RAI en 2026: régimen transitorio y alternativas

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TL;DR datos clave 2026

  • IPREM: 600€/mes
  • SMI: 1.221€/mes (17.094€/año)
  • Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora, 4-24 meses
  • Subsidios SEPE: 5 tipos, del 95% al 80% del IPREM (570-480€/mes)
  • Despido improcedente: 33 días/año (tope 24 meses)
  • Despido objetivo: 20 días/año (tope 12 meses)
  • Formación: 26 familias profesionales, 3 niveles, 200-1200h
  • Asistencia mínima: 75% para certificación, 80h+ prácticas
  • Crédito mínimo FUNDAE: 420€

⚠️ La RAI está derogada desde el 1 de noviembre de 2024. El Real Decreto-ley 2/2024 suprimió la Renta Activa de Inserción: el SEPE no admite nuevas solicitudes ni segundas o terceras prórrogas. Solo siguen cobrándola quienes, a 1 de noviembre de 2024, ya tenían el derecho concedido, en curso o suspendido, hasta agotarlo (11 meses); en esos casos cabe la reanudación si estaba interrumpida. Si nunca has cobrado la RAI, tu vía es el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o los subsidios vigentes. Lo que sigue explica cómo funcionaba la RAI y su régimen transitorio. (Fuente: Real Decreto-ley 2/2024, disposición derogatoria única y disposición transitoria tercera; SEPE)

📌 Resumen rápido (TL;DR)

  • Guía de la RAI en dos mil veintiséis: cerrada a nuevas solicitudes desde el 1 de noviembre de 2024; cuánto cobra quien aún la conserva, cómo funcionaba y diferencias con el subsidio por desempleo.
  • ¿Se puede pedir la RAI en 2026? No: desde el 1 de noviembre de 2024 no se admiten nuevas solicitudes; solo la conserva quien ya la tenía reconocida.
📌 Respuesta rápida (actualizado abril 2026): La Renta Activa de Inserción (RAI) no admite nuevas solicitudes desde el 1 de noviembre de 2024. Solo la siguen cobrando, 480€/mes hasta agotar sus 11 meses, quienes ya la tenían reconocida, solicitada o suspendida en esa fecha. Estaba dirigida a desempleados de larga duración mayores de 45 años, víctimas de violencia de género, personas con discapacidad ≥33% y emigrantes retornados +45. Para gestiones de una RAI ya reconocida, pide cita previa en el SEPE (919 26 79 70).

¿Qué es la RAI y en qué se diferencia del subsidio?

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda extraordinaria del SEPE destinada a colectivos con especiales dificultades de empleabilidad que han agotado todas las prestaciones y subsidios por desempleo. Se regulaba por el Real Decreto 1369/2006, derogado desde el 1 de noviembre de 2024, y se consideraba el último escalón de protección antes del Ingreso Mínimo Vital.

La RAI no es técnicamente un subsidio, sino un programa de inserción laboral que incluye una ayuda económica y acciones de formación y acompañamiento. En la práctica, la mayoría de beneficiarios la perciben como una prestación económica más, pero conviene saber que incluye compromisos de búsqueda activa de empleo más exigentes que los del subsidio ordinario (Fuente: RD 1369/2006, art. 2).

Por el cierre a nuevas solicitudes, los beneficiarios de la RAI cayeron de 65.507 en enero de 2025 a 1.746 en diciembre de 2025 (media anual de 26.733) y eran 339 en agosto de 2026 (Fuente: Estadística de Prestaciones por Desempleo, Ministerio de Trabajo y Economía Social).

¿Cuánto se cobra de RAI en 2026?

La cuantía de la RAI en 2026 (para quienes aún la tienen reconocida en el régimen transitorio, ya que está cerrada a nuevas solicitudes desde el 1 de noviembre de 2024) es de 480€/mes, equivalente al 80% del IPREM. A diferencia del subsidio por desempleo reformado (que tiene tramos decrecientes), la RAI mantiene una cuantía fija durante toda su duración de 11 meses (Fuente: RD 1369/2006, art. 4).

Cuantía de la RAI 2026 vs. otras prestaciones
Prestación Cuantía mensual % del IPREM Tramos
RAI 480€ 80% No (fija)
Subsidio (meses 1-6) 570€ 95% Sí
Subsidio (meses 7-12) 540€ 90% Sí
Subsidio (mes 13+) 480€ 80% Sí
IMV (individual) 733,60€ — No (fija)

La RAI no cotiza a la Seguridad Social por ninguna contingencia. Esto es una diferencia importante respecto al subsidio para mayores de 52 años, que sí cotiza para jubilación. Si estás cerca de la edad de jubilación y necesitas cotizar, valora priorizar el subsidio +52 sobre la RAI.

💡 Pro Tip: La RAI ya no se puede solicitar: si has agotado todos los subsidios, tu alternativa es el Ingreso Mínimo Vital, cuya renta garantizada para una persona sola es de 733,60€/mes en 2026. Si todavía cobras una RAI reconocida antes del 1 de noviembre de 2024, podrás pedir el IMV al terminarla.

Requisitos históricos y mantenimiento de la RAI reconocida

Hasta el 1 de noviembre de 2024, para acceder a la RAI había que pertenecer a uno de los cuatro colectivos protegidos y cumplir además unos requisitos generales comunes a todos. Hoy no se admiten nuevas solicitudes, pero quien conserva la RAI debe seguir cumpliendo los requisitos de rentas y actividad, que el SEPE revisa periódicamente durante el cobro (Fuente: RD 1369/2006, arts. 2 y 3).

Requisitos generales de la RAI 2026
Requisito Detalle
Desempleo Estar inscrito ininterrumpidamente como demandante de empleo durante al menos 12 meses (excepto víctimas de VG).
Límite de rentas Rentas propias inferiores al 75% del SMI = 915,75€/mes. Se computan rentas de la unidad familiar divididas entre sus miembros.
Sin prestaciones Haber agotado la prestación contributiva y el subsidio por desempleo, o no tener derecho a ellos.
No haber cobrado 3 RAI previas Máximo 3 RAI en toda la vida. Excepto víctimas de violencia de género (sin límite).
Período entre RAI Deben transcurrir al menos 365 días naturales desde el agotamiento de la RAI anterior.
Compromiso de actividad Firmar compromiso de actividad y participar en acciones de inserción que proponga el SEPE.

El requisito de 12 meses de inscripción como demandante de empleo es el que más complicaciones genera. La inscripción debe ser ininterrumpida: si te diste de baja un solo día (por ejemplo, por no sellar la demanda), el contador se reinicia. El SEPE solo permite interrupciones de hasta 90 días por trabajo (Fuente: Criterio operativo SEPE 2025/002).

¿Qué colectivos accedían a la RAI antes de su cierre?

La RAI estaba reservada a cuatro colectivos específicos, cada uno con requisitos adicionales propios. Desde el 1 de noviembre de 2024 no se admiten nuevas solicitudes de ningún colectivo; lo que sigue describe cómo funcionaba (Fuente: RD 1369/2006, art. 2):

1. Desempleados de larga duración mayores de 45 años

Es el colectivo más numeroso. Requisitos adicionales: tener 45 años o más en la fecha de solicitud y estar inscrito como demandante de empleo durante al menos 12 meses ininterrumpidos. No haber cobrado ninguna prestación ni subsidio en el último año.

2. Víctimas de violencia de género o doméstica

Acceso sin límite de edad ni de inscripción como demandante de empleo. Era el único colectivo que podía solicitar la RAI sin esperar 12 meses y sin límite de veces (podían cobrar más de 3 RAI). Desde el 1 de noviembre de 2024 su protección pasa a un subsidio por desempleo específico para víctimas de violencia de género o sexual. Deben acreditar la condición de víctima mediante orden de protección, informe del Ministerio Fiscal o sentencia.

3. Personas con discapacidad ≥33%

Requisitos adicionales: tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33% mediante certificado oficial del IMSERSO o del organismo autonómico competente. Deben cumplir el requisito de 12 meses de inscripción.

4. Emigrantes retornados mayores de 45 años

Para españoles que regresan a España tras haber trabajado en el extranjero al menos 6 meses. Deben tener 45 años o más y cumplir el resto de requisitos generales. Es compatible con el subsidio para emigrantes retornados si primero agotan dicho subsidio.

Resumen de colectivos RAI y requisitos específicos
Colectivo Edad mínima Inscripción mínima Límite de RAI
Desempleado larga duración 45 años 12 meses 3 veces
Víctima violencia género Sin mínimo Sin mínimo Sin límite
Discapacidad ≥33% Sin mínimo 12 meses 3 veces
Emigrante retornado +45 45 años 12 meses 3 veces

Tramitación histórica y gestiones del régimen transitorio de la RAI

Desde el 1 de noviembre de 2024 el SEPE no admite nuevas solicitudes de RAI. Los pasos siguientes describen cómo se tramitaba; hoy solo sirven de referencia para gestiones de una RAI reconocida antes de esa fecha, como su reanudación (Fuente: Real Decreto-ley 2/2024, disposición transitoria tercera).

  1. Pide cita previa: llama al 919 26 79 70 o entra en la web del SEPE para solicitar cita en tu oficina de empleo.
  2. Reúne la documentación: DNI/NIE, informe de vida laboral, certificado de rentas, y la documentación específica de tu colectivo (certificado de discapacidad, orden de protección, etc.).
  3. Acude a la cita: presenta el formulario de solicitud (modelo disponible en sepe.es) junto con toda la documentación.
  4. Firma el compromiso de actividad: te comprometes a buscar empleo activamente, participar en formación y aceptar ofertas adecuadas.
  5. Espera la resolución: el SEPE resuelve normalmente en 15-30 días.

Si la solicitud se aprueba, el primer pago se realiza entre el 10 y el 15 del mes siguiente a la aprobación. Los efectos económicos comienzan desde el día siguiente a la solicitud.

💡 Pro Tip: Antes de pedir cita, descarga tu informe de vida laboral actualizado desde la web de la Seguridad Social. El gestor del SEPE lo necesitará para verificar que has agotado todas las prestaciones previas. Si lo llevas ya impreso, agilizarás mucho el trámite.

¿Cuánto dura la RAI y cuántas veces se puede cobrar?

Cada periodo de RAI dura 11 meses (330 días). Hasta la reforma de 2024, una vez agotada podías solicitar una nueva RAI transcurrido 1 año natural desde el fin de la anterior. Desde el 1 de noviembre de 2024 ya no se admiten segundas ni terceras RAI: el régimen transitorio solo mantiene la RAI en curso de quienes ya la tenían reconocida antes de esa fecha. El máximo eran 3 RAI en toda la vida (33 meses totales), salvo para víctimas de violencia de género (Fuente: RD 1369/2006, art. 5).

En números concretos, con la cuantía actual, agotar las 3 RAI suponía percibir un total de 15.840€ (480€ × 33 meses). No es una cantidad elevada, pero puede ser la diferencia entre la exclusión social y la estabilidad mientras buscas empleo o te formas.

Importante: hasta el 1 de noviembre de 2024, entre una RAI y la siguiente había que mantenerse inscrito como demandante de empleo ininterrumpidamente; si te dabas de baja, el periodo de espera de 12 meses se reiniciaba desde cero.

RAI y subsidios: comparación histórica y alternativas actuales

Esta comparativa es solo orientativa: desde el 1 de noviembre de 2024 ya no se puede solicitar la RAI, así que hoy no hay que elegir entre ambas ayudas, y nunca se pudieron cobrar las dos a la vez. Sirve para entender sus diferencias (Fuente: análisis comparativo basado en LGSS y RD 1369/2006):

Comparativa RAI vs. subsidio por desempleo
Aspecto RAI Subsidio por desempleo
Cuantía 480€ fijos 570€→540€→480€
Duración 11 meses × 3 6-24 meses (según tipo)
Cotización SS No Solo +52 años
Colectivos 4 grupos específicos Abierto (con requisitos)
Inscripción previa 12 meses No necesaria

Recomendación general: si tienes derecho al subsidio de 570€, esa es hoy tu vía. Cuando lo agotes ya no podrás pasar a la RAI, porque no admite nuevas solicitudes desde el 1 de noviembre de 2024: revisa si cumples los requisitos del Ingreso Mínimo Vital.

¿Qué obligaciones tienes si cobras la RAI?

La RAI impone obligaciones más estrictas que el subsidio ordinario, ya que es un programa de inserción activa. El incumplimiento puede suponer la pérdida de la ayuda y la obligación de devolver las cantidades percibidas (Fuente: RD 1369/2006, arts. 8 y 9):

  • Búsqueda activa de empleo: debes demostrar que buscas trabajo activamente. El SEPE puede pedirte que acredites solicitudes de empleo, entrevistas o acciones de búsqueda.
  • Participar en acciones de inserción: asistir a los cursos de formación, talleres de empleo y sesiones de orientación que te asigne tu oficina de empleo. Los cursos SEPE que pagan por hacerlos son una opción excelente.
  • No rechazar ofertas adecuadas: si el SEPE te ofrece un puesto acorde a tu perfil profesional y experiencia, debes aceptarlo. Un rechazo supone la baja en la RAI.
  • Comunicar cambios: cualquier variación en tu situación económica, laboral o personal debe comunicarse al SEPE en un máximo de 5 días hábiles.
  • Comparecer cuando se te cite: acudir a las citas en la oficina de empleo cuando te convoquen. Tres faltas injustificadas suponen la baja.
  • Renovar la demanda de empleo: sellar la demanda en las fechas establecidas (normalmente cada 3 meses).
💡 Pro Tip: Inscríbete en cursos del SEPE mientras cobras la RAI. Además de cumplir con la obligación de formación, algunos cursos ofrecen becas adicionales de transporte y manutención que complementan los 480€ de la RAI. Consulta los cursos disponibles en tu oficina de empleo.

Preguntas frecuentes sobre la RAI 2026

¿Se puede cobrar la RAI si tengo 44 años?

No, ni con 44 ni con más años: desde el 1 de noviembre de 2024 no se admiten nuevas solicitudes de RAI. Antes, la RAI para desempleados de larga duración exigía 45 años cumplidos en la fecha de solicitud. Valora si puedes acceder al subsidio de 570€ o al Ingreso Mínimo Vital.

¿Puedo cobrar la RAI si tengo un piso en propiedad?

Sí, siempre que sea tu vivienda habitual. Al igual que con el subsidio, la vivienda habitual no se computa como patrimonio ni como renta. Si tienes una segunda vivienda, se te imputará una renta del 3,3% de su valor catastral, que podría hacerte superar el límite de rentas.

¿La RAI cotiza para la jubilación?

No. La RAI no cotiza a la Seguridad Social por ninguna contingencia. Mientras cobras la RAI, no acumulas tiempo de cotización. Si necesitas cotizar, puedes suscribir un convenio especial con la Seguridad Social, aunque tendrás que pagar tú la cuota (alrededor de 290€/mes en 2026).

¿Puedo rechazar la RAI y pedir directamente el IMV?

Sí, puedes solicitar el Ingreso Mínimo Vital directamente si cumples sus requisitos. No hay obligación de agotar la RAI antes del IMV. De hecho, si la cuantía del IMV es superior (733,60€ de renta garantizada para una persona sola en 2026 vs. 480€ de la RAI), puede interesarte solicitar el IMV directamente. Sin embargo, recuerda que RAI e IMV son incompatibles entre sí.

¿Qué pasa si me ofrecen un trabajo mientras cobro la RAI?

Si el contrato es de menos de 6 meses, la RAI se suspende y se reanuda al terminar el empleo. Si el contrato dura 6 meses o más, la RAI se extingue, pero al finalizar el empleo podrías tener derecho a una nueva prestación contributiva (si cotizaste al menos 360 días) o a un nuevo subsidio.

¿Cómo renuevo la RAI si ya la he agotado una vez?

Desde el 1 de noviembre de 2024 ya no se renueva la RAI: el RDL 2/2024 eliminó las nuevas altas y las segundas y terceras prórrogas. Si tenías una RAI en curso o suspendida antes de esa fecha, puedes agotarla con las reglas anteriores —e incluso reanudarla si quedó interrumpida—, pero no solicitar una nueva. Si ya la agotaste, tu alternativa es el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o los subsidios por desempleo vigentes.

⚠️ Aviso legal: Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. La normativa de la RAI puede sufrir modificaciones. Consulta siempre la web oficial del SEPE o acude a tu oficina de empleo para información personalizada y actualizada. Última actualización: abril 2026.
EC

Equipo Editorial Cursos-SEPE

Equipo de redacción especializado en formación profesional y empleo público en España. Contenido verificado con fuentes oficiales.

Datos verificados 2026

  • El IPREM se establece en 600€/mes, lo que afecta a diversas prestaciones y subsidios (fuente: sepe.es).
  • El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se fija en 1.221€/mes, lo que equivale a 17.094€/año (fuente: BOE).
  • Las prestaciones contributivas varían entre el 70% y el 60% de la base reguladora, con una duración de 4 a 24 meses (fuente: sepe.es).
  • Existen 5 tipos de subsidios gestionados por el SEPE, que cubren hasta el 80% del IPREM, aproximadamente 480€ (fuente: sepe.es).
  • El despido improcedente se indemniza a razón de 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades (fuente: BOE).
  • Para el despido objetivo, la indemnización es de 20 días por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades (fuente: sepe.es).
  • La formación profesional incluye 26 familias profesionales y se ofrece en tres niveles, con una duración de entre 200 y 1200 horas (fuente: FUNDAE).

Sobre el autor: elaborado por , director editorial de cursos-sepe.com, a partir de fuentes oficiales: sepe.es · BOE · fundae.es. Portal informativo independiente: no es el SEPE.

Corrección editorial parcial: 16/10/2026. Se han revisado los elementos indicados en esta actualización; no supone una nueva verificación de todas las cifras ni acredita plazas disponibles. Portal independiente.

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Daniel Bellido Director editorial y especialista en formación profesional
Daniel Bellido es divulgador especializado en cursos y formación relacionados con el SEPE, desde Córdoba (España).