⚠️ Campaña de la Renta 2025 cerrada (revisado el 23 de septiembre de 2026). El plazo ordinario para presentar la declaración del ejercicio 2025 terminó el 30 de junio de 2026 (25 de junio para domiciliación bancaria), según el calendario oficial de la Agencia Tributaria. Si no la presentaste, puedes hacerlo fuera de plazo con recargo; consulta tu situación en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Los conceptos de esta guía (deducciones, tramos, requisitos) siguen siendo útiles como referencia para la próxima campaña.
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📌 Resumen rápido (TL;DR)
- Cuando el SEPE es tu segundo pagador en 2025, el límite para estar obligado a declarar la renta baja a 15.876€ si el SEPE te pagó más de 1.500€.
Si en 2025 cobraste el paro y también trabajaste, tienes automáticamente dos pagadores: tu empresa y el SEPE. Esto tiene consecuencias fiscales importantes: el umbral de obligación de declarar baja a 15.876€ y la retención del 2% que aplica el SEPE casi nunca cubre la cuota real que te corresponde. Resultado: la renta suele salir a pagar.
Qué es el segundo pagador y cuándo lo es el SEPE
Cualquier entidad que te haya pagado rendimientos del trabajo en 2025 es un pagador. Si cobraste de tu empresa y también del SEPE (paro, ERTE, subsidio), tienes dos pagadores. El SEPE es el segundo pagador cuando te ha pagado menos que la empresa — lo que ocurre en la mayoría de los casos de desempleo parcial o temporal.
Cómo calcular si estás obligado a declarar
Sigue estos tres pasos:
- Paso 1: Suma todos tus ingresos brutos de 2025 (nóminas + prestaciones SEPE)
- Paso 2: Comprueba si el SEPE te pagó más de 1.500 € en total
- Paso 3: Si la respuesta es sí y el total supera 15.876 €, estás obligado a declarar
| Total ingresos | SEPE pagó | Obligación |
|---|---|---|
| 20.000 € | 4.000 € (>1.500€) | Sí obligado |
| 16.000 € | 3.500 € (>1.500€) | Sí obligado |
| 14.000 € | 2.800 € (>1.500€) | No obligado (pero puede convenir) |
| 18.000 € | 900 € (≤1.500€) | No obligado |
Casos prácticos: cuánto sale a pagar
Empresa: 12.000 € (retención 11% = 1.320 €) + SEPE: 7.200 € (retención 2% = 144 €). Total: 19.200 €. Tipo efectivo real ~15%. Cuota ~2.880 €. Retenciones: 1.464 €.
Sale a pagar ~1.416 €Empresa: 16.500 € (retención 13% = 2.145 €) + SEPE: 3.600 € (retención 2% = 72 €). Total: 20.100 €. Cuota ~3.500 €. Retenciones: 2.217 €.
SEPE: 14.400 € (retención 2% = 288 €). Único pagador, no obligado a declarar. Con reducciones y mínimo personal, la cuota sería mínima.
Posible devolución de ~288 €Cómo reducir el impacto del segundo pagador
- Subir retención al SEPE (modelo 145): pide al menos un 15% para que la diferencia al declarar sea mínima
- Aportar a plan de pensiones: hasta 1.500 € reducen la base imponible
- Revisar deducciones autonómicas: alquiler, familia, discapacidad — no aparecen en el borrador
- Fraccionar el pago: 60% antes del 25 de junio + 40% antes del 5 de noviembre sin intereses
Preguntas frecuentes
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Corrección editorial parcial: 16/10/2026. Se han revisado los elementos indicados en esta actualización; no supone una nueva verificación de todas las cifras ni acredita plazas disponibles. Portal independiente.
