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TL;DR datos clave 2026
- IPREM: 600€/mes
- SMI: 1.221€/mes
- Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora durante 4-24 meses
- Subsidios SEPE: 5 tipos, 80% IPREM (~480€)
- Despido improcedente: 33 días/año, tope 24 meses
- Despido objetivo: 20 días/año, tope 12 meses
- Temporal: 12 días/año
- Plazo para solicitar subsidio: 15 días hábiles
📌 Resumen rápido (TL;DR)
- Diferencias entre la prestación contributiva y el subsidio por desempleo en 2026. Cuantías, requisitos, duración y cuál te corresponde según tu situación.
- Tabla comparativa completa: paro vs. subsidio
- Cuantías comparadas en 2026: Como se observa, la diferencia entre paro y subsidio es enorme
- El itinerario completo de protección por desempleo: Siguiendo este itinerario completo, una persona que pierde su empleo puede tener protección económica durante años: hasta 24 meses de paro + 24 meses …
- Preguntas frecuentes: No
Guía completa: todas las ayudas por desempleo en 2026, con cuantías, requisitos y plazos.
¿Qué es la prestación contributiva (el «paro»)?
La prestación contributiva por desempleo, conocida popularmente como «el paro», es la principal protección económica para trabajadores que pierden su empleo. Se llama «contributiva» porque depende de las cotizaciones que hayas realizado durante tu vida laboral (Fuente: Arts. 266-272 LGSS).
Para acceder al paro necesitas haber cotizado un mínimo de 360 días (12 meses) en los últimos 6 años. La cuantía depende de tu base de cotización: el 70% los primeros 6 meses y el 60% (o 50% con la reforma) a partir del mes 7. Existen topes mínimos y máximos vinculados al IPREM.
En 2025, la cuantía media de la prestación contributiva fue de 935€/mes, con más de 1,8 millones de personas percibiéndola simultáneamente (Fuente: Estadísticas SEPE, resumen anual 2025).
¿Qué es el subsidio por desempleo?
El subsidio por desempleo es una prestación asistencial del SEPE destinada a personas que no pueden acceder al paro (por falta de cotización) o que ya lo han agotado. Es el segundo escalón de protección tras la prestación contributiva (Fuente: Arts. 274-280 LGSS).
El subsidio no depende tanto de lo que hayas cotizado como de tu situación de necesidad: el requisito principal es no superar los 915,75€/mes de rentas. La cuantía en 2026 es de 570€/mes los primeros 6 meses (95% IPREM), con tramos decrecientes a 540€ y 480€ (Fuente: Reforma prestaciones 2024).
En 2025, más de 1,4 millones de personas cobraban algún tipo de subsidio del SEPE, lo que supone el 56% de todos los perceptores de prestaciones por desempleo (Fuente: Estadísticas SEPE, 2025).
Tabla comparativa completa: paro vs. subsidio
| Aspecto | Prestación contributiva (paro) | Subsidio por desempleo |
|---|---|---|
| Tipo | Contributiva | Asistencial |
| Cuantía | 70%-60% base reguladora | 570€→540€→480€ |
| Cuantía media | ~935€/mes | ~530€/mes |
| Cotización mínima | 360 días (12 meses) | Variable (desde 90 días según tipo) |
| Límite de rentas | No | Sí (915,75€/mes = 75% SMI) |
| Duración | 4-24 meses | 6-24 meses (o hasta jubilación +52) |
| Cotiza a SS | Sí (100% bases) | Solo +52 años (125% base mínima) |
| IRPF | Sí tributa | Generalmente exento |
| Pagas extras | Prorrateadas en 12 meses | No hay |
| Compatible con empleo | Sí (CAE o tiempo parcial) | Suspensión al trabajar |
| Gestor | SEPE | SEPE |
¿Cuándo se cobra cada una?
Existe un orden lógico de acceso a cada prestación. No puedes elegir libremente cuál cobrar: cada una tiene su momento y requisitos (Fuente: Sistema de protección por desempleo LGSS):
- Prestación contributiva: inmediatamente después de perder el empleo (plazo: 15 días hábiles). Es la primera opción si tienes cotización suficiente.
- Subsidio por desempleo: cuando agotas la prestación contributiva, o directamente si no tienes cotización suficiente para el paro (mínimo 90 días para algunos subsidios).
- RAI: cuando agotas tanto el paro como el subsidio y perteneces a uno de los 4 colectivos protegidos. Consulta la guía de la RAI.
- IMV: cuando has agotado todas las prestaciones del SEPE. Se solicita en la Seguridad Social. Consulta la guía del IMV.
Cuantías comparadas en 2026
| Salario previo | Paro (meses 1-6) | Paro (mes 7+) | Subsidio |
|---|---|---|---|
| 1.221€ (SMI) | 855€ | 710€ | 570€ |
| 1.500€ | 1.050€ | 900€ | 570€ |
| 2.000€ | 1.225€ (tope) | 1.200€ | 570€ |
| 2.500€ | 1.225€ (tope) | 1.225€ (tope) | 570€ |
Como se observa, la diferencia entre paro y subsidio es enorme. Un trabajador que cobraba 2.000€ pasa de percibir 1.400€ de paro a 570€ de subsidio cuando agota la prestación contributiva. Esta caída del 59% en los ingresos es uno de los mayores problemas del sistema de protección por desempleo.
¿Cuál cotiza a la Seguridad Social?
Esta es una diferencia crucial que a menudo se pasa por alto:
- Prestación contributiva: cotiza al 100% de las bases correspondientes. El tiempo cobrando paro cuenta como cotizado para jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia.
- Subsidio general: NO cotiza a la Seguridad Social. Los meses de subsidio son un «vacío» en tu carrera de cotización.
- Subsidio +52 años: excepción importante, SÍ cotiza para jubilación al 125% de la base mínima. Por eso el subsidio de mayores de 52 es el más valioso de todos los subsidios.
Si te preocupa tu futura pensión de jubilación, ten en cuenta que cada mes de subsidio (excepto +52) es un mes que no suma para la jubilación. Puedes suscribir un convenio especial con la Seguridad Social para seguir cotizando por tu cuenta (~290€/mes en 2026), aunque no es viable para la mayoría de perceptores del subsidio.
El itinerario completo de protección por desempleo
| Orden | Prestación | Cuantía | Duración max. |
|---|---|---|---|
| 1º | Prestación contributiva | 70%-60% base | 24 meses |
| 2º | Subsidio | 570€→480€ | 24 meses / hasta jubilación |
| 3º | RAI | 480€ | 33 meses (11×3) |
| 4º | IMV | 565€-1.357€ | Indefinida |
Siguiendo este itinerario completo, una persona que pierde su empleo puede tener protección económica durante años: hasta 24 meses de paro + 24 meses de subsidio + 33 meses de RAI + IMV indefinido. La cuantía baja progresivamente, pero la cobertura se mantiene.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar paro y subsidio a la vez?
No. Son incompatibles entre sí. Primero cobras el paro y, cuando lo agotas, solicitas el subsidio. No se solapan nunca.
¿Es mejor cobrar el subsidio directamente sin pedir paro?
No, nunca. El paro es siempre preferible: paga más, cotiza a la Seguridad Social y, al agotarlo, aún tendrás derecho al subsidio. Si saltas directamente al subsidio, pierdes la oportunidad de cobrar el paro (que es irrecuperable).
¿El subsidio consume mi derecho al paro?
No. Si cobras subsidio y luego vuelves a trabajar y acumulas nuevas cotizaciones, tendrás derecho a una nueva prestación contributiva independiente. Las cotizaciones «nuevas» generan un nuevo derecho.
¿Puedo elegir entre paro y subsidio?
Si tienes derecho al paro (360+ días cotizados), no puedes elegir el subsidio: el SEPE te reconocerá automáticamente la prestación contributiva. Solo accedes al subsidio cuando no tienes derecho a paro o lo has agotado.
¿El subsidio tributa en la Renta?
Generalmente no, al estar por debajo del mínimo exento de IRPF. La prestación contributiva, en cambio, sí tributa (tiene retención). Esta es otra diferencia práctica: los 570€ del subsidio son netos, mientras que el paro de 935€ puede quedarse en ~830€ netos tras retenciones.
Datos verificados 2026
- El IPREM se establece en 600€/mes, mientras que el SMI asciende a 1.221€/mes (fuente: sepe.es).
- La prestación contributiva se calcula al 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días y al 60% después, con una duración de 4 a 24 meses (fuente: BOE).
- Existen 5 tipos de subsidios SEPE, que ofrecen un 80% del IPREM, equivalente a aproximadamente 480€ mensuales (fuente: sepe.es).
- En caso de despido improcedente, se indemniza con 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (fuente: ET RDL 2/2015).
- Los despidos objetivos se indemnizan con 20 días por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades (fuente: LGSS RDL 8/2015).
- El plazo para solicitar el subsidio es de 15 días hábiles desde la finalización del contrato (fuente: sepe.es).
- La incapacidad parcial permite recibir prestaciones durante 24 meses, mientras que la incapacidad total puede alcanzar hasta el 100% (fuente: BOE).
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