Los 8 subsidios del SEPE 2026 comparados

Los 8 subsidios del SEPE 2026 comparados - cuantías y requisitos | cursos-sepe

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El SEPE reconoce cinco subsidios asistenciales en 2026, con cuantías escalonadas de 570 €, 540 € y 480 € al mes tras la reforma del Real Decreto-ley 2/2024. Cada uno tiene requisitos y duración propios. Esta guía los compara para que veas cuál te corresponde; para el detalle de cada cuantía revisa el IPREM 2026 y sus subsidios.

Tabla comparativa de los 5 subsidios del SEPE 2026

Respuesta directa: los subsidios del SEPE protegen a quien no tiene derecho al paro contributivo o lo ha agotado, con una cuantía general escalonada (95%, 90% y 80% del IPREM) y un límite de rentas del 75% del SMI.

SubsidioPara quiénCuantía 2026Duración
Agotamiento del paro con cargasAgotaste el paro y tienes responsabilidades familiares570/540/480 €Hasta 30 meses
Agotamiento del paro sin cargasSin responsabilidades familiares: mayores de 45 (prestación agotada de 120 días o más) o menores de 45 si la prestación agotada duró 360 días o más570/540/480 €6 meses
Cotización insuficienteCotizaste entre 90 y 359 días570/540/480 €3 a 21 meses
Mayores de 52 añosReúnes todos los requisitos para la jubilación salvo la edad y has cotizado 6 años por desempleo480 € (80% IPREM)Hasta la edad ordinaria de jubilación
Emigrantes retornadosEspañol emigrante que vuelve de un país fuera del Espacio Económico Europeo (o sin convenio de desempleo) tras trabajar allí 12 meses en los últimos 6 años570/540/480 €Hasta 18 meses
Víctimas de violencia de género o sexualAcreditas la condición de víctima y no tienes derecho a la prestación contributiva570/540/480 €Hasta 30 meses
Subsidios asistenciales del SEPE vigentes en 2026. Fuente: SEPE y Ley General de la Seguridad Social (artículos 274 a 280 y disposiciones adicionales 57.ª y 58.ª, redacción del RD-ley 2/2024).

Cuánto se cobra: la cuantía escalonada de 2026

Respuesta directa: desde la reforma, los subsidios generales se pagan en tres escalones sobre el IPREM (600 € al mes en 2026): 95% los primeros 180 días (570 €), 90% del día 181 al 360 (540 €) y 80% a partir del día 361 (480 €).

Antes de la reforma del RD-ley 2/2024 (en vigor desde el 1 de noviembre de 2024) la cuantía era plana, el 80% del IPREM durante toda la duración. Ahora arranca más alta y va bajando. La excepción es el subsidio para mayores de 52 años, que se mantiene en el 80% del IPREM (480 €) durante toda su duración, según los artículos 278 y 280.4 de la Ley General de la Seguridad Social.

Límite de rentas: el requisito que más solicitudes tumba

Respuesta directa: para cobrar un subsidio debes carecer de rentas propias, es decir, no superar el 75% del SMI (915,75 € mensuales en 2026) o, como alternativa, acreditar responsabilidades familiares.

Desde la reforma de 2024 el requisito es alternativo (artículo 274.2 de la LGSS): o careces de rentas propias, porque las tuyas del mes natural anterior a la solicitud no superan el 75% del SMI, o acreditas responsabilidades familiares, lo que exige que la renta del conjunto de la unidad familiar, dividida entre sus miembros, no supere ese mismo 75% del SMI (artículo 275). Las cargas familiares también afectan a la duración. Con el SMI 2026 fijado en 1.221 € por el RD 126/2026, el 75% son 915,75 €. Si tus ingresos mensuales superan esa cifra y no tienes responsabilidades familiares, no tendrás derecho. Puedes ver el cálculo con detalle en la guía del subsidio por desempleo 2026.

Trabajar y cobrar el subsidio: el Complemento de Apoyo al Empleo

Respuesta directa: la reforma creó el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), que permite seguir cobrando parte del subsidio si empiezas a trabajar, a tiempo parcial o completo.

El CAE se reconoce de oficio: si estás cobrando el subsidio y comienzas a trabajar, el SEPE pasa tu prestación a esta modalidad durante un máximo de 180 días, transcurridos los cuales el subsidio queda suspendido si aún te quedan días por cobrar (o extinguido si se ha agotado su duración), según el artículo 282.3 de la LGSS y la ficha del SEPE sobre el CAE. Es uno de los cambios más útiles de la reforma, porque elimina la penalización de aceptar un empleo temporal mientras cobras la ayuda.

Los 5 subsidios del SEPE explicados uno a uno

Respuesta directa: los cinco subsidios cubren situaciones distintas, desde agotar el paro hasta no haber cotizado lo suficiente, y cada uno tiene sus propios requisitos.

Subsidio por agotamiento con cargas familiares

Para quien agota la prestación contributiva, tiene responsabilidades familiares y rentas por debajo del límite. Es uno de los más habituales.

Subsidio por agotamiento sin cargas

Un puente más corto (6 meses) para quien agota el paro sin responsabilidades familiares: mayores de 45 años con una prestación agotada de al menos 120 días y, desde la reforma, también menores de 45 si la prestación agotada duró 360 días o más. Tienes el detalle en la guía del subsidio para mayores de 45 sin cargas.

Subsidio por cotización insuficiente

Para quien cotizó menos de 360 días y no llega a la prestación contributiva: basta haber cotizado 90 días. La duración va de 3 a 6 meses según los días cotizados (90, 120, 150 o 180) y llega a 21 meses con 180 días cotizados y responsabilidades familiares.

Subsidio para mayores de 52 años

Se cobra hasta la edad de jubilación, cotiza por jubilación y exige requisitos de cotización previa. El más protector por su duración.

Subsidio para emigrantes retornados

Para españoles que vuelven de trabajar en un país fuera del Espacio Económico Europeo (o sin convenio de desempleo) al menos 12 meses en los últimos 6 años y no tienen derecho a la prestación contributiva en España (disposición adicional 57.ª de la LGSS).

Subsidio para víctimas de violencia de género o sexual

Creado por la reforma para mantener la cobertura que daba la RAI a este colectivo (disposición adicional 58.ª de la LGSS): exige acreditar la condición de víctima, no tener derecho a la prestación contributiva y cumplir el requisito de rentas; dura hasta 30 meses.

Qué pasa con la RAI, la excarcelación y la revisión de invalidez

La Renta Activa de Inserción (RD 1369/2006) quedó derogada por el RD-ley 2/2024 con efectos del 1 de noviembre de 2024: solo la siguen cobrando quienes la tenían solicitada o reconocida antes de esa fecha, hasta agotarla. Los antiguos subsidios para liberados de prisión y por revisión de invalidez también desaparecieron con la reforma; según su exposición de motivos, esas situaciones se reconducen a otras vías de protección social, como el ingreso mínimo vital.

Qué cambió con la reforma de 2024

Respuesta directa: el Real Decreto-ley 2/2024 reordenó los subsidios, eliminó el mes de espera, escalonó la cuantía y creó el Complemento de Apoyo al Empleo.

Antes había que esperar un mes tras agotar el paro para pedir el subsidio; ahora la solicitud es inmediata. La cuantía dejó de ser plana (el antiguo 80% del IPREM) y pasó a escalonarse en el 95%, 90% y 80% según el tiempo de percepción. Además, se abrió el subsidio por agotamiento sin cargas a los menores de 45 años (si la prestación agotada duró 360 días o más), se creó el subsidio para víctimas de violencia de género o sexual, se derogó la RAI y se permitió compaginar subsidio y trabajo con el CAE. Para situar tu punto de partida conviene saber cuántos días de paro te corresponden y, si procede, cómo funciona la reanudación de la prestación.

Cómo solicitar un subsidio del SEPE

Respuesta directa: el subsidio se pide en la sede electrónica del SEPE o por cita previa, normalmente en los 15 días hábiles siguientes al hecho que da derecho a él.

  1. Comprueba que cumples el requisito de rentas (menos de 915,75 €/mes) y el resto de condiciones del subsidio que te corresponde.
  2. Reúne tu DNI, el certificado de empresa y la documentación de cargas familiares si las tienes.
  3. Solicítalo en la sede electrónica del SEPE con certificado digital o Cl@ve, o pide cita previa presencial.
  4. Inscríbete como demandante de empleo y firma el compromiso de actividad.
  5. Renueva la demanda (sella el paro) en las fechas que te indiquen para no perder la ayuda.

Errores comunes con los subsidios

  • ✗ Error: creer que la cuantía es siempre 480 €. Solución: los primeros seis meses son 570 € en los subsidios generales.
  • ✗ Error: superar el límite de rentas por poco. Solución: revisa que tus ingresos no pasen de 915,75 €/mes.
  • ✗ Error: rechazar un empleo por miedo a perder el subsidio. Solución: el CAE permite compatibilizarlo 180 días.
  • ✗ Error: solicitarlo fuera de plazo. Solución: hazlo en los 15 días hábiles siguientes al hecho causante.
  • ✗ Error: no sellar la demanda. Solución: renueva en las fechas indicadas o se suspende el cobro.

Preguntas frecuentes sobre los subsidios del SEPE

¿Cuántos subsidios del SEPE hay?

Hay cinco subsidios: agotamiento del paro (con o sin cargas), cotización insuficiente, mayores de 52 años, emigrantes retornados y víctimas de violencia de género o sexual. La Renta Activa de Inserción está derogada desde el 1 de noviembre de 2024.

¿Cuánto se cobra de subsidio en 2026?

En los subsidios generales, 570 € los primeros seis meses (95% del IPREM), 540 € del mes 7 al 12 (90%) y 480 € después (80%). El de mayores de 52 son 480 € fijos.

¿Cuál es el límite de rentas para cobrar un subsidio?

El 75% del SMI, que en 2026 son 915,75 € mensuales. Si tus ingresos superan esa cifra, no tienes derecho, salvo que acredites responsabilidades familiares: entonces se mira la renta de la unidad familiar dividida entre sus miembros.

¿Puedo trabajar y cobrar el subsidio a la vez?

Sí, mediante el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), que se reconoce de oficio y permite compatibilizar trabajo y subsidio durante un máximo de 180 días.

¿Cuánto dura el subsidio?

Depende del tipo: desde 6 meses (sin cargas) hasta 30 meses, y el de mayores de 52 años se cobra hasta la edad de jubilación.

¿Qué subsidio puedo pedir si he agotado el paro?

El subsidio por agotamiento, cuya duración es mayor si tienes responsabilidades familiares (hasta 30 meses) que si no las tienes (6 meses; los menores de 45 solo si la prestación agotada duró al menos 360 días).

¿Existe subsidio si no he cotizado lo suficiente?

Sí, el subsidio por cotización insuficiente, para quienes han trabajado entre 90 y 359 días, con cuantía escalonada de 570/540/480 €.

¿El subsidio para mayores de 52 también es escalonado?

No. Mantiene el 80% del IPREM (480 €) durante toda su duración, a diferencia de los subsidios generales.

Identifica tu subsidio y solicítalo a tiempo

Tres cosas que recordar: la cuantía general arranca en 570 € y baja por tramos, el límite de rentas es 915,75 €/mes, y con el CAE puedes trabajar sin perder la ayuda. Tu próximo paso concreto: localiza en la tabla el subsidio que encaja con tu situación y solicítalo en la sede electrónica del SEPE dentro de plazo.

Información orientativa, no sustituye la consulta oficial. Las cuantías dependen del IPREM y pueden variar; confirma en sepe.es. Fuentes: SEPE, RD-ley 2/2024 y artículos 274 a 282 de la Ley General de la Seguridad Social.

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Sobre el autor: Equipo Editorial de cursos-sepe.com, especializado en formación profesional para el empleo, prestaciones y orientación laboral.
Publicado: 28 de mayo de 2026. Actualizado: 27 de septiembre de 2026.

Guía completa: todas las ayudas por desempleo en 2026, con cuantías, requisitos y plazos.

Sobre el autor: elaborado por , director editorial de cursos-sepe.com, a partir de fuentes oficiales: sepe.es · BOE · fundae.es. Portal informativo independiente: no es el SEPE.

Corrección editorial parcial: 16/10/2026. Se han revisado los elementos indicados en esta actualización; no supone una nueva verificación de todas las cifras ni acredita plazas disponibles. Portal independiente.

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Daniel Bellido Director editorial y especialista en formación profesional
Daniel Bellido es divulgador especializado en cursos y formación relacionados con el SEPE, desde Córdoba (España).