Modelo 145 del SEPE: cómo evitar pagar de más el año que viene por tener dos pagadores

SEPE como segundo pagador en la Renta 2025 qué significa y cuánto pagas

⚠️ Campaña de la Renta 2025 cerrada (revisado el 23 de septiembre de 2026). El plazo ordinario para presentar la declaración del ejercicio 2025 terminó el 30 de junio de 2026 (25 de junio para domiciliación bancaria), según el calendario oficial de la Agencia Tributaria. Si no la presentaste, puedes hacerlo fuera de plazo con recargo; consulta tu situación en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Los conceptos de esta guía (deducciones, tramos, requisitos) siguen siendo útiles como referencia para la próxima campaña.

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📌 Resumen rápido (TL;DR)

  • Si el SEPE te salió como segundo pagador y tuviste que pagar de más, aquí tienes cómo evitarlo el año que viene con el Modelo 145 y la retención voluntaria.

Si cobraste el paro y también trabajaste en 2025, tienes dos pagadores: tu empresa y el SEPE. Esto tiene consecuencias fiscales importantes: el umbral de obligación de declarar baja a 15.876 € y la retención que practica el SEPE casi nunca cubre la cuota real. Resultado: la renta suele salir a pagar.

Cómo evitar la sorpresa del segundo pagador: el Modelo 145

Si en 2025 el SEPE fue tu segundo pagador y la declaración te salió a pagar, puedes evitar que se repita el año que viene. La herramienta es el Modelo 145, la «Comunicación de datos al pagador», que rellenas y entregas al SEPE (o a tu empresa, si tienes varios pagadores a la vez) para que te aplique una retención mayor desde el primer cobro, en lugar de descubrir la diferencia de golpe al presentar la Renta.

Cuándo actualizar el Modelo 145 durante el año

  • Al empezar a cobrar el paro, si ya sabes que tendrás otro pagador en el mismo ejercicio (una nómina previa, una prestación distinta).
  • Cuando cambie tu situación familiar: matrimonio, nacimiento, un hijo que deja de convivir contigo o una pensión de alimentos.
  • Si empiezas a cobrar una prestación por discapacidad o dejas de tener un grado reconocido.
  • Si detectas, revisando el borrador de un año anterior, que el resultado a pagar fue alto por tener dos pagadores: pide entonces una retención voluntaria más alta para el resto del año en curso.

Pedir una retención voluntaria más alta (sin esperar al Modelo 145 estándar)

Además de actualizar tus datos, puedes solicitar al SEPE un porcentaje de retención superior al que le corresponde aplicarte por ley. Es una petición voluntaria: la presentas en la sede electrónica del SEPE o en tu oficina, indicando el porcentaje que quieres que te retengan. El SEPE no puede negarse a aplicar una retención mayor si tú la pides, aunque sí puede negarse a aplicar una menor que la legal.

Es la opción más simple si no quieres calcular nada: pides un punto o dos más de retención y, aunque cobres algo menos cada mes, llegas a la campaña siguiente con el ajuste ya hecho o muy reducido.

A quién le compensa actuar ahora y a quién no

No a todo el mundo le interesa subir la retención. Compensa especialmente si:

  • La Renta 2025 te salió a pagar una cantidad que te descuadró el mes.
  • Sabes que en 2026 vas a mantener dos pagadores (por ejemplo, medio año de nómina y medio de paro).
  • Prefieres cobrar algo menos cada mes a tener que ahorrar aparte para el pago de la próxima declaración.

No suele compensar si tus ingresos totales del año van a bajar (por ejemplo, si vas a agotar la prestación y quedarte sin ingresos varios meses), porque entonces el resultado de la próxima declaración puede ser distinto al de este año.

Preguntas frecuentes

Sí, el subsidio también lo paga el SEPE y cuenta como pagador. Lo relevante es el importe bruto, no el importe exento.
Hacienda lo detecta porque el SEPE le comunica los datos. Puede enviarte una liquidación paralela con intereses de demora y, si aprecia infracción, una sanción del 50% al 150% de la cantidad no ingresada (art. 191 de la Ley General Tributaria). Siempre es mejor presentar aunque sea tarde — el recargo voluntario es mucho menor.
Sí. Las deducciones por plan de pensiones, alquiler, donativos y las autonómicas reducen la base imponible y la cuota. Añadirlas al borrador puede reducir significativamente lo que pagas.
No. El fraccionamiento en dos plazos (60%+40%) no tiene intereses ni recargos adicionales si pagas dentro de los plazos establecidos.
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⚠️ Información orientativa actualizada a abril 2026 según fuentes oficiales de la Agencia Tributaria y el SEPE. No constituye asesoramiento fiscal personalizado.

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Preguntas Frecuentes

¿Cómo relleno el Modelo 145 para el SEPE?

Sí, el subsidio también lo paga el SEPE y cuenta como pagador. Lo relevante es el importe bruto, no el importe exento. Si has cobrado más de 1.500 €, esto puede afectar tu obligación de declarar.

¿Qué pasa si no presento la declaración estando obligado?

Hacienda lo detecta porque el SEPE le comunica los datos. Puede enviarte una liquidación paralela con intereses de demora y, si aprecia infracción, una sanción del 50% al 150% de la cantidad no ingresada (art. 191 de la Ley General Tributaria). Siempre es mejor presentar aunque sea tarde, ya que el recargo voluntario es mucho menor.

¿Puedo compensar lo que pago con deducciones?

Sí, las deducciones por plan de pensiones, alquiler, donativos y las autonómicas reducen la base imponible y la cuota. Añadirlas al borrador puede reducir significativamente lo que pagas en tu declaración.

¿El fraccionamiento del pago tiene algún coste adicional?

No, el fraccionamiento en dos plazos (60% antes del 25/06 y 40% antes del 05/11) no tiene intereses ni recargos adicionales si pagas dentro de los plazos establecidos.

¿Cómo sé exactamente cuánto me sale a pagar antes de presentar?

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¿Cómo calcular si estoy obligado a declarar?

Suma todos tus ingresos brutos de 2025 (nóminas + prestaciones SEPE). Si el SEPE te pagó más de 1.500 € y el total supera 15.876 €, estás obligado a declarar. Esta regla es crucial para tu situación fiscal.

Sobre el autor: elaborado por , director editorial de cursos-sepe.com, a partir de fuentes oficiales: sepe.es · BOE · fundae.es. Portal informativo independiente: no es el SEPE.

Corrección editorial parcial: 16/10/2026. Se han revisado los elementos indicados en esta actualización; no supone una nueva verificación de todas las cifras ni acredita plazas disponibles. Portal independiente.

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Daniel Bellido Director editorial y especialista en formación profesional
Daniel Bellido es divulgador especializado en cursos y formación relacionados con el SEPE, desde Córdoba (España).