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TL;DR datos clave 2026
- IPREM: 600€/mes
- SMI: 1.221€/mes
- Prestación contributiva: 70%/60% base reguladora, de 4 a 24 meses
- Subsidios SEPE: 5 tipos, 80% IPREM (~480€)
- Despido improcedente: 33 días/año, tope 24 meses
- Despido objetivo: 20 días/año, tope 12 meses
- IMV: 733,60€ unipersonal + complementos
- FUNDAE: 100% para empresas de 1-9 trabajadores
📌 Resumen rápido (TL;DR)
- Cursos gratuitos SEPE en y pensión 2026: inscripción y requisitos.
- Convenio España-Brasil: sumar cotizaciones: España y Brasil tienen un Convenio bilateral de Seguridad Social vigente desde 1995 (actualizado en 2012) que permite totalizar los periodos cotizados…
- Primeros pasos al llegar a España: Al llegar a España desde Brasil, sigue estos pasos en orden para activar tu protección social lo antes posible:
- Otras ayudas disponibles para retornados: Además del subsidio del SEPE, como retornado puedes acceder a:
- Homologación de títulos brasileños: Si obtuviste títulos académicos o profesionales en Brasil, necesitarás homologarlos para que tengan validez en España
¿Qué subsidio puedo pedir al volver de Brasil?
Como español que retorna tras trabajar en Brasil, tienes derecho al subsidio para emigrantes retornados del SEPE. Esta prestación asistencial está diseñada específicamente para españoles que regresan del extranjero y se encuentran en desempleo (Fuente: Art. 274 LGSS, modalidad de emigrante retornado).
La cuantía del subsidio en 2026 es de 570€/mes los primeros 6 meses y 540€/mes los siguientes 6, con una duración máxima de 12 meses. Se solicita en la oficina del SEPE una vez estés empadronado en España e inscrito como demandante de empleo.
Brasil es uno de los destinos más habituales de los emigrantes españoles, especialmente durante la crisis de 2008-2014. Según el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE), en 2025 había más de 120.000 españoles registrados en Brasil, y cada año retornan entre 3.000 y 5.000 (Fuente: INE, PERE 2025).
¿Qué requisitos exige el subsidio de retornado?
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Nacionalidad | Ser español (no vale solo tener doble nacionalidad brasileña). |
| Trabajo en Brasil | Haber trabajado al menos 6 meses en Brasil antes de regresar. |
| Retorno | Haberse inscrito en el Consulado español como residente ausente o acreditar el retorno. |
| Empadronamiento | Estar empadronado en un municipio español. |
| Demandante de empleo | Inscribirse como demandante de empleo en el SEPE. |
| Límite de rentas | No superar 915,75€/mes de rentas. |
| Plazo | Solicitar en los 12 meses siguientes al retorno a España. |
Convenio España-Brasil: sumar cotizaciones
España y Brasil tienen un Convenio bilateral de Seguridad Social vigente desde 1995 (actualizado en 2012) que permite totalizar los periodos cotizados en ambos países. Esto es especialmente importante para la pensión de jubilación (Fuente: Convenio bilateral de Seguridad Social España-Brasil, BOE).
¿Cómo funciona? Si cotizaste 15 años en España y 10 en Brasil, puedes sumar ambos periodos (25 años totales) para cumplir los requisitos de acceso a la pensión. Cada país paga la parte proporcional según los años cotizados en su territorio:
- España: paga la pensión correspondiente a 15 años de cotización española.
- Brasil: paga la pensión correspondiente a 10 años de cotización brasileña (INSS brasileiro).
El trámite para totalizar cotizaciones se inicia en la Seguridad Social española (INSS) presentando un formulario de enlace. La Seguridad Social se comunica directamente con el INSS brasileño para verificar los periodos.
Las prestaciones cubiertas por el Convenio incluyen: jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia (viudedad, orfandad) y accidentes de trabajo. No cubre prestaciones por desempleo ni sanitarias.
Primeros pasos al llegar a España
Al llegar a España desde Brasil, sigue estos pasos en orden para activar tu protección social lo antes posible:
- Empadronarte: acude al Ayuntamiento de tu municipio con DNI/pasaporte y contrato de alquiler o declaración de acogida. Sin empadronamiento no puedes hacer ningún otro trámite.
- Solicitar la tarjeta sanitaria: con el empadronamiento, ve al centro de salud para obtener tu tarjeta del Sistema Nacional de Salud.
- Inscribirte como demandante de empleo: pide cita en el SEPE (919 26 79 70) para inscribirte y solicitar el subsidio de retornado.
- Solicitar el subsidio: en la misma cita, presenta la solicitud del subsidio con la documentación acreditativa del retorno.
- Solicitar el formulario de totalización: si quieres sumar cotizaciones brasileñas para tu pensión, acude al INSS (Seguridad Social española).
Otras ayudas disponibles para retornados
Además del subsidio del SEPE, como retornado puedes acceder a:
- Programa de retorno voluntario asistido: si vuelves a través de este programa, recibes ayuda para el billete de avión y una cantidad para los primeros gastos.
- Oficinas de retorno: algunas comunidades autónomas (Galicia, Asturias) tienen oficinas especializadas en atender a retornados con orientación laboral y social.
- Cursos SEPE gratuitos: como demandante de empleo, tienes acceso prioritario a formación subvencionada con becas.
- IMV: si agotas el subsidio de retornado y cumples los requisitos, puedes solicitar el Ingreso Mínimo Vital.
- RAI: si tienes más de 45 años, al agotar el subsidio puedes acceder a la RAI como emigrante retornado +45.
Homologación de títulos brasileños
Si obtuviste títulos académicos o profesionales en Brasil, necesitarás homologarlos para que tengan validez en España. El proceso varía según el tipo de título (Fuente: Ministerio de Educación, servicio de homologación):
- Títulos universitarios: se homologan a través del Ministerio de Educación (sede electrónica). El proceso puede tardar de 6 a 18 meses.
- Títulos de FP/técnicos: requieren convalidación específica según la especialidad.
- Educación básica y secundaria: se tramita en la Consejería de Educación de tu comunidad autónoma.
Mientras esperas la homologación, tu título brasileño puede servirte para acceder a determinados cursos del SEPE o para presentar tu candidatura en procesos de selección (algunas empresas aceptan títulos extranjeros si demuestras que está en trámite la homologación).
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar el subsidio de retornado si tengo doble nacionalidad (española y brasileña)?
Sí, siempre que poseas la nacionalidad española. La doble nacionalidad no es un impedimento. Lo importante es acreditar que eres español y que has trabajado en Brasil.
¿Puedo cobrar una pensión brasileña viviendo en España?
Sí. Gracias al Convenio bilateral, puedes recibir tu pensión del INSS brasileño estando en España. Brasil transfiere el pago a tu cuenta bancaria española. Los impuestos se rigen por el Convenio de doble imposición entre ambos países.
¿Tengo derecho a asistencia sanitaria al volver?
Sí. Con el empadronamiento en España tienes derecho a la asistencia sanitaria pública gratuita a través del Sistema Nacional de Salud. No necesitas haber cotizado en España para esto.
¿Cuánto tarda en aprobarse el subsidio de retornado?
La resolución suele tardar entre 15 y 30 días desde la solicitud. El primer pago llega entre el 10 y 15 del mes siguiente a la aprobación. Si presentas toda la documentación correctamente, el proceso es rápido.
¿Puedo solicitar el subsidio si llevo más de 12 meses en España?
No. El subsidio de retornado debe solicitarse dentro de los 12 meses siguientes al retorno a España. Si ya ha pasado más tiempo, tendrás que acceder a otras prestaciones como el subsidio por cotización insuficiente, la RAI o el IMV.
Datos verificados 2026
- El IPREM se establece en 600€/mes, lo que influye en el cálculo de subsidios y prestaciones (fuente: sepe.es).
- El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se fija en 1.221€/mes, garantizando un ingreso mínimo para los trabajadores (fuente: BOE).
- Las prestaciones contributivas se distribuyen en un 70% durante los primeros seis meses y un 60% después, con una duración de 4 a 24 meses (fuente: sepe.es).
- Existen 5 tipos de subsidios SEPE, que ofrecen un 80% del IPREM, lo que equivale a aproximadamente 480€ al mes (fuente: sepe.es).
- El despido improcedente otorga 33 días de indemnización por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades (fuente: ET RDL 2/2015).
- El plazo para presentar una solicitud de subsidio es de 15 días hábiles desde la finalización del contrato (fuente: sepe.es).
- El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se establece en 733,60€ para unidades unipersonales, con posibilidad de complementos (fuente: sepe.es).
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