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Lectura: 9 min · Publicado el 1 de junio de 2026 · Última actualización: 1 de junio de 2026
Para solicitar el paro al acabar un contrato tienes 15 días hábiles desde el cese. Debes estar inscrito como demandante de empleo, haber cotizado al menos 360 días y presentar la solicitud en la sede electrónica del SEPE, por presolicitud o con cita previa.
⚠️ Información orientativa, no asesoramiento jurídico. Cada situación depende de tu vida laboral. Para tu caso concreto, consulta con el SEPE o un graduado social antes de presentar la solicitud.
Solicitar el paro de un vistazo
| Aspecto | Detalle | Fuente |
|---|---|---|
| Plazo de solicitud | 15 días hábiles desde el cese | SEPE |
| Cotización mínima | 360 días en los últimos 6 años | SEPE |
| Inscripción previa | Demandante de empleo (DARDE) | SEPE |
| Dónde | Sede del SEPE, presolicitud o cita previa | SEPE |
| Resolución del SEPE | 15 días; notificación en 10 días | SEPE |
| Sin respuesta en 3 meses | Silencio negativo, cabe reclamación previa | SEPE |
¿Cómo se solicita el paro al acabar el contrato?
Respuesta directa: en tres pasos: inscribirte como demandante de empleo, reunir la documentación y presentar la solicitud de prestación contributiva en la sede del SEPE dentro de los 15 días hábiles siguientes al fin del contrato.
El paro o prestación contributiva se concede a quien ha perdido el empleo de forma involuntaria y ha cotizado lo suficiente (SEPE). El plazo de 15 días hábiles sigue vigente para la prestación contributiva, a diferencia del subsidio, cuyo plazo se amplió a seis meses con la reforma de 2025. Antes de pedirla conviene tener claro si te corresponde la contributiva o el subsidio: lo tienes en la guía sobre las diferencias entre prestación contributiva y subsidio.
Requisitos para solicitar el paro
Respuesta directa: estar en situación legal de desempleo por haber perdido el trabajo de forma involuntaria, estar inscrito como demandante de empleo y haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años.
Esos 360 días cotizados son el mínimo para acceder a la contributiva; con menos cotización podrías optar a un subsidio según tu situación (SEPE). También debes no haber alcanzado la edad de jubilación y no realizar una actividad incompatible. La inscripción como demandante de empleo es imprescindible: revisa cómo se gestiona en la guía para renovar la demanda de empleo en 2026.
Documentación necesaria
Respuesta directa: necesitas tu DNI o NIE, el número de cuenta donde quieres cobrar, y el libro de familia si tienes cargas; el certificado de empresa lo envía tu empresa directamente al SEPE.
El certificado de empresa, que acredita el cese y las cotizaciones, lo remite la empresa de forma telemática, aunque conviene comprobar que lo ha enviado (SEPE). Tener el IBAN a mano agiliza el trámite, y el libro de familia o equivalente es necesario si declaras responsabilidades familiares que afecten a la cuantía. Si el SEPE te pide aportar algún documento después, revisa cómo hacerlo en la guía para aportar documentos a la sede del SEPE.
Pasos para solicitar el paro online
Respuesta directa: accede a la sede del SEPE, elige solicitar prestación, identifícate con certificado, DNIe o Cl@ve, completa el formulario, revisa tus datos y tu IBAN, firma y descarga el justificante.
- Inscríbete como demandante de empleo si aún no lo estás.
- Accede a la sede del SEPE y elige «Solicitar prestación».
- Identifícate con certificado digital, DNIe o Cl@ve.
- Completa el formulario y revisa tus datos y el IBAN.
- Adjunta la documentación escaneada en PDF si te la solicitan.
- Firma, envía y descarga el justificante con la fecha.
Si no tienes certificado: la presolicitud
Respuesta directa: si no dispones de certificado ni Cl@ve, puedes rellenar la presolicitud, un formulario básico tras el cual un funcionario te llama para formalizar la solicitud conservando la fecha de efectos.
La presolicitud preserva tu fecha y evita que pierdas días de prestación mientras consigues la identificación digital (SEPE). Como alternativa, puedes pedir cita previa en la sede del SEPE, en el 060 o en los teléfonos provinciales, y acudir a la oficina con toda la documentación, donde un funcionario graba tus datos y resuelve tus dudas sobre compatibilidades y cuantías.
Plazo de resolución del SEPE
Respuesta directa: el SEPE resuelve la solicitud en 15 días desde su entrega y notifica en los 10 días siguientes; si pasan tres meses sin respuesta, se entiende desestimada por silencio y puedes presentar reclamación previa.
Mientras no falte documentación, la resolución debe llegar en ese plazo (SEPE). Si transcurren tres meses sin contestación, la solicitud se considera denegada por silencio administrativo, lo que te abre la vía de la reclamación previa antes de acudir al juzgado. Conviene guardar siempre el justificante de presentación con su fecha de registro.
Errores comunes al solicitar el paro
- ✗ Superar los 15 días hábiles. Solución: solicita cuanto antes; fuera de plazo pierdes días de prestación.
- ✗ No inscribirte como demandante. Solución: la inscripción es requisito previo a la solicitud.
- ✗ No comprobar el certificado de empresa. Solución: verifica que tu empresa lo ha enviado al SEPE.
- ✗ Dar un IBAN erróneo. Solución: revisa el número de cuenta antes de firmar.
- ✗ No guardar el justificante. Solución: descarga y conserva el resguardo con fecha y registro.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto plazo tengo para solicitar el paro?
15 días hábiles desde la situación legal de desempleo, es decir, desde el fin del contrato. Ese plazo sigue vigente para la prestación contributiva, mientras que el del subsidio se amplió a seis meses con la reforma de 2025. Conviene solicitarlo cuanto antes.
¿Qué requisitos necesito?
Estar en situación legal de desempleo por pérdida involuntaria del trabajo, estar inscrito como demandante de empleo y haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años. Con menos cotización podrías optar a un subsidio según tu situación personal.
¿Qué documentos hacen falta?
Tu DNI o NIE, el número de cuenta donde cobrar y el libro de familia si tienes cargas. El certificado de empresa lo envía tu empresa directamente al SEPE, aunque conviene comprobar que lo ha hecho antes de presentar la solicitud.
¿Puedo pedir el paro sin certificado digital?
Sí, mediante la presolicitud: rellenas un formulario básico y un funcionario te llama para formalizar la solicitud, conservando la fecha de efectos. También puedes pedir cita previa y acudir presencialmente a tu oficina con la documentación.
¿Cómo solicito el paro por internet?
Accede a la sede del SEPE, elige solicitar prestación, identifícate con certificado, DNIe o Cl@ve, completa el formulario, revisa tus datos y el IBAN, adjunta lo que te pidan en PDF y firma. Después descarga el justificante con la fecha de registro.
¿Cuánto tarda el SEPE en resolver?
El SEPE resuelve en 15 días desde la entrega de la solicitud y notifica en los 10 días siguientes. Si pasan tres meses sin respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo y puedes presentar una reclamación previa a la vía judicial.
¿Qué pasa si presento la solicitud fuera de plazo?
Si la presentas pasados los 15 días hábiles, pierdes los días transcurridos desde el fin del contrato hasta la solicitud, que se descuentan de tu prestación. Por eso es importante inscribirte como demandante y solicitar el paro cuanto antes.
¿Cómo sé cuántos días de paro me corresponden?
Dependen de los días cotizados: a más cotización, más duración, hasta el máximo legal. Puedes consultar el detalle del importe reconocido y los días pendientes en la sede electrónica del SEPE una vez resuelta tu solicitud.
Solicita el paro sin perder días
Tres ideas que recordar:
- Tienes 15 días hábiles desde el cese para pedir la contributiva.
- Debes estar inscrito como demandante y tener 360 días cotizados.
- Sin certificado, usa la presolicitud para conservar la fecha.
Próximo paso: inscríbete como demandante, comprueba que tu empresa ha enviado el certificado y presenta la solicitud en la sede del SEPE dentro del plazo. Únete a la comunidad de Facebook y a los avisos de cursos-sepe para no perderte novedades sobre prestaciones.
⚠️ Recuerda: esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Para tu caso concreto, consulta con el SEPE o un graduado social y verifica la normativa vigente al presentar tu solicitud.
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