El finiquito en 2026: cómo revisarlo correctamente y qué conceptos debe incluir

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TL;DR datos clave 2026

  • IPREM: 600€/mes
  • SMI: 1.221€/mes
  • Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora por 4-24 meses
  • Despido improcedente: 33 días/año (tope 24 meses)
  • Despido objetivo: 20 días/año (tope 12 meses)
  • Temporal: 12 días/año
  • Plazo despido: 20 días hábiles en SMAC
  • Plazo subsidio: 15 días hábiles
  • IMV: 733,60€ unipersonal + complementos

📌 Resumen rápido (TL;DR)

  • Descubre cómo revisar correctamente el finiquito en 2026 y qué conceptos debe incluir para proteger tus derechos laborales.
Respuesta rápida: El finiquito en 2026 debe incluir: salario pendiente del último mes, parte proporcional de pagas extras, vacaciones no disfrutadas e indemnización si corresponde. No estás obligado a firmarlo; puedes firmar como «no conforme». La empresa debe pagarlo en la fecha de extinción del contrato. El 23 % de los finiquitos en España contienen errores de cálculo que perjudican al trabajador (Fuente: UGT, Informe de Derechos Laborales 2025).

¿Qué conceptos incluye el finiquito en 2026?

El finiquito es el documento que liquida todas las obligaciones económicas pendientes entre empresa y trabajador al finalizar la relación laboral. Los conceptos que debe incluir son: el salario correspondiente a los días trabajados del último mes que no se han cobrado, la parte proporcional de las pagas extraordinarias devengadas y no percibidas, y las vacaciones generadas y no disfrutadas. Además, el finiquito puede incluir otros conceptos como horas extraordinarias pendientes de pago, pluses y complementos salariales no abonados, dietas pendientes y la indemnización por fin de contrato temporal (12 días por año trabajado para contratos temporales ordinarios). Es importante revisar que todos estos conceptos estén reflejados correctamente, ya que el 23 % de los finiquitos contienen errores que perjudican al trabajador (Fuente: UGT, Informe 2025).
Conceptos del finiquito y cómo se calculan
Concepto Cálculo Ejemplo (salario 1 500 €/mes)
Salario días trabajadosSalario diario × días trabajados50 €/día × 15 días = 750 €
Pagas extra proporcionales(Salario × 2) / 365 × días desde última paga3 000 € / 365 × 90 = 740 €
Vacaciones no disfrutadasSalario diario × días vacaciones pendientes50 €/día × 8 días = 400 €
Indemnización (temporal)12 días/año trabajado12 días × 50 € = 600 €

¿Cómo se calcula el finiquito paso a paso?

El cálculo del finiquito requiere sumar todos los conceptos pendientes de liquidar. Primero, calcula el salario diario dividiendo tu salario bruto mensual entre 30 (o entre los días del mes). Segundo, multiplica ese salario diario por los días trabajados del mes en curso que aún no te han pagado. Tercero, calcula la parte proporcional de las pagas extra: divide el importe anual de las pagas extra entre 365 y multiplica por los días transcurridos desde la fecha de devengo de la última paga. Si tienes pagas extra prorrateadas (incluidas en las 12 mensualidades), este concepto no aplica. Cuarto, calcula las vacaciones no disfrutadas: si te corresponden 30 días naturales al año y solo has disfrutado 15, tienes derecho a cobrar los 15 restantes proporcionales al tiempo trabajado (Fuente: Estatuto de los Trabajadores, arts. 26, 31 y 49).

¿Estoy obligado a firmar el finiquito?

No estás obligado a firmar el finiquito. Es un derecho, no una obligación. Puedes negarte a firmarlo si no estás de acuerdo con los importes, o puedes firmarlo añadiendo la expresión «no conforme» junto a tu firma. Esto preserva tu derecho a reclamar posteriormente las cantidades que consideres incorrectas. Tienes derecho a solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores (delegado de personal o miembro del comité de empresa) durante la firma del finiquito. La empresa debe facilitarte esta asistencia si la solicitas. Si la empresa te presiona para firmar sin darte tiempo a revisarlo, esto podría considerarse un vicio del consentimiento (Fuente: art. 49.2 Estatuto de los Trabajadores).
💡 Pro Tip: Antes de firmar el finiquito, pide siempre tu última nómina y las nóminas de las pagas extra del último año para verificar los cálculos. El 23 % de los finiquitos tienen errores, normalmente en el cálculo de las pagas extra proporcionales y las vacaciones. Si firmas «no conforme», tienes 1 año para reclamar ante los Juzgados de lo Social (Fuente: UGT, 2025).

¿Cuándo me tienen que pagar el finiquito?

La empresa debe ponerte a disposición el finiquito en la fecha de extinción del contrato, es decir, el mismo día que finaliza tu relación laboral. Si la empresa se retrasa en el pago, puedes reclamar intereses de demora del 10 % anual sobre el importe adeudado, según establece el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores. El pago puede realizarse por transferencia bancaria o en efectivo (para importes inferiores a 1 000 €). Si la empresa se niega a pagarte, puedes presentar una papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) y posteriormente una demanda ante el Juzgado de lo Social. El plazo para reclamar es de 1 año desde la fecha de extinción del contrato (Fuente: art. 59 ET).

¿Cuál es la diferencia entre finiquito e indemnización?

El finiquito y la indemnización son conceptos diferentes que a menudo se confunden. El finiquito es la liquidación de las cantidades pendientes (salario, pagas, vacaciones) que corresponden a cualquier trabajador, independientemente de la causa de extinción del contrato. La indemnización es una compensación económica adicional que solo corresponde en determinados supuestos. La indemnización por despido improcedente es de 33 días por año trabajado (máximo 24 mensualidades). Por despido objetivo procedente, 20 días por año (máximo 12 mensualidades). Por fin de contrato temporal, 12 días por año trabajado. La dimisión voluntaria no genera indemnización, pero sí finiquito. Ambos conceptos pueden cobrarse conjuntamente (Fuente: arts. 49, 53 y 56 ET).

¿Cómo reclamar si el finiquito es incorrecto?

Si consideras que tu finiquito es incorrecto, el primer paso es intentar negociar con la empresa aportando los cálculos que consideras correctos. Si no hay acuerdo, presenta una papeleta de conciliación ante el SMAC de tu comunidad autónoma. Este trámite es gratuito y obligatorio antes de acudir a los tribunales. Si la conciliación no prospera, puedes presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social en un plazo de 1 año desde la fecha de extinción del contrato. Es recomendable contar con asesoramiento sindical o de un abogado laboralista. Los sindicatos (UGT, CCOO) ofrecen servicios gratuitos de asesoría laboral para sus afiliados (Fuente: Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social).
📌 Te puede interesar:

Preguntas frecuentes sobre el finiquito

¿Qué conceptos incluye el finiquito en 2026?

Salario pendiente, pagas extra proporcionales, vacaciones no disfrutadas, horas extra no pagadas e indemnización si corresponde por el tipo de extinción.

¿Cómo se calcula el finiquito?

Suma salario diario × días trabajados + pagas extra proporcionales + vacaciones pendientes + indemnización (si aplica). Usa tu nómina para verificar el salario diario correcto.

¿Estoy obligado a firmar el finiquito?

No. Puedes firmar como «no conforme» o negarte. Solicita la presencia de un representante de los trabajadores.

¿Cuándo me tienen que pagar el finiquito?

El mismo día de extinción del contrato. Si se retrasan, puedes reclamar intereses del 10 % anual. Plazo de reclamación: 1 año.
⚠️ Aviso: Información actualizada en abril de 2026. La normativa laboral puede modificarse. Consulta el BOE y busca asesoramiento sindical o jurídico para casos específicos.

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✍️ Equipo Editorial Cursos-SEPE
Especialistas en derechos laborales y formación para el empleo. Información basada en legislación laboral vigente.
Última actualización: abril 2026

Preguntas Frecuentes

¿Qué conceptos incluye el finiquito en 2026?

El finiquito debe incluir salario pendiente, pagas extras proporcionales, vacaciones no disfrutadas e indemnización si corresponde. Además, puede incluir horas extraordinarias y complementos salariales.

¿Estoy obligado a firmar el finiquito?

No estás obligado a firmar el finiquito. Puedes firmar como ‘no conforme’ si no estás de acuerdo con los importes, lo que te permite reclamar posteriormente.

¿Cuándo debo recibir el finiquito?

La empresa debe pagarte el finiquito el mismo día de la extinción del contrato. Si hay retraso, puedes reclamar intereses de demora del 10 % anual según el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Cómo se calcula el finiquito paso a paso?

El finiquito se calcula sumando el salario por días trabajados, pagas extras proporcionales, vacaciones no disfrutadas e indemnización si aplica, siguiendo un proceso detallado y específico.

¿Qué hacer si el finiquito es incorrecto?

Si el finiquito contiene errores, puedes firmarlo como ‘no conforme’ y tienes un año para reclamar ante los Juzgados de lo Social. Revisa siempre tus nóminas para verificar los cálculos.

¿Qué porcentaje de finiquitos tienen errores?

El 23 % de los finiquitos en España contienen errores de cálculo que pueden perjudicar al trabajador, según el Informe de Derechos Laborales 2025 de UGT.

Datos verificados 2026

  • El IPREM se establece en 600€ mensuales, lo que afecta a diversas prestaciones y subsidios (fuente: sepe.es).
  • El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se fija en 1.221€ mensuales, garantizando un ingreso mínimo para los trabajadores (fuente: BOE).
  • Las prestaciones contributivas se sitúan en un 70% de la base reguladora durante los primeros 6 meses y un 60% después (fuente: sepe.es).
  • Los despidos improcedentes tienen una indemnización de 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades (fuente: ET RDL 2/2015).
  • Los despidos objetivos se indemnizan con 20 días por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades (fuente: LGSS RDL 8/2015).
  • Los trabajadores temporales tienen derecho a una indemnización de 12 días por año trabajado (fuente: sepe.es).
  • El plazo para presentar una reclamación por despido es de 20 días hábiles ante el SMAC (fuente: sepe.es).
  • Los subsidios del SEPE pueden solicitarse en un plazo de 15 días hábiles tras la finalización del contrato (fuente: sepe.es).

Sobre el autor: contenido revisado por , especialista en SEPE, FUNDAE y derecho laboral con más de 6 años analizando convocatorias, prestaciones, certificados y normativa BOE. Fuentes cruzadas: sepe.es · BOE · LGSS · Estatuto Trabajadores · Ley 30/2015.

Última revisión: 11 mayo 2026. Información orientativa: NO sustituye consulta oficial en sede.sepe.gob.es ni asesor laboral colegiado.

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Daniel Bellido Director Editorial y Especialista en Formacion Profesional
Daniel Bellido es divulgador especializado en cursos y formación relacionados con el SEPE, desde Córdoba (España).
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