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Tribunal médico EVI/ICAM: plazos, qué llevar y cómo prepararse
El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) del INSS (en Cataluña la valoración médica la realiza el ICAM) es el tribunal médico que dictamina sobre la incapacidad permanente. La preparación de la cita es decisiva: lo que digas, los informes que aportes y la actitud que muestres pesan en la valoración. Esta guía explica cómo se desarrolla la cita y cómo maximizar tus probabilidades de un dictamen favorable.
Qué es el EVI/ICAM y quién lo compone
El EVI es el órgano colegiado del INSS encargado de:
- Evaluar el grado de incapacidad permanente.
- Confirmar o revocar altas médicas controvertidas.
- Revisar grados de incapacidad ya reconocidos.
Según el artículo 2 del Real Decreto 1300/1995, está formado por un presidente y cuatro vocales:
- Presidente: el Subdirector provincial de Invalidez del INSS (o funcionario designado por el Director general).
- Un médico inspector.
- Un facultativo médico (médico evaluador del INSS).
- Un inspector de Trabajo y Seguridad Social.
- Un funcionario de la unidad que tramita las prestaciones de incapacidad, que actúa como secretario.
Puede sumarse un experto en recuperación y rehabilitación cuando hay indicios razonables de recuperación, y un experto en seguridad e higiene en el trabajo cuando hay indicios de incumplimiento de esas medidas. En la práctica, el examen suele hacerlo uno o dos médicos evaluadores, que elaboran el informe de síntesis.
En Cataluña, la valoración médica la realiza el ICAM (Institut Català d’Avaluacions Mèdiques), organismo de la Generalitat; la resolución que reconoce o deniega la incapacidad sigue correspondiendo al INSS (art. 200.1 LGSS).
Plazo desde la citación hasta la cita
Tras la solicitud de incapacidad permanente, el INSS programa la cita en el EVI:
- Plazo de citación: no hay un plazo específico; la cita debe encajar dentro del plazo máximo de resolución del expediente.
- Plazo máximo legal de resolución total: 135 días desde la solicitud (RD 286/2003).
- Citación: por correo postal o por vía electrónica (Mi Carpeta Ciudadana o la sede de la Seguridad Social).
Si no puedes acudir a la fecha citada por causa justificada (hospitalización, viaje médico, fallecimiento familiar), pide aplazamiento por escrito con la mayor antelación posible y con justificación documental.
Documentación que tienes que llevar obligatoriamente
- DNI o NIE en vigor.
- Carta de citación.
- Documento con tu número de afiliación a la Seguridad Social.
- Tarjeta sanitaria pública.
Documentación adicional recomendada
Aunque el EVI tiene acceso a tu historial clínico oficial, llevar documentación complementaria fortalece tu caso:
- Informes médicos completos de los últimos 12-24 meses, organizados por especialista.
- Pruebas diagnósticas: RM, TC, analíticas, electromiografías, ecografías, en imagen y con informe.
- Informe específico de tu médico de cabecera describiendo limitaciones funcionales en términos laborales.
- Informe del especialista que lleva tu patología principal con valoración de pronóstico y limitaciones.
- Tratamientos actuales: lista de medicación, fisioterapia, terapias.
- Informes de tratamientos fallidos: cirugías, intervenciones, rehabilitación que no han mejorado el cuadro.
- En patologías mentales: informe del psiquiatra con CIE-10 o DSM-5, intentos terapéuticos y respuesta.
- Vida laboral actualizada (Tesorería).
Cómo se desarrolla la cita: minuto a minuto
La duración de la cita no está fijada por ninguna norma y depende de la patología. Suele desarrollarse así:
- Llegada y espera: acude con antelación a la hora citada.
- Entrada en consulta: el médico te llamará por nombre.
- Anamnesis: el evaluador te pregunta sobre patología, tratamientos, evolución, vida diaria. Sé claro, específico, y no minimices síntomas.
- Exploración física: según patología. Reflejos, movilidad, fuerza, sensibilidad. En patologías mentales puede ser solo entrevista.
- Revisión de informes: el evaluador examina la documentación que has aportado.
- Despedida: te informa de que la resolución llegará por escrito.
El EVI no comunica decisión en el momento. La resolución llega por Mi Carpeta Ciudadana o correo postal.
Qué pasa si no puedes acudir
Si te impide acudir una causa justificada:
- Comunícalo al INSS cuanto antes por sede electrónica.
- Adjunta justificante médico, hospitalario o legal.
- Solicita nueva cita.
- El INSS fija una nueva fecha; no hay un plazo establecido.
Si no acudes sin justificación, el INSS puede archivar el expediente. Tendrías que volver a solicitar la incapacidad permanente desde cero, perdiendo meses.
Resultado de la valoración: plazos de notificación
| Trámite | Plazo |
|---|---|
| Propuesta del EVI | Sin plazo específico: dictamen-propuesta previo a la resolución (art. 3 RD 1300/1995) |
| Resolución del INSS | Dentro del máximo de 135 días desde la solicitud (RD 286/2003) |
| Notificación al solicitante | Debe cursarse en 10 días desde que se dicta la resolución (art. 40.2 Ley 39/2015) |
| Inicio del pago si reconoce la incapacidad | Según la fecha de efectos que fije la resolución |
El EVI propone, el INSS resuelve
Respuesta directa: el EVI no concede la incapacidad: emite un dictamen-propuesta y es la Dirección Provincial del INSS quien dicta la resolución que reconoce o deniega la prestación.
La valoración se basa en las limitaciones funcionales que reflejan tus informes, no en el nombre del diagnóstico, por lo que conviene aportar informes que describan cómo afecta la patología a tu capacidad de trabajo. Si la resolución es desfavorable, puedes presentar reclamación previa en 30 días hábiles (art. 71 LRJS) y, después, demanda ante el Juzgado de lo Social; tienes el detalle en nuestra guía sobre cómo recurrir las denegaciones del SEPE y el IMV.
Preguntas frecuentes
¿Puedo grabar la cita?
No sin autorización expresa del médico evaluador. Si necesitas dejar constancia de algo, pide que conste en el expediente.
¿Puedo llevar a un familiar?
Generalmente sí, como acompañante en la sala de espera. La entrada a consulta depende del médico evaluador y de la patología (en exploraciones físicas íntimas, suele rechazarse acompañante).
¿Cuánto dura la valoración?
No hay una duración fijada: depende de la patología y de la exploración necesaria. En patologías mentales la valoración se centra en la entrevista y suele ser más larga.
¿Y si no estoy de acuerdo con el dictamen?
Reclamación previa en plazo de 30 días hábiles desde la notificación (art. 71.2 LRJS). Si la deniegan, demanda ante el Juzgado de lo Social en otros 30 días hábiles.
¿Tengo que ir al EVI si tengo agorafobia?
El EVI suele realizar la valoración presencial, pero pueden hacerse excepciones por patologías que impidan el desplazamiento. Aporta informe del psiquiatra y solicita valoración por documentación.
¿Cuántas veces me pueden citar?
Habitualmente una cita resuelve. En casos complejos pueden citar a una segunda valoración con especialista distinto. Las revisiones futuras (en el plazo que fije la propia resolución, art. 200.2 LGSS) son citas separadas.
⚠️ Información YMYL crítica. La cita en el EVI/ICAM determina el reconocimiento de tu incapacidad permanente. Una mala preparación o presentación puede traducir en denegación o reconocimiento de grado inferior. Si tu patología es compleja (mental, autoinmune, oncológica, columna), consulta con graduado social colegiado y/o abogado laboralista para preparar la cita. La inversión en preparación profesional rentabiliza cuando hay pensión vitalicia en juego.
Fuentes: Real Decreto 1300/1995 sobre EVI (BOE), RDL 8/2015 LGSS (art. 200), Real Decreto 286/2003 (plazos de resolución), Ley 39/2015 (art. 40, notificaciones), Ley 36/2011, art. 71 (reclamación previa), sede.seg-social.gob.es.
Corrección editorial parcial: 16/10/2026. Se han revisado los elementos indicados en esta actualización; no supone una nueva verificación de todas las cifras ni acredita plazas disponibles. Portal independiente.
