen 5 tipos de subsidios SEPE, que ofrecen un 80% del IPREM, equivalente a aproximadamente 480€ al mes (fuente: sepe.es).
- En caso de despido improcedente, se indemniza con 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades (fuente: ET RDL 2/2015).
- El despido objetivo se indemniza a razón de 20 días por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades (fuente: ET RDL 2/2015).
- El plazo para presentar un despido ante el SMAC es de 20 días hábiles, lo que permite a los trabajadores reclamar sus derechos (fuente: sepe.es).
- El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se establece en 733,60€ para una persona unipersonal, con posibilidad de complementos (fuente: sepe.es).
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