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TL;DR datos clave 2026
- IPREM: 600€/mes
- SMI: 1.221€/mes (17.094€/año)
- Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora · 4-24 meses
- Subsidios SEPE: 5 subsidios a 80% IPREM (~480€)
- Despido improcedente: 33 días/año (tope 24 meses)
- Despido objetivo: 20 días/año (tope 12 meses)
- Crédito mínimo FUNDAE: 420€
- Tarifa plana autónomos: 80€/mes durante 12 meses
📌 Resumen rápido (TL;DR)
<\!-- /wp:heading --> <\!-- wp:list -->- ¿Se ha aprobado la jornada de 37,5 horas en 2026? Estado real de la reforma, qué pasó en el Congreso, los funcionarios a 35h y cómo afecta a la formación del SEPE.
- Preguntas frecuentes: Solo si tu convenio colectivo lo contempla
¿Cuál es el estado actual de la reducción de jornada laboral en 2026?
A fecha de abril de 2026, la reducción de la jornada laboral máxima legal de 40 a 37,5 horas semanales no ha sido aprobada. El Gobierno presentó el anteproyecto de ley en 2024 tras el acuerdo con los sindicatos UGT y CCOO, pero la patronal CEOE se opuso y la medida no logró los apoyos parlamentarios necesarios para su tramitación.
El Estatuto de los Trabajadores mantiene en su artículo 34 la jornada máxima de 40 horas semanales en cómputo anual (1.826 horas anuales). Sin embargo, muchos convenios colectivos ya establecen jornadas inferiores: el 62% de los trabajadores cubiertos por convenio tienen jornadas de 38 horas o menos (Fuente: Ministerio de Trabajo, Estadística de convenios colectivos 2025).
La negociación entre Gobierno, sindicatos y patronal se ha estancado en varios puntos clave: la compensación a pymes, el período transitorio de adaptación y la aplicación en sectores con alta estacionalidad. Las posiciones parecen alejadas, aunque el Gobierno no ha descartado aprobarla por decreto si la situación parlamentaria lo permite.
¿Qué propone exactamente el proyecto de ley de reducción de jornada?
El anteproyecto de ley del Gobierno contempla una modificación del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores para establecer la jornada máxima legal en 37,5 horas semanales (1.712 horas anuales). Los principales puntos del proyecto son:
| Medida | Detalle |
|---|---|
| Jornada máxima | 37,5 horas semanales (de 40 actuales) |
| Cómputo anual | 1.712 horas (de 1.826 actuales) |
| Salarios | No se reducen (misma retribución por menos horas) |
| Registro jornada | Digitalización obligatoria del registro horario |
| Horas extra | Se computan desde la hora 37,5 (no desde la 40) |
| Sanciones | Multas de hasta 10.000 € por trabajador afectado |
| Período transitorio | 6-12 meses para adaptación de empresas |
La reducción de 2,5 horas semanales equivale a trabajar aproximadamente 32 días menos al año, lo que representa un aumento efectivo del salario por hora del 6,25% sin modificar la nómina (Fuente: cálculos basados en el anteproyecto de ley, Ministerio de Trabajo 2024).
¿Bajarán los salarios con la jornada de 37,5 horas?
No. El proyecto de ley establece de forma expresa que la reducción de jornada no puede suponer una disminución salarial. Los trabajadores mantendrán su retribución actual pero trabajando 2,5 horas menos a la semana. Esto equivale a un incremento del valor hora trabajada.
Según un estudio del Ministerio de Trabajo, la reducción de jornada tendría un impacto económico estimado del 0,3% del PIB en costes laborales, asumido por las empresas (Fuente: Ministerio de Trabajo, Informe de impacto económico 2024). Las organizaciones empresariales, sin embargo, cifran el impacto en hasta el 1,2% del PIB, lo que ha sido uno de los principales puntos de desacuerdo.
Para los trabajadores que cobran por horas o tienen contratos a tiempo parcial, la reducción podría tener un efecto diferente. Si se mantiene la retribución mensual y se reduce la jornada completa, la referencia de jornada completa pasaría de 40 a 37,5 horas, lo que podría reclasificar algunos contratos parciales.
¿Qué sectores se verían más afectados por la reducción de jornada?
No todos los sectores se ven igualmente afectados por la propuesta. Los más impactados son aquellos donde la jornada actual de convenio está cerca de las 40 horas. Los sectores donde ya se trabaja menos de 37,5 horas no notarían cambios significativos.
| Sector | Jornada actual (convenio) | Reducción necesaria | Impacto |
|---|---|---|---|
| Hostelería | 40 horas | 2,5 horas | 🔴 Alto |
| Comercio | 39-40 horas | 1,5-2,5 horas | 🔴 Alto |
| Construcción | 40 horas | 2,5 horas | 🔴 Alto |
| Industria | 38-39 horas | 0,5-1 hora | 🟡 Medio |
| Oficinas/servicios | 37-38 horas | 0-0,5 horas | 🟢 Bajo |
| Banca | 35-37 horas | 0 horas | 🟢 Nulo |
| Administración pública | 35-37,5 horas | 0 horas | 🟢 Nulo |
Las pymes son las más preocupadas por la medida. Según la encuesta de CEPYME, el 78% de las pymes consideran que la reducción sin ayudas económicas tendría un impacto negativo en su negocio (Fuente: CEPYME, Encuesta sobre reducción de jornada 2025).
¿Cómo afecta la reducción de jornada a los convenios colectivos?
La modificación del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores establece un nuevo máximo legal. Los convenios colectivos que ya contemplan jornadas de 37,5 horas o menos no se verán afectados. Los que establecen jornadas superiores deberán adaptarse al nuevo máximo.
Un aspecto importante es la distribución irregular de la jornada. Actualmente, el artículo 34.2 del ET permite que las empresas distribuyan el 10% de la jornada anual de forma irregular. Con la nueva jornada de 1.712 horas anuales, ese 10% equivaldría a 171 horas (frente a las 183 actuales), reduciendo ligeramente la flexibilidad empresarial.
Los convenios que establecen jornadas de entre 37,5 y 40 horas deberán renegociarse en su próxima revisión o aplicar directamente la nueva ley si la jornada pactada supera las 37,5 horas. Según el Ministerio de Trabajo, aproximadamente 6 millones de trabajadores se beneficiarían directamente de la medida (Fuente: Ministerio de Trabajo 2024).
¿Afecta la reducción de jornada a las prestaciones del SEPE?
Si los salarios se mantienen (como prevé el proyecto de ley), las bases de cotización no varían y, por tanto, la prestación por desempleo no se ve afectada. Cobrarías el mismo paro que con la jornada de 40 horas.
Sin embargo, hay un matiz importante para los contratos a tiempo parcial: si la jornada completa pasa de 40 a 37,5 horas, un trabajador que hoy trabaja 30 horas (75% de jornada completa) pasaría a tener el 80% de jornada. Esto podría afectar al cálculo del «coeficiente de parcialidad» que se usa para determinar la duración del paro y ciertos subsidios.
Para los trabajadores que ya están cobrando el paro, la aprobación de la ley no modificaría sus prestaciones en curso. Los cambios solo afectarían a futuras cotizaciones y, por extensión, a futuras prestaciones. Más información sobre el cálculo en nuestra calculadora de prestación por desempleo 2026.
¿Cómo está España en comparación con Europa en jornada laboral?
España se sitúa en la media europea en cuanto a jornada laboral máxima legal, pero con diferencias notables respecto a los países del norte y centro de Europa. La propuesta de 37,5 horas acercaría a España a los estándares de Francia y los países nórdicos.
| País | Jornada legal máxima | Jornada efectiva media |
|---|---|---|
| Francia | 35 horas | 36,2 horas |
| Dinamarca | 37 horas | 33,7 horas |
| Países Bajos | 40 horas | 31,6 horas |
| Alemania | 48 horas (por convenio ~35-38) | 34,4 horas |
| España (actual) | 40 horas | 36,4 horas |
| España (propuesta) | 37,5 horas | ~35,5 horas |
| Italia | 40 horas | 36,1 horas |
| Portugal | 40 horas | 38,9 horas |
La jornada efectiva media en España (36,4 horas) ya está por debajo de las 40 legales, gracias a los convenios colectivos. Esto indica que para muchos trabajadores la reducción legal tendría un impacto limitado en la práctica (Fuente: Eurostat, Labour Force Survey 2025).
¿Qué cambia en el registro de jornada con la nueva ley?
El proyecto de ley incluye una reforma significativa del registro de jornada. Desde 2019, todas las empresas están obligadas a registrar la jornada de sus trabajadores (RDL 8/2019), pero muchas lo hacen en papel o con sistemas manipulables. La nueva propuesta establece el registro digital obligatorio accesible para la Inspección de Trabajo en tiempo real.
Las sanciones por incumplimiento se endurecerían considerablemente: de 750-7.500 € actuales a 1.000-10.000 € por trabajador afectado. Además, se tipifica como infracción grave la manipulación del registro y se establece la presunción a favor del trabajador en caso de discrepancia. La Inspección de Trabajo ha señalado que el 32% de las empresas no cumplen correctamente con el registro (Fuente: ITSS, Memoria anual 2025).
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir ya la reducción a 37,5 horas en mi empresa?
Solo si tu convenio colectivo lo contempla. Mientras la ley no se apruebe, la jornada máxima legal sigue siendo de 40 horas semanales. Si tu convenio establece 40 horas, tu empresa no está obligada a reducirla. Puedes negociar individualmente, pero no es un derecho exigible hasta que cambie la ley.
¿La jornada de 37,5 horas incluye el tiempo de descanso?
Depende de cómo se regule en la ley definitiva y en tu convenio. Actualmente, el artículo 34.4 del ET establece un descanso mínimo de 15 minutos cuando la jornada diaria supera las 6 horas. Algunos convenios lo incluyen como tiempo de trabajo efectivo y otros no. La propuesta no modifica este aspecto específicamente.
¿Cómo se distribuirían las 37,5 horas semanales?
La distribución depende del convenio y del acuerdo empresa-trabajador. Las opciones más habituales serían: 7,5 horas diarias de lunes a viernes (la más probable), 7 horas y 30 minutos con jornada intensiva los viernes, o distribución irregular a lo largo del año. La jornada de 4 días laborales no está contemplada en el proyecto, aunque algunas empresas podrían adoptarla voluntariamente.
¿Me afecta si soy autónomo?
La regulación de jornada laboral del ET solo aplica a trabajadores por cuenta ajena. Si eres autónomo, no te afecta directamente. Sin embargo, si tienes empleados, deberás cumplir la nueva jornada máxima para ellos. Si eres TRADE (autónomo económicamente dependiente), la situación es más compleja y dependerá de tu contrato con la empresa cliente.
¿Habrá ayudas para las pymes que deban adaptarse?
El proyecto de ley contempla un período transitorio de 6-12 meses y posibles bonificaciones en cotizaciones para microempresas (menos de 10 empleados). Sin embargo, los detalles no están cerrados y son uno de los principales puntos de la negociación. Las organizaciones empresariales reclaman ayudas directas y subvenciones, mientras que los sindicatos abogan por una implementación inmediata sin compensaciones.
¿Qué diferencia hay entre reducción de jornada y semana de 4 días?
Son medidas diferentes. La reducción de jornada a 37,5 horas mantiene 5 días laborables pero con menos horas diarias. La semana de 4 días implica eliminar un día de trabajo, concentrando las horas en 4 jornadas (o reduciendo horas totales). El proyecto del Gobierno solo contempla la reducción de horas, no la semana de 4 días, aunque algunas empresas están experimentando con ambas fórmulas.
Datos verificados 2026
- El IPREM se establece en 600€ al mes, lo que afecta a diversas prestaciones y subsidios (fuente: sepe.es).
- El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se fija en 1.221€ mensuales, lo que equivale a 17.094€ anuales (fuente: BOE).
- Las prestaciones contributivas se sitúan en un 70% o 60% de la base reguladora, con una duración de 4 a 24 meses (fuente: sepe.es).
- Existen 5 tipos de subsidios del SEPE, cada uno con un importe del 80% del IPREM, aproximadamente 480€ (fuente: sepe.es).
- El despido improcedente se indemniza con 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades (fuente: BOE).
- El despido objetivo se indemniza con 20 días por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades (fuente: BOE).
- El crédito mínimo para la formación a través de FUNDAE es de 420€, facilitando la capacitación de los trabajadores (fuente: FUNDAE).
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