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TL;DR datos clave 2026
- IPREM: 600€/mes
- SMI: 1.221€/mes
- Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora durante 4-24 meses
- Subsidios SEPE: 5 tipos, 80% IPREM (~480€)
- Despido improcedente: 33 días/año, tope 24 mensualidades
- Despido objetivo: 20 días/año, tope 12 mensualidades
- IMV: 733,60€ unipersonal más complementos
- FUNDAE: Financiación de formación según tamaño de empresa
📌 Resumen rápido (TL;DR)
- Guía para sellar el paro en marzo 2026. Cómo renovar la demanda online, teléfono y presencial. Consecuencias de no sellar.
- Preguntas frecuentes: Online, sí
📋 En este artículo
¿Qué significa «sellar el paro» exactamente?
«Sellar el paro» es la expresión coloquial para renovar tu demanda de empleo en el servicio público de empleo de tu comunidad autónoma. Es un trámite obligatorio que confirma que sigues en situación de desempleo y disponible para trabajar. Sin esta renovación, el sistema te da de baja automáticamente como demandante (Fuente: Art. 7 Ley de Empleo y normativa autonómica).
La frecuencia de sellado varía según la comunidad autónoma: puede ser mensual, bimensual o trimestral. La fecha exacta es individual y se te asigna cuando te inscribes como demandante de empleo. Aparece en tu tarjeta de demanda (DARDE) o en el SMS/correo que recibes de tu servicio de empleo.
En 2025, más de 120.000 personas fueron dadas de baja como demandantes de empleo por no renovar la demanda en plazo, lo que provocó la suspensión automática de sus prestaciones (Fuente: Datos agregados de servicios autonómicos de empleo, 2025).
¿Cuándo me toca sellar en marzo 2026?
Tu fecha de sellado es individual y está indicada en tu tarjeta de demanda o en la comunicación que recibiste de tu servicio de empleo. No hay una fecha común para todos. Sin embargo, como regla general:
- Si tu ciclo es mensual: tu fecha de sellado en marzo será aproximadamente la misma fecha que en febrero (por ejemplo, si sellaste el 15 de febrero, tu próximo sellado será alrededor del 15 de marzo).
- Si tu ciclo es trimestral: solo sellarás en marzo si te toca ese mes. Si sellaste en enero, el siguiente será en abril.
- Si tu ciclo es bimensual: si sellaste en enero, te tocará en marzo; si fue en febrero, será en abril.
Para consultar tu fecha exacta: accede a la web de tu servicio autonómico de empleo con tu usuario y contraseña, o revisa el último SMS/correo que recibiste del servicio de empleo. También puedes llamar al teléfono de atención.
¿Cómo sellar el paro online?
La forma más rápida y cómoda de sellar el paro es online. Cada comunidad autónoma tiene su propio portal. Estos son los pasos generales (Fuente: Servicios autonómicos de empleo, 2026):
- Accede a la web de tu servicio autonómico de empleo: SOC (Cataluña), Lanbide (País Vasco), Labora (Valencia), SAE (Andalucía), SEPE (comunidades sin servicio propio), etc.
- Identifícate con DNI + número de demanda, certificado digital o Cl@ve.
- Busca la opción «Renovar demanda» o «Sellar demanda».
- Confirma que tus datos son correctos.
- Pulsa «Renovar» y guarda el justificante.
El proceso tarda menos de 2 minutos. Si tienes algún problema con el acceso online, puedes sellar por teléfono o presencialmente con cita previa.
Para información detallada sobre cómo sellar el paro online, consulta nuestra guía completa con las webs de cada comunidad autónoma.
¿Se puede sellar por teléfono?
Sí, la mayoría de servicios autonómicos de empleo permiten renovar la demanda por teléfono. Los números varían según la comunidad:
| Comunidad | Teléfono | Servicio |
|---|---|---|
| Andalucía | 900 720 820 | SAE |
| Cataluña | 900 800 046 | SOC |
| C. Valenciana | 012 / 963 866 000 | Labora |
| Madrid | 012 / 915 801 760 | Comunidad de Madrid |
| País Vasco | 900 841 147 | Lanbide |
| Galicia | 012 / 981 957 590 | Xunta |
| Resto / SEPE general | 919 26 79 70 | SEPE |
¿Qué hacer si se me olvidó sellar?
Si se te ha pasado la fecha de sellado, actúa cuanto antes. Las consecuencias dependen de cuánto tiempo ha pasado (Fuente: Normativa autonómica de demanda de empleo):
- 1-2 días de retraso: la mayoría de servicios autonómicos permiten un pequeño margen. Intenta sellar online o llama inmediatamente a tu oficina.
- Más de 3 días: es probable que te hayan dado de baja como demandante. Debes pedir nueva inscripción y justificar el retraso si fue por causa de fuerza mayor.
- Más de 1 mes: baja definitiva como demandante. Debes reinscribirte y solicitar la reactivación de tu prestación, lo que puede suponer perder los días transcurridos desde la baja.
Preguntas frecuentes
¿Puedo sellar el paro un día festivo?
Online, sí. Las plataformas web de los servicios de empleo están disponibles 24/7, incluyendo festivos y fines de semana. Por teléfono, depende del horario del servicio de atención de tu comunidad.
¿Si sello un día después de mi fecha, pierdo el paro?
No necesariamente. La mayoría de servicios tienen un periodo de gracia de 1-3 días. Sin embargo, no cuentes con ello: intenta sellar siempre en la fecha indicada o incluso antes si tu servicio lo permite.
¿Sellar el paro y cobrar el paro son cosas distintas?
Sí. Sellar es renovar tu inscripción como demandante de empleo. Cobrar es recibir la prestación económica. Son procesos independientes, pero están vinculados: si no sellas, dejas de cobrar. Las fechas de cobro del paro de marzo son entre el 10 y 15 del mes.
¿Si estoy de viaje fuera de España puedo sellar online?
Técnicamente puedes acceder a la web desde cualquier lugar con internet. Sin embargo, si estás fuera de España más de 15 días naturales sin comunicarlo al SEPE, puedes perder la prestación. Viajes cortos (menos de 15 días) no afectan si sellas en fecha.
Equipo Editorial Cursos-SEPE
Equipo de redacción especializado en formación profesional y empleo público en España. Contenido verificado con fuentes oficiales.
Datos verificados 2026
- El IPREM se establece en 600€/mes, lo que afecta a diversas prestaciones y subsidios (fuente: sepe.es).
- El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se fija en 1.221€/mes, garantizando un ingreso mínimo para los trabajadores (fuente: BOE).
- Las prestaciones contributivas se otorgan al 70% de la base reguladora durante los primeros 6 meses y al 60% los siguientes (fuente: sepe.es).
- Existen 5 tipos de subsidios SEPE, que ofrecen un apoyo económico del 80% del IPREM, aproximadamente 480€ (fuente: sepe.es).
- El despido improcedente se indemniza con 33 días por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades (fuente: BOE).
- El plazo para presentar una solicitud de subsidio es de 15 días hábiles desde la situación de desempleo (fuente: sepe.es).
- El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se establece en 733,60€ para una persona unipersonal, con posibilidad de complementos (fuente: BOE).
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