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TL;DR datos clave 2026
- IPREM: 600€/mes
- SMI: 1.221€/mes
- Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora por 4-24 meses
- Subsidios SEPE: 95% del IPREM (570€) los primeros 180 días, 90% (540€) hasta el día 360 y 80% (480€) después; 80% fijo para mayores de 52
- Despido improcedente: 33 días/año, tope 24 meses
- Plazo para solicitar subsidio: 15 días hábiles
- IMV: 733,60€ unipersonal más complementos
- Plataformas de formación: Femxa, ADAMS, Grupo2000, MasterD
📌 Resumen rápido (TL;DR)
- Volver de Chile a España en 2026: por qué no hay subsidio de emigrante retornado, qué prestación del SEPE sí puedes pedir si cotizaste en España antes de emigrar, qué pasa con tu AFP y cómo cuentan tus años chilenos para la jubilación.
📅 Última actualización: 26 de septiembre de 2026
Respuesta directa: Si eres español y vuelves de Chile, no puedes pedir el subsidio para emigrantes retornados del SEPE por el trabajo hecho allí: el SEPE excluye expresamente a Chile porque el convenio bilateral de Seguridad Social incluye la protección por desempleo. Lo que sí puedes pedir, si cotizaste en España al menos 360 días en los 6 años anteriores a emigrar y esas cotizaciones no se usaron para otra prestación, es la prestación contributiva de emigrante retornado: inscríbete como demandante de empleo y solicítala en los 15 días hábiles siguientes al regreso, con el certificado de emigrante retornado. Tu capital en la AFP chilena permanece a tu nombre y podrás cobrarlo al jubilarte desde España. Documentos clave: cartola AFP, certificado AFC Chile y finiquito (en español, sin traducción). Si tienes derecho al Seguro de Cesantía de AFC Chile, gestiona su cobro antes de salir.
¿Cómo funciona el sistema previsional chileno para un español?
Chile tiene un sistema previsional radicalmente distinto al español, basado en la capitalización individual, no en el reparto. Entenderlo es fundamental para planificar el regreso a España sin perder dinero. El sistema tiene dos componentes principales. El primero es la AFP (Administradora de Fondos de Pensiones): cada trabajador tiene una cuenta personal donde se acumula el 10% de su salario bruto más la comisión. Ese capital es tuyo, se invierte en fondos de pensiones y lo cobras al jubilarte. El segundo es el Seguro de Cesantía (AFC Chile): el equivalente al paro, financiado con el 0,6% del salario del trabajador y el 2,4% del empleador. Ese capital no se pierde al cambiar de país: más abajo explicamos cómo cobrarlo desde España y cómo se coordina con la pensión española.¿Debo cobrar el Seguro de Cesantía de AFC Chile antes de salir?
Sí, es muy recomendable. El Seguro de Cesantía chileno se gestiona mucho más fácilmente desde Chile con cuenta bancaria chilena activa. Si sales del país sin haberlo cobrado, el acceso posterior requiere gestiones online con AFC Chile y disponer de una cuenta bancaria chilena operativa, lo que puede ser complicado desde España. Para tener derecho al Seguro de Cesantía es necesario que tu contrato haya terminado por causa del empleador (no por renuncia voluntaria) y que tengas al menos 12 cotizaciones mensuales. El capital de tu cuenta individual del Seguro de Cesantía no caduca: sigue disponible aunque no lo cobres inmediatamente, pero el trámite es más cómodo en Chile.¿Qué prestación del SEPE puedo pedir al volver de Chile a España?
Lo primero, para que no cuentes con un dinero que no va a llegar: el subsidio para personas emigrantes retornadas del SEPE no se puede pedir por el trabajo hecho en Chile. El propio SEPE lo dice de forma expresa: puedes solicitarlo si eres español y has trabajado en el extranjero, excepto si lo has hecho en los países del Espacio Económico Europeo, Suiza, Chile, China (solo cuando se ha cotizado por desempleo allí) y Australia (solo con residencia permanente) (SEPE: soy emigrante que ha retornado a España). El motivo es legal: ese subsidio se reserva a quien vuelve de países sin convenio sobre protección por desempleo, y el Convenio de Seguridad Social España-Chile (BOE-A-1998-6814) incluye las prestaciones por desempleo en su artículo 2 y les dedica el capítulo 5. Ese convenio, además, no suma tus periodos chilenos al paro español. Su artículo 32 solo reconoce el derecho a la prestación por desempleo del país en el que resides cuando has trabajado en ese mismo país con cobertura de desempleo. Dicho claro: las cotizaciones a la AFP o al Seguro de Cesantía chileno no generan paro en España. Lo que sí puedes pedir al SEPE, según tu situación:- Prestación contributiva de la persona emigrante retornada que cotizó en España antes de emigrar. Requisitos que fija el SEPE: ser español, estar en situación legal de desempleo (has vuelto porque terminó tu relación laboral en Chile y no cobras allí prestación por desempleo), inscribirte como demandante de empleo, haber cotizado en España al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la fecha de emigración sin que esas cotizaciones se hayan usado para otra prestación, y no haber cumplido la edad ordinaria de jubilación. Se cobra el 70 % de la base reguladora los primeros 180 días y el 60 % después, con un mínimo de 560 €/mes sin hijos o 749 € con hijos y un máximo de 1.225 a 1.575 € según los hijos a cargo (cuantías 2026 del SEPE); dura entre 120 y 720 días según lo cotizado en esos 6 años. Plazo: 15 días hábiles desde el retorno (SEPE: emigrantes que han retornado y cotizaron en España antes de emigrar).
- Subsidio por cotizaciones insuficientes, si al llegar trabajas en España al menos 90 días y pierdes el empleo con situación legal de desempleo. Es el subsidio ordinario: 570 €/mes los primeros 180 días (95 % del IPREM), 540 € hasta el día 360 (90 %) y 480 € después (80 %), durante 3 a 21 meses según lo cotizado y las cargas familiares, siempre que tus rentas del mes anterior no superen el 75 % del SMI (915,75 €/mes en 2026) (artículos 274, 275 y 277 de la Ley General de la Seguridad Social).
- Subsidio para mayores de 52 años, si cumples sus requisitos (entre ellos, haber cotizado por desempleo en España al menos 6 años a lo largo de tu vida laboral y reunir todos los requisitos de jubilación salvo la edad): 480 €/mes (80 % del IPREM) hasta la jubilación. Tienes la guía completa en subsidio para mayores de 52 años del SEPE.
- Si no cumples ninguno de los anteriores, la vía es el Ingreso Mínimo Vital, que gestiona la Seguridad Social (INSS) y no depende de haber cotizado.
¿Qué documentos chilenos necesitas para el certificado de emigrante retornado?
Para la prestación contributiva de emigrante retornado, el SEPE acredita tu situación legal de desempleo con el certificado de emigrante retornado (artículo 11.1 del Real Decreto 625/1985), que expide el Área o Dependencia de Trabajo e Inmigración de la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la provincia donde fijes tu residencia y que el Ministerio de Inclusión exige a quien vuelve de Chile: solo exime de él a quien retorna de la UE, el EEE, Suiza o Australia (Ministerio de Inclusión: certificado de emigrante retornado). La web del SEPE menciona además, para los países con convenio sobre desempleo, un «formulario de enlace» con los periodos trabajados; en el caso de Chile ese formulario no suma nada, porque el convenio no totaliza los periodos chilenos (artículo 32). La Consejería de Trabajo en Chile recomienda pedirle primero, por correo electrónico y antes de viajar, su informe de adveración, y presentarlo con la solicitud del certificado en la Delegación del Gobierno. En el certificado constan la fecha de tu última salida de España, la fecha del retorno (habitualmente, la del empadronamiento), el tiempo trabajado en Chile, el periodo de ocupación cotizado y que no has cobrado allí prestación por desempleo. Para obtenerlo tendrás que acreditar el trabajo hecho en Chile, por cuenta ajena o propia, con contratos, liquidaciones de sueldo, cotizaciones o certificados de la empresa. Esos documentos deben estar adverados por la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de España en Santiago de Chile, salvo que los expida una autoridad chilena y su veracidad pueda comprobarse con un código de verificación. Si no has cobrado el Seguro de Cesantía, lo justificas con un certificado negativo o, si no existe, con una declaración responsable. La ventaja de volver de Chile (al igual que de Argentina) es que la documentación está en español, así que te ahorras la traducción que sí necesitan los documentos redactados en otro idioma.| Documento chileno | Qué acredita | ¿Traducción? |
|---|---|---|
| Cartola de cotizaciones AFP | Historial de cotizaciones previsionales | No necesaria |
| Certificado AFC Chile | Cotizaciones al Seguro de Cesantía y si has cobrado o no el seguro | No necesaria |
| Finiquito del empleador (notarial) | Fechas y causa del término del contrato | No necesaria |
| Liquidaciones de sueldo (últimos 12 meses) | Salario y relación laboral mensual | No necesaria |
¿Qué pasa con mi AFP chilena al volver a España?
Tu capital acumulado en la AFP es tuyo y permanece en Chile a tu nombre indefinidamente. No se transfiere al sistema español de pensiones ni se pierde al cambiar de residencia. Al llegar a la edad de jubilación (65 años para hombres, 60 para mujeres en Chile), tienes tres opciones principales:- Renta vitalicia: mensualidad de por vida a través de una compañía de seguros chilena.
- Retiro programado: mensualidades que van consumiendo el capital de tu cuenta AFP.
- Retiro total: en determinados supuestos (capital insuficiente para pensión mínima).
¿Mis años cotizados en Chile cuentan para la jubilación española?
Sí. El Convenio de Seguridad Social entre España y Chile incluye la totalización de periodos de cotización para determinar el derecho a pensión en cada país. La particularidad es que el sistema chileno usa capitalización individual (AFP), no reparto como el español. La totalización se aplica principalmente para calcular si cumples los años mínimos de cotización para la pensión contributiva española (15 años, de los cuales al menos 2 deben ser en los últimos 15 años). El INSS español se coordina con la Superintendencia de Pensiones chilena para este cálculo. Si tienes más de 50 años, consulta con el INSS varios años antes de la jubilación, y revisa también el subsidio para mayores de 52 años del SEPE.¿Qué trámites hacer antes de salir de Chile y al llegar a España?
Antes de salir de Chile:- Descarga la cartola de cotizaciones de tu AFP desde su web o app.
- Solicita el certificado del Seguro de Cesantía en afcchile.cl.
- Recoge el finiquito con firma del empleador ante notario (mayor valor probatorio).
- Si tienes derecho al Seguro de Cesantía, gestíona el cobro antes de salir.
- Notifica a tu AFP el cambio de dirección a España.
- Empadronamiento en el ayuntamiento (primer trámite: su fecha es la que suele tomarse como fecha de retorno).
- Certificado de emigrante retornado en el Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación o Subdelegación del Gobierno de tu provincia (se puede pedir por sede electrónica).
- Inscripción como demandante de empleo en el servicio público de empleo de tu comunidad.
- Solicitud de la prestación contributiva de emigrante retornado en el SEPE, en los 15 días hábiles siguientes al regreso, si cotizaste en España 360 días en los 6 años anteriores a emigrar. Si la pides más tarde, se reconoce desde la fecha de la solicitud y pierdes los días de retraso.
Preguntas frecuentes sobre volver de Chile a España
¿Si trabajé como independiente en Chile, cuentan esas cotizaciones para el SEPE?
No. El trabajo realizado en Chile, por cuenta ajena o como independiente, no da acceso al subsidio para emigrantes retornados (el SEPE excluye a Chile porque el convenio bilateral cubre el desempleo) ni suma para la prestación contributiva española: el convenio solo reconoce el paro del país en el que resides por el trabajo hecho en ese país. Para el SEPE cuentan únicamente tus cotizaciones en España anteriores a emigrar.¿Puedo cobrar la pensión AFP chilena y el subsidio de retornado del SEPE al mismo tiempo?
El subsidio de retornado no se aplica a quien vuelve de Chile. En los demás subsidios del SEPE, las pensiones del extranjero computan como renta para el límite del 75 % del SMI (915,75 €/mes en 2026): si tu pensión AFP lo supera, no cumples el requisito de carencia de rentas.¿Las aportaciones voluntarias (APV) a la AFP también se coordinan con España?
No. El Ahorro Previsional Voluntario (APV) es ahorro privado y no entra en el ámbito del convenio bilateral. Es tuyo y lo gestionas directamente con la AFP. El tratamiento fiscal del APV en tu declaración española dependerá de cómo y cuándo lo cobres: consulta con un asesor fiscal.¿Cuánto tiempo tengo para pedir el paro tras volver de Chile?
El subsidio de retornado no se aplica a quien vuelve de Chile. Si puedes pedir la prestación contributiva de emigrante retornado (360 días cotizados en España en los 6 años anteriores a emigrar), tienes 15 días hábiles desde el retorno para inscribirte como demandante y solicitarla; si la pides más tarde, se reconoce desde la fecha de la solicitud y pierdes los días de retraso. Consulta también nuestra guía de volver de Argentina a España y la de volver de Colombia a España para comparar los trámites por país.⚠️ Aviso legal: Esta guía es orientativa. El sistema previsional chileno es complejo y sus interacciones con el español requieren análisis caso por caso. Para calcular tu futura pensión combinada, consulta con el INSS y con tu AFP. Fuentes oficiales: SEPE, Convenio España-Chile (BOE), Superintendencia de Pensiones de Chile, AFC Chile.
Datos verificados 2026
- El IPREM se establece en 600€/mes, mientras que el SMI es de 1.221€/mes (fuente: sepe.es).
- La prestación contributiva puede alcanzar hasta el 70% de la base reguladora durante un máximo de 24 meses (fuente: BOE).
- Los subsidios del SEPE pagan el 95% del IPREM (570€) los primeros 180 días, el 90% (540€) hasta el día 360 y el 80% (480€) después; el de mayores de 52 años paga siempre el 80% (fuente: sepe.es).
- El despido improcedente otorga una indemnización de 33 días por año trabajado, con un tope de 24 meses (fuente: ET RDL 2/2015).
- El plazo para presentar una solicitud de subsidio es de 15 días hábiles desde la finalización del contrato (fuente: sepe.es).
- El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se sitúa en 733,60€ para una persona unipersonal, con posibles complementos (fuente: BOE).
- Las plataformas de formación acreditadas incluyen Femxa, ADAMS, Grupo2000 y MasterD, entre otras (fuente: FUNDAE).
Corrección editorial parcial: 16/10/2026. Se han revisado los elementos indicados en esta actualización; no supone una nueva verificación de todas las cifras ni acredita plazas disponibles. Portal independiente.
