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TL;DR datos clave 2026
- IPREM: 600€/mes
- SMI: 1.221€/mes
- Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora por 4-24 meses
- Subsidios SEPE: 5 subsidios a 80% IPREM (~480€)
- Despido improcedente: 33 días/año (tope 24 meses)
- Despido objetivo: 20 días/año (tope 12 meses)
- Incapacidad total: 55% (75% a partir de los 55 años) y absoluta 100%
- IMV: 733,60€ unipersonal + complementos
📌 Resumen rápido (TL;DR)
- Si cobraste el paro con retención del 2% y te salió a pagar en la renta, el modelo 145 es la solución.
La raíz del problema «me salió a pagar en la renta por el paro» está en la retención del 2% que aplica el SEPE. Con el modelo 145 puedes pedir que te retengan más, de forma que en la declaración del año que viene el resultado sea mucho más equilibrado.
Por qué el 2% del SEPE siempre se queda corto
El 2% es el mínimo legal que el SEPE puede aplicar. Ese porcentaje está calculado para ingresos muy bajos (por debajo del mínimo personal de 5.550 €). En cuanto tienes otros ingresos además del paro, el tipo efectivo real sube significativamente y el 2% queda muy lejos de cubrirlo.
SEPE: 8.000 € al año (retención 2% = 160 €). Trabajo: 12.000 € (retención 11% = 1.320 €). Total: 20.000 €. Tipo efectivo real ~15%. Cuota ~3.000 €. Retenciones: 1.480 €. Diferencia a pagar: 1.520 €.
Con retención SEPE del 15%: 8.000 × 15% = 1.200 €. Retenciones totales: 2.520 €. Diferencia a pagar: solo 480 €.
Cómo cambiar la retención del SEPE con el modelo 145
- Descarga el modelo 145 de la web de la AEAT (aeat.es) o usa el formulario online del SEPE
- En el apartado de «incremento voluntario», indica el porcentaje que quieres que apliquen
- Entrega el formulario en tu oficina de empleo o a través de la sede electrónica del SEPE
- El cambio se aplica desde el mes siguiente — no es retroactivo
¿Cuándo tiene más sentido presentar el modelo 145?
El momento ideal es al inicio del cobro de la prestación o al inicio de cada año si ya estás cobrando. Cuanto antes lo presentes, más meses te beneficiará.
- Al empezar a cobrar el paro: ideal para arrancar con la retención correcta desde el principio
- Después de encontrar trabajo part-time: si combinas trabajo y paro, sube la retención del SEPE
- Después de una declaración que salió a pagar: para evitar repetirlo el año siguiente
Preguntas frecuentes
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👉 Usar el asesor IA gratis⚠️ Información orientativa actualizada a abril 2026 según fuentes oficiales de la Agencia Tributaria y el SEPE.
| Situación | Retención recomendada | Por qué |
|---|---|---|
| Solo paro <14.000 €/año | 2% (mínimo) | Con reducciones la cuota es mínima |
| Solo paro 14.000-20.000 € | 10-12% | Cubre el tipo efectivo real aproximado |
| Paro + trabajo part-time | 15% | Dos pagadores — tipo efectivo más alto |
| Paro + trabajo full-time | 18-20% | Ingresos altos — margen superior |
| ERTE parcial todo el año | 15-18% | Empresa y SEPE pagan por separado |
Datos verificados 2026
- El IPREM se establece en 600€/mes, siendo un indicador clave para diversas prestaciones (fuente: sepe.es).
- El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se fija en 1.221€/mes, garantizando un mínimo vital para los trabajadores (fuente: BOE).
- Las prestaciones contributivas se sitúan en un 70% de la base reguladora durante los primeros seis meses (fuente: sepe.es).
- Los subsidios del SEPE alcanzan hasta el 80% del IPREM, lo que equivale a aproximadamente 480€ mensuales (fuente: sepe.es).
- En caso de despido improcedente, el cálculo es de 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades (fuente: BOE).
- El plazo para solicitar el subsidio es de 15 días hábiles desde la finalización del contrato (fuente: sepe.es).
- La incapacidad total se reconoce con un porcentaje del 55% o 75%, mientras que la absoluta se establece al 100% (fuente: BOE).
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