Qué cobrar después de agotar el paro con más de 45 años: subsidio por agotamiento 2026

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TL;DR datos clave 2026

  • IPREM: 600€/mes
  • SMI: 1.221€/mes
  • Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora por 4-24 meses
  • Subsidios SEPE: 5 tipos, 80% IPREM (~480€)
  • Despido improcedente: 33 días/año, tope 24 meses
  • Despido objetivo: 20 días/año, tope 12 meses
  • Incapacidad total: 55% (75% a partir de los 55 años), absoluta 100%
  • IMV: 733,60€ unipersonal + complementos

📌 Resumen rápido (TL;DR)

  • Guía: Qué cobrar después de agotar el paro con más de 45 años: subsidio por . Requisitos 2026.
  • Preguntas frecuentes: Se consideran cargas familiares tener cónyuge, hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad a tu cargo, siempre que las rentas de la unidad fam…
✅ Respuesta rápida (actualizado abril 2026): Si tienes más de 45 años y has agotado el paro, puedes solicitar el subsidio por agotamiento: 570/540/480 €/mes (escalonado) durante hasta 30 meses (con cargas familiares) o 24 meses (sin cargas). Debes solicitarlo en 15 días hábiles desde que se agota el paro, no tener rentas superiores al 75% del SMI y estar inscrito como demandante de empleo. Si tienes 52+, hay un subsidio específico hasta la jubilación.

📋 En este artículo

¿Qué es el subsidio por agotamiento del paro?

El subsidio por agotamiento de la prestación contributiva es una ayuda del SEPE destinada a personas que han consumido toda su prestación por desempleo y continúan en situación de desempleo. Se trata de una prestación asistencial escalonada de 570/540/480 €/mes (95/90/80% del IPREM) que complementa económicamente a quienes no han conseguido reinsertarse en el mercado laboral durante el periodo de cobro del paro (Fuente: TRLGSS, art. 274).

Para los mayores de 45 años, este subsidio tiene una duración extendida respecto a los menores de esa edad, reconociendo las mayores dificultades de reinserción laboral de este colectivo. Según datos del SEPE, el 58% de los desempleados mayores de 45 años tardan más de 12 meses en encontrar empleo, frente al 34% de los menores de 30 (Fuente: SEPE, estadísticas de desempleo de larga duración, 2025).

💡 Pro Tip: Solicita el subsidio dentro de los 15 días hábiles siguientes al agotamiento del paro. Si te pasas de plazo, pierdes un día de subsidio por cada día de retraso. Marca la fecha en tu calendario antes de que se agote el paro.

¿Cuánto dura si tengo más de 45 años?

Duración del subsidio por agotamiento según edad y cargas familiares (2026)
Edad Sin cargas familiares Con cargas familiares
Menos de 45 años 6 meses 24 meses
45 años o más 24 meses 30 meses
52 años o más Subsidio específico hasta la jubilación

Como se observa, tener más de 45 años amplía significativamente la duración del subsidio. Sin cargas familiares, pasas de 6 meses (menores de 45) a 24 meses. Con cargas, de 24 a 30 meses. Se consideran cargas familiares tener cónyuge y/o hijos a cargo con rentas familiares inferiores al 75% del SMI dividido entre los miembros de la unidad familiar (Fuente: SEPE, criterios de gestión, 2024).

¿Qué requisitos necesito cumplir?

  1. Haber agotado la prestación contributiva (el paro). No se puede pedir si te quedan días de paro.
  2. Estar inscrito como demandante de empleo y firmar el compromiso de actividad.
  3. No tener rentas superiores al 75% del SMI (850,50 €/mes en 2026).
  4. Solicitarlo en plazo: 15 días hábiles desde el agotamiento del paro. Se puede solicitar hasta 12 meses después, pero con pérdida de días.

Si cumples los requisitos y tienes más de 45 años, el SEPE aprueba el subsidio de forma casi automática. El 89% de las solicitudes de subsidio por agotamiento para mayores de 45 se aprueban sin incidencias (Fuente: SEPE, estadísticas de gestión, 2025).

¿Cómo lo solicito paso a paso?

  1. Verifica tu fecha de agotamiento: Consulta en sede.sepe.gob.es cuándo se agota tu prestación contributiva.
  2. Renueva tu demanda de empleo: Asegúrate de que tu DARDE está activa.
  3. Solicita el subsidio: Puedes hacerlo online en sede.sepe.gob.es con certificado digital o Cl@ve, o presencialmente con cita previa en tu oficina SEPE.
  4. Presenta la documentación: DNI, justificante de rentas, libro de familia (si tienes cargas) y declaración de rentas familiares.
  5. Espera resolución: El SEPE resuelve en un plazo de 15-30 días. El primer cobro se realiza el día 10 del mes siguiente a la aprobación.

¿Qué otras ayudas hay después del subsidio?

Si agotas el subsidio por agotamiento y sigues en desempleo, aún existen opciones:

Cadena de prestaciones tras agotar paro + subsidio (mayores 45 años)
Orden Prestación Cuantía Duración
Prestación contributiva (paro) 70-50% base reguladora 4-24 meses
Subsidio por agotamiento 570/540/480 €/mes 24-30 meses
RAI (si cumples requisitos) 480 €/mes 11 meses (×3)
Subsidio +52 (si alcanzas la edad) 480 €/mes Hasta jubilación
Complemento Ingreso Mínimo Vital 565-1.106 €/mes Indefinido (revisión anual)

La RAI (Renta Activa de Inserción) se puede solicitar si tienes más de 45 años y llevas inscrito como demandante de empleo al menos 12 de los últimos 18 meses. Se puede cobrar hasta 3 veces en la vida, con un año de separación entre cada periodo (Fuente: RD 1369/2006).

💡 Pro Tip: Si tienes entre 45 y 51 años, planifica la cadena completa de prestaciones (paro → subsidio → RAI) para cubrir el máximo tiempo hasta llegar a los 52 años y acceder al subsidio para mayores de 52, que se cobra hasta la jubilación.

¿Cuándo paso al subsidio de mayores de 52?

Si durante el cobro del subsidio por agotamiento cumples 52 años y tienes al menos 15 años cotizados (de los cuales 6 en los últimos 20 años), puedes solicitar el traspaso al subsidio para mayores de 52 años. Este subsidio tiene una ventaja fundamental: dura hasta la jubilación y el SEPE cotiza por ti a la Seguridad Social.

No hace falta agotar el subsidio por agotamiento para pasar al de mayores de 52. Puedes solicitarlo en cuanto cumplas los 52 años y los requisitos de cotización. El SEPE tramitará el cambio automáticamente si ya estás cobrando un subsidio.

¿Es compatible con trabajo o formación?

El subsidio por agotamiento es compatible con:

  • Trabajo a tiempo parcial: Si tus rentas no superan el 75% del SMI (850,50 €/mes).
  • Formación del SEPE: Puedes hacer cursos gratuitos sin perder el subsidio. Consulta cursos SEPE online gratis 2026.
  • Complemento IMV: Si tus rentas son muy bajas, puedes solicitar el IMV como complemento.

Si encuentras trabajo a tiempo completo, el subsidio se suspende (no se extingue). Al terminar el contrato, puedes reanudarlo por los meses restantes.

Preguntas frecuentes

¿Qué se consideran cargas familiares?

Se consideran cargas familiares tener cónyuge, hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad a tu cargo, siempre que las rentas de la unidad familiar divididas entre los miembros no superen el 75% del SMI por persona.

¿Puedo solicitar el subsidio si me mudé fuera de España?

No. El subsidio exige residencia efectiva en España e inscripción como demandante de empleo en el SEPE. Si te mudas al extranjero, pierdes el derecho.

¿Me descuentan IRPF del subsidio?

En principio no, ya que la cuantía de 480 €/mes (5.760 €/año) es inferior al mínimo de tributación. Sin embargo, si tienes otros ingresos que sumados superen el mínimo exento, sí podría haber retención. El SEPE no aplica retención directa en los subsidios.

¿Puedo solicitar el subsidio si cobré menos de 6 meses de paro?

Sí. El subsidio por agotamiento se concede independientemente de la duración del paro previo. Lo importante es haberlo agotado. Aunque solo cobraras 4 meses de paro (por tener 360-539 días cotizados), tienes derecho al subsidio por agotamiento.

Aviso legal: Guía informativa actualizada periódicamente. Consulta con el SEPE para tu caso concreto. Última actualización: abril 2026.

EC

Equipo Editorial Cursos-SEPE

Equipo de redacción especializado en formación profesional y empleo público en España. Contenido verificado con fuentes oficiales.

Datos verificados 2026

  • El IPREM se establece en 600€ mensuales, lo que afecta a diversas prestaciones y subsidios (fuente: sepe.es).
  • La prestación contributiva se calcula en un 70% de la base reguladora durante los primeros seis meses y un 60% después (fuente: BOE).
  • Los subsidios del SEPE ofrecen un apoyo del 80% del IPREM, equivalente a aproximadamente 480€ al mes (fuente: sepe.es).
  • En caso de despido improcedente, el trabajador tiene derecho a 33 días de indemnización por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades (fuente: BOE).
  • El plazo para solicitar el subsidio es de 15 días hábiles desde la finalización del contrato (fuente: sepe.es).
  • La incapacidad total permite recibir un 55% o 75% de la base reguladora, dependiendo del grado de incapacidad (fuente: BOE).
  • El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se establece en 733,60€ para una persona unipersonal, con posibilidad de complementos (fuente: sepe.es).

Sobre el autor: contenido revisado por , especialista en SEPE, FUNDAE y derecho laboral con más de 6 años analizando convocatorias, prestaciones, certificados y normativa BOE. Fuentes cruzadas: sepe.es · BOE · LGSS · Estatuto Trabajadores · Ley 30/2015.

Última revisión: 11 mayo 2026. Información orientativa: NO sustituye consulta oficial en sede.sepe.gob.es ni asesor laboral colegiado.

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Daniel Bellido Director Editorial y Especialista en Formacion Profesional
Daniel Bellido es divulgador especializado en cursos y formación relacionados con el SEPE, desde Córdoba (España).
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