Portal informativo independiente. No estamos afiliados al SEPE ni a ningún organismo oficial. Para trámites y convocatorias oficiales, visita sepe.es.
Tienes 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para reclamarlo, y es un plazo de caducidad que no se recupera si lo dejas pasar. El primer paso obligatorio es presentar la papeleta de conciliación ante el SMAC, que detiene el cómputo. Si la empresa no te dio el certificado de empresa, reclámalo en paralelo.
Resumen: plazo para reclamar un despido
Respuesta directa: el plazo es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido, debes iniciarlo con la papeleta de conciliación en el SMAC y, si no hay acuerdo, presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.
| Concepto | Detalle | Fuente |
|---|---|---|
| Plazo | 20 días hábiles desde el despido | Art. 59.3 ET |
| Tipo de plazo | Caducidad (no se interrumpe salvo papeleta) | Art. 103.1 LRJS |
| Primer paso | Papeleta de conciliación en el SMAC | Art. 63 LRJS |
| Efecto de la papeleta | Suspende el cómputo del plazo | Art. 65.1 LRJS |
| Si no hay acuerdo | Demanda en el Juzgado de lo Social | LRJS |
| Días que cuentan | Hábiles (no sábados, domingos ni festivos en la sede del juzgado; agosto sí cuenta en despidos) | Art. 103.1 y 43.4 LRJS |
Cuántos días tienes para reclamar
Respuesta directa: dispones de 20 días hábiles contados desde la fecha de efectos del despido, sin incluir sábados, domingos ni los festivos de la sede del juzgado (art. 103.1 LRJS). Ojo: a diferencia de otros procesos laborales, en el despido los días de agosto sí son hábiles (art. 43.4 LRJS).
Al ser un plazo de caducidad, no se interrumpe por reclamaciones informales ni por el desconocimiento de la ley: solo la presentación de la papeleta de conciliación detiene el reloj. Si los 20 días vencen, el despido queda firme aunque fuera ilegal, así que conviene actuar desde el primer día.
La papeleta de conciliación suspende el plazo
Respuesta directa: presentar la papeleta de conciliación en el SMAC es obligatorio antes de demandar y suspende el cómputo de los 20 días hábiles hasta que se celebra el acto de conciliación.
El plazo se reanuda al día siguiente de intentada la conciliación o, si esta no se celebra, transcurridos 15 días hábiles desde la presentación (art. 65.1 LRJS). Por eso debes contar los días ya gastados antes de presentar la papeleta: si presentas el día 18, solo te quedarán 2 días hábiles para demandar tras la conciliación.
Qué pasa en el acto de conciliación
Respuesta directa: en el SMAC pueden ocurrir tres cosas: acuerdo con avenencia, sin avenencia, o intentado sin efecto si la empresa no comparece.
Si hay acuerdo, el acta tiene valor de título ejecutivo (art. 68 LRJS), por lo que la empresa puede ser obligada a pagar sin juicio. Antes de firmar, revisa que la indemnización es la correcta y que no renuncias a otras cantidades ni perjudicas tu acceso al paro. Si no hay acuerdo, podrás demandar en el plazo que reste.
Procedente, improcedente o nulo: qué significa cada uno
Respuesta directa: el juzgado puede calificar el despido como procedente (válido), improcedente (sin causa justificada) o nulo (vulnera derechos), y de esa calificación depende lo que cobras.
| Calificación | Qué implica | Compensación |
|---|---|---|
| Procedente | El despido es válido | Solo el finiquito; sin indemnización adicional |
| Improcedente | No hay causa justificada | La empresa elige: readmisión o indemnización de 33 días por año (tope 24 mensualidades) |
| Nulo | Vulnera derechos fundamentales | Readmisión obligatoria más los salarios de tramitación |
En la indemnización por improcedencia se aplican 33 días por año para el tiempo trabajado desde el 12 de febrero de 2012 y 45 días por año para los periodos anteriores; en esos contratos antiguos el tope puede superar las 24 mensualidades, hasta un máximo de 42 (disposición transitoria 11.ª del ET). El despido nulo procede, por ejemplo, en casos de vulneración de derechos fundamentales o de protección por embarazo, e implica recuperar el puesto y cobrar lo dejado de percibir.
Ejemplo de cómputo del plazo
Respuesta directa: el plazo corre en días hábiles y la papeleta de conciliación lo detiene, así que conviene contar bien los días consumidos.
Imagina que te despiden con efectos del 1 de septiembre. Si presentas la papeleta de conciliación el día 18 hábil, solo te quedarían 2 días hábiles para demandar una vez celebrado el acto de conciliación. Por eso presentar la papeleta cuanto antes te deja más margen: el tiempo que el plazo estuvo suspendido se recupera, pero los días ya gastados antes de la papeleta no.
Pasos para reclamar tu despido
Respuesta directa: el proceso va de revisar la carta de despido a presentar, si hace falta, la demanda judicial, pasando siempre por la conciliación previa.
- Revisa la carta de despido y anota la fecha de efectos.
- Calcula los 20 días hábiles desde esa fecha.
- Presenta la papeleta de conciliación en el SMAC del lugar donde trabajabas o del domicilio de la empresa, a tu elección (art. 10 LRJS).
- Acude al acto de conciliación con la carta, nóminas y finiquito.
- Demanda ante el Juzgado de lo Social si no hay acuerdo, dentro del plazo restante.
Errores comunes al reclamar un despido
- ✗ Error: contar los días como naturales. Solución: son hábiles, sin sábados, domingos ni festivos.
- ✗ Error: esperar para presentar la papeleta. Solución: cada día hábil gastado resta plazo para demandar.
- ✗ Error: presentar en el organismo de tu ciudad de residencia. Solución: debe ser el del lugar donde trabajabas o el del domicilio de la empresa.
- ✗ Error: firmar el acuerdo sin revisarlo. Solución: comprueba indemnización y que no afecta a tu paro.
- ✗ Error: dejar pasar el plazo. Solución: la caducidad no admite vuelta atrás aunque el despido sea ilegal.
Preguntas frecuentes sobre reclamar un despido
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido?
20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Es un plazo de caducidad que no se recupera si vence.
¿Los 20 días son naturales o hábiles?
Hábiles. No cuentan sábados, domingos ni festivos nacionales, autonómicos o locales.
¿Desde cuándo empieza a contar el plazo?
Desde la fecha de efectos del despido, normalmente la indicada en la carta de despido.
¿Qué pasa si se me pasa el plazo?
El despido queda firme aunque fuera ilegal. La caducidad no admite interrupciones salvo la papeleta de conciliación.
¿Qué es la papeleta de conciliación?
La solicitud de conciliación previa ante el SMAC, obligatoria antes de demandar por despido; sin ella el juzgado no admite la demanda.
¿La papeleta suspende el plazo?
Lo suspende. El cómputo de los 20 días se detiene hasta el acto de conciliación y se reanuda al día hábil siguiente.
¿Dónde presento la papeleta?
En el servicio de conciliación del lugar donde trabajabas o del domicilio de la empresa, a tu elección, presencialmente o por vía telemática con firma electrónica.
¿Qué pasa si no hay acuerdo en la conciliación?
Puedes presentar demanda ante el Juzgado de lo Social, que declarará el despido procedente, improcedente o nulo.
Actúa dentro de los 20 días hábiles
Tres cosas que recordar: el plazo es de 20 días hábiles, la papeleta de conciliación lo suspende, y la caducidad no perdona. Tu próximo paso concreto: localiza la fecha de efectos en tu carta de despido y presenta la papeleta de conciliación cuanto antes en el SMAC que te corresponda.
Información orientativa, no sustituye asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto consulta con un abogado laboralista. Fuentes: Estatuto de los Trabajadores (arts. 55, 56 y 59.3 y disposición transitoria 11.ª) y Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (arts. 10, 43, 63, 65, 68 y 103), textos consolidados en el BOE.
Guías relacionadas sobre despidos
- Despido laboral 2026: tipos, causas y derechos del trabajador
- Qué hacer si te despiden: seguros que debes revisar inmediatamente en 2026
- El finiquito en 2026: cómo revisarlo correctamente y qué conceptos debe incluir
Sobre el autor: Equipo Editorial de cursos-sepe.com, especializado en formación profesional para el empleo, prestaciones y orientación laboral.
Publicado y actualizado: 28 de mayo de 2026.
Corrección editorial parcial: 16/10/2026. Se han revisado los elementos indicados en esta actualización; no supone una nueva verificación de todas las cifras ni acredita plazas disponibles. Portal independiente.
