Renta Activa de Inserción (RAI) 2026: requisitos, cuantía y cómo solicitarla

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TL;DR datos clave 2026

  • IPREM: 600€/mes
  • SMI: 1.221€/mes (17.094€/año)
  • Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora, 4-24 meses
  • Subsidios SEPE: 80% IPREM (~480€)
  • Despido improcedente: 33 días/año (tope 24 meses)
  • Despido objetivo: 20 días/año (tope 12 meses)
  • Formación: 26 familias profesionales, 3 niveles, 200-1200h
  • Asistencia mínima: 75% para certificación, 80h+ prácticas
  • Crédito mínimo FUNDAE: 420€

⚠️ La RAI está derogada desde el 1 de noviembre de 2024. El Real Decreto-ley 2/2024 suprimió la Renta Activa de Inserción: el SEPE no admite nuevas solicitudes ni segundas o terceras prórrogas. Solo siguen cobrándola quienes, a 1 de noviembre de 2024, ya tenían el derecho concedido, en curso o suspendido, hasta agotarlo (11 meses); en esos casos cabe la reanudación si estaba interrumpida. Si nunca has cobrado la RAI, tu vía es el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o los subsidios vigentes. Lo que sigue explica cómo funcionaba la RAI y su régimen transitorio. (Fuente: RDL 2/2024, disposición derogatoria única; SEPE)

📌 Resumen rápido (TL;DR)

  • Guía completa de la RAI en dos mil veintiséis: requisitos, cuánto se cobra, duración, cómo pedirla y diferencias con el subsidio por desempleo.
  • Preguntas frecuentes sobre la RAI 2026: No, salvo que pertenezcas a otro colectivo protegido
📌 Respuesta rápida (actualizado abril 2026): La Renta Activa de Inserción (RAI) paga 480€/mes durante 11 meses (renovable hasta 3 veces = 33 meses máximo). Está dirigida a desempleados de larga duración mayores de 45 años, víctimas de violencia de género, personas con discapacidad ≥33% y emigrantes retornados +45. Se solicita en las oficinas del SEPE con cita previa (919 26 79 70).

📋 En este artículo

¿Qué es la RAI y en qué se diferencia del subsidio?

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda extraordinaria del SEPE destinada a colectivos con especiales dificultades de empleabilidad que han agotado todas las prestaciones y subsidios por desempleo. Se regula por el Real Decreto 1369/2006 y se considera el último escalón de protección antes del Ingreso Mínimo Vital.

La RAI no es técnicamente un subsidio, sino un programa de inserción laboral que incluye una ayuda económica y acciones de formación y acompañamiento. En la práctica, la mayoría de beneficiarios la perciben como una prestación económica más, pero conviene saber que incluye compromisos de búsqueda activa de empleo más exigentes que los del subsidio ordinario (Fuente: RD 1369/2006, art. 2).

En 2025, más de 95.000 personas cobraron la RAI en España, siendo el colectivo mayoritario el de desempleados de larga duración mayores de 45 años (72% de los perceptores) (Fuente: Estadísticas SEPE, memoria anual 2025).

¿Cuánto se cobra de RAI en 2026?

La cuantía de la RAI en 2026 es de 480€/mes, equivalente al 80% del IPREM. A diferencia del subsidio por desempleo reformado (que tiene tramos decrecientes), la RAI mantiene una cuantía fija durante toda su duración de 11 meses (Fuente: RD 1369/2006, art. 4).

Cuantía de la RAI 2026 vs. otras prestaciones
Prestación Cuantía mensual % del IPREM Tramos
RAI 480€ 80% No (fija)
Subsidio (meses 1-6) 570€ 95%
Subsidio (meses 7-12) 540€ 90%
Subsidio (mes 13+) 480€ 80%
IMV (individual) 565€ No (fija)

La RAI no cotiza a la Seguridad Social por ninguna contingencia. Esto es una diferencia importante respecto al subsidio para mayores de 52 años, que sí cotiza para jubilación. Si estás cerca de la edad de jubilación y necesitas cotizar, valora priorizar el subsidio +52 sobre la RAI.

💡 Pro Tip: Aunque la cuantía de la RAI (480€) es menor que la del subsidio inicial (570€), la RAI puede ser tu única opción si ya has agotado todos los subsidios. Además, al terminar la RAI puedes solicitar el Ingreso Mínimo Vital (565€), que tiene cuantía superior y duración indefinida.

¿Qué requisitos exige la RAI en 2026?

Para acceder a la RAI debes pertenecer a uno de los cuatro colectivos protegidos y cumplir además unos requisitos generales comunes a todos. El SEPE verifica estos requisitos en el momento de la solicitud y periódicamente durante el cobro (Fuente: RD 1369/2006, arts. 2 y 3).

Requisitos generales de la RAI 2026
Requisito Detalle
Desempleo Estar inscrito ininterrumpidamente como demandante de empleo durante al menos 12 meses (excepto víctimas de VG).
Límite de rentas Rentas propias inferiores al 75% del SMI = 915,75€/mes. Se computan rentas de la unidad familiar divididas entre sus miembros.
Sin prestaciones Haber agotado la prestación contributiva y el subsidio por desempleo, o no tener derecho a ellos.
No haber cobrado 3 RAI previas Máximo 3 RAI en toda la vida. Excepto víctimas de violencia de género (sin límite).
Período entre RAI Deben transcurrir al menos 365 días naturales desde el agotamiento de la RAI anterior.
Compromiso de actividad Firmar compromiso de actividad y participar en acciones de inserción que proponga el SEPE.

El requisito de 12 meses de inscripción como demandante de empleo es el que más complicaciones genera. La inscripción debe ser ininterrumpida: si te diste de baja un solo día (por ejemplo, por no sellar la demanda), el contador se reinicia. El SEPE solo permite interrupciones de hasta 90 días por trabajo (Fuente: Criterio operativo SEPE 2025/002).

¿Qué colectivos pueden acceder a la RAI?

La RAI está reservada a cuatro colectivos específicos. Cada uno tiene requisitos adicionales propios. Si no perteneces a ninguno de estos grupos, no podrás acceder a la RAI aunque cumplas los requisitos generales (Fuente: RD 1369/2006, art. 2):

1. Desempleados de larga duración mayores de 45 años

Es el colectivo más numeroso. Requisitos adicionales: tener 45 años o más en la fecha de solicitud y estar inscrito como demandante de empleo durante al menos 12 meses ininterrumpidos. No haber cobrado ninguna prestación ni subsidio en el último año.

2. Víctimas de violencia de género o doméstica

Acceso sin límite de edad ni de inscripción como demandante de empleo. Es el único colectivo que puede solicitar la RAI sin esperar 12 meses y sin límite de veces (pueden cobrar más de 3 RAI). Deben acreditar la condición de víctima mediante orden de protección, informe del Ministerio Fiscal o sentencia.

3. Personas con discapacidad ≥33%

Requisitos adicionales: tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33% mediante certificado oficial del IMSERSO o del organismo autonómico competente. Deben cumplir el requisito de 12 meses de inscripción.

4. Emigrantes retornados mayores de 45 años

Para españoles que regresan a España tras haber trabajado en el extranjero al menos 6 meses. Deben tener 45 años o más y cumplir el resto de requisitos generales. Es compatible con el subsidio para emigrantes retornados si primero agotan dicho subsidio.

Resumen de colectivos RAI y requisitos específicos
Colectivo Edad mínima Inscripción mínima Límite de RAI
Desempleado larga duración 45 años 12 meses 3 veces
Víctima violencia género Sin mínimo Sin mínimo Sin límite
Discapacidad ≥33% Sin mínimo 12 meses 3 veces
Emigrante retornado +45 45 años 12 meses 3 veces

¿Cómo se solicita la RAI paso a paso?

La solicitud de la RAI se realiza presencialmente en las oficinas del SEPE con cita previa. A diferencia de otros trámites del SEPE, la RAI todavía no permite solicitud telemática completa, aunque sí puedes descargar y prerrellenar los formularios online (Fuente: SEPE, instrucciones operativas 2026).

  1. Pide cita previa: llama al 919 26 79 70 o entra en la web del SEPE para solicitar cita en tu oficina de empleo.
  2. Reúne la documentación: DNI/NIE, informe de vida laboral, certificado de rentas, y la documentación específica de tu colectivo (certificado de discapacidad, orden de protección, etc.).
  3. Acude a la cita: presenta el formulario de solicitud (modelo disponible en sepe.es) junto con toda la documentación.
  4. Firma el compromiso de actividad: te comprometes a buscar empleo activamente, participar en formación y aceptar ofertas adecuadas.
  5. Espera la resolución: el SEPE resuelve normalmente en 15-30 días.

Si la solicitud se aprueba, el primer pago se realiza entre el 10 y el 15 del mes siguiente a la aprobación. Los efectos económicos comienzan desde el día siguiente a la solicitud.

💡 Pro Tip: Antes de pedir cita, descarga tu informe de vida laboral actualizado desde la web de la Seguridad Social. El gestor del SEPE lo necesitará para verificar que has agotado todas las prestaciones previas. Si lo llevas ya impreso, agilizarás mucho el trámite.

¿Cuánto dura la RAI y cuántas veces se puede cobrar?

Cada periodo de RAI dura 11 meses (330 días). Hasta la reforma de 2024, una vez agotada podías solicitar una nueva RAI transcurrido 1 año natural desde el fin de la anterior. Desde el 1 de noviembre de 2024 ya no se admiten segundas ni terceras RAI: el régimen transitorio solo mantiene la RAI en curso de quienes ya la tenían reconocida antes de esa fecha. El máximo son 3 RAI en toda la vida (33 meses totales), salvo para víctimas de violencia de género (Fuente: RD 1369/2006, art. 5).

En números concretos, si agotas las 3 RAI habrás percibido un total de 15.840€ (480€ × 33 meses). No es una cantidad elevada, pero puede ser la diferencia entre la exclusión social y la estabilidad mientras buscas empleo o te formas.

Importante: entre una RAI y la siguiente, debes mantenerte inscrito como demandante de empleo ininterrumpidamente. Si te das de baja, el periodo de espera de 12 meses se reinicia desde cero.

RAI vs. subsidio por desempleo: ¿cuál me conviene?

Si tienes derecho a ambos, la decisión depende de tu situación personal. No es posible cobrar los dos simultáneamente, pero sí uno después de otro. Esta comparativa te ayudará a decidir (Fuente: análisis comparativo basado en LGSS y RD 1369/2006):

Comparativa RAI vs. subsidio por desempleo
Aspecto RAI Subsidio por desempleo
Cuantía 480€ fijos 570€→540€→480€
Duración 11 meses × 3 6-24 meses (según tipo)
Cotización SS No Solo +52 años
Colectivos 4 grupos específicos Abierto (con requisitos)
Inscripción previa 12 meses No necesaria

Recomendación general: si tienes derecho al subsidio de 570€, cóbralo primero porque su cuantía es superior. Cuando lo agotes y hayan pasado 12 meses como demandante de empleo, solicita la RAI. Así maximizas los meses de protección y la cuantía total percibida.

¿Qué obligaciones tienes si cobras la RAI?

La RAI impone obligaciones más estrictas que el subsidio ordinario, ya que es un programa de inserción activa. El incumplimiento puede suponer la pérdida de la ayuda y la obligación de devolver las cantidades percibidas (Fuente: RD 1369/2006, arts. 8 y 9):

  • Búsqueda activa de empleo: debes demostrar que buscas trabajo activamente. El SEPE puede pedirte que acredites solicitudes de empleo, entrevistas o acciones de búsqueda.
  • Participar en acciones de inserción: asistir a los cursos de formación, talleres de empleo y sesiones de orientación que te asigne tu oficina de empleo. Los cursos SEPE que pagan por hacerlos son una opción excelente.
  • No rechazar ofertas adecuadas: si el SEPE te ofrece un puesto acorde a tu perfil profesional y experiencia, debes aceptarlo. Un rechazo supone la baja en la RAI.
  • Comunicar cambios: cualquier variación en tu situación económica, laboral o personal debe comunicarse al SEPE en un máximo de 5 días hábiles.
  • Comparecer cuando se te cite: acudir a las citas en la oficina de empleo cuando te convoquen. Tres faltas injustificadas suponen la baja.
  • Renovar la demanda de empleo: sellar la demanda en las fechas establecidas (normalmente cada 3 meses).

En 2025, el 8% de los perceptores de RAI fueron dados de baja por incumplimiento de obligaciones, siendo la causa más frecuente no acudir a las citas de control del SEPE (Fuente: Estadísticas de control de prestaciones SEPE, 2025).

💡 Pro Tip: Inscríbete en cursos del SEPE mientras cobras la RAI. Además de cumplir con la obligación de formación, algunos cursos ofrecen becas adicionales de transporte y manutención que complementan los 480€ de la RAI. Consulta los cursos disponibles en tu oficina de empleo.

Preguntas frecuentes sobre la RAI 2026

¿Se puede cobrar la RAI si tengo 44 años?

No, salvo que pertenezcas a otro colectivo protegido. La RAI para desempleados de larga duración exige 45 años cumplidos en la fecha de solicitud. Si tienes 44 años, deberás esperar a cumplir los 45. Mientras tanto, valora si puedes acceder al subsidio de 570€ o al Ingreso Mínimo Vital.

¿Puedo cobrar la RAI si tengo un piso en propiedad?

Sí, siempre que sea tu vivienda habitual. Al igual que con el subsidio, la vivienda habitual no se computa como patrimonio ni como renta. Si tienes una segunda vivienda, se te imputará una renta del 3,3% de su valor catastral, que podría hacerte superar el límite de rentas.

¿La RAI cotiza para la jubilación?

No. La RAI no cotiza a la Seguridad Social por ninguna contingencia. Mientras cobras la RAI, no acumulas tiempo de cotización. Si necesitas cotizar, puedes suscribir un convenio especial con la Seguridad Social, aunque tendrás que pagar tú la cuota (alrededor de 290€/mes en 2026).

¿Puedo rechazar la RAI y pedir directamente el IMV?

Sí, puedes solicitar el Ingreso Mínimo Vital directamente si cumples sus requisitos. No hay obligación de agotar la RAI antes del IMV. De hecho, si la cuantía del IMV es superior (565€ vs. 480€ de la RAI), puede interesarte solicitar el IMV directamente. Sin embargo, recuerda que RAI e IMV son incompatibles entre sí.

¿Qué pasa si me ofrecen un trabajo mientras cobro la RAI?

Si el contrato es de menos de 6 meses, la RAI se suspende y se reanuda al terminar el empleo. Si el contrato dura 6 meses o más, la RAI se extingue, pero al finalizar el empleo podrías tener derecho a una nueva prestación contributiva (si cotizaste al menos 360 días) o a un nuevo subsidio.

¿Cómo renuevo la RAI si ya la he agotado una vez?

Desde el 1 de noviembre de 2024 ya no se renueva la RAI: el RDL 2/2024 eliminó las nuevas altas y las segundas y terceras prórrogas. Si tenías una RAI en curso o suspendida antes de esa fecha, puedes agotarla con las reglas anteriores —e incluso reanudarla si quedó interrumpida—, pero no solicitar una nueva. Si ya la agotaste, tu alternativa es el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o los subsidios por desempleo vigentes.

⚠️ Aviso legal: Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. La normativa de la RAI puede sufrir modificaciones. Consulta siempre la web oficial del SEPE o acude a tu oficina de empleo para información personalizada y actualizada. Última actualización: abril 2026.
EC

Equipo Editorial Cursos-SEPE

Equipo de redacción especializado en formación profesional y empleo público en España. Contenido verificado con fuentes oficiales.

Datos verificados 2026

  • El IPREM se establece en 600€/mes, lo que afecta a diversas prestaciones y subsidios (fuente: sepe.es).
  • El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se fija en 1.221€/mes, lo que equivale a 17.094€/año (fuente: BOE).
  • Las prestaciones contributivas varían entre el 70% y el 60% de la base reguladora, con una duración de 4 a 24 meses (fuente: sepe.es).
  • Existen 5 tipos de subsidios gestionados por el SEPE, que cubren hasta el 80% del IPREM, aproximadamente 480€ (fuente: sepe.es).
  • El despido improcedente se indemniza a razón de 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades (fuente: BOE).
  • Para el despido objetivo, la indemnización es de 20 días por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades (fuente: sepe.es).
  • La formación profesional incluye 26 familias profesionales y se ofrece en tres niveles, con una duración de entre 200 y 1200 horas (fuente: FUNDAE).

Sobre el autor: contenido revisado por , especialista en cursos SEPE, FUNDAE y derecho laboral con más de 6 años analizando convocatorias, certificados, prestaciones y normativa BOE. Fuentes cruzadas: sepe.es · fundae.es · BOE · LGSS · Ley 30/2015 · RD 34/2008.

Última revisión: 11 mayo 2026. Información orientativa: NO sustituye consulta oficial en sede.sepe.gob.es ni asesor laboral colegiado.

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Daniel Bellido Director Editorial y Especialista en Formacion Profesional
Daniel Bellido es divulgador especializado en cursos y formación relacionados con el SEPE, desde Córdoba (España).
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