Calculadora IMV 2026 | Ingreso Mínimo Vital tras subida 11,4%

Ingreso Mínimo Vital 2026 — cursos-sepe.com

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TL;DR datos clave Calculadora IMV 2026

  • Concepto: El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica destinada a garantizar un nivel mínimo de ingresos.
  • El IMV se calcula en función de la composición del hogar y los ingresos disponibles.
  • En 2026, el umbral de ingresos para una persona sola es de aproximadamente 5.400€ anuales.
  • El IMV puede alcanzar hasta 1.200€ mensuales para familias numerosas con ingresos bajos.
  • El IPREM en 2026 se sitúa en 600€ mensuales, utilizado para calcular ayudas y subsidios.
  • El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2026 es de 1.221€ mensuales, un aumento del 3,1% respecto a 2025.
  • La solicitud del IMV se puede realizar online a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.
  • El IMV es compatible con otras ayudas, como el subsidio por desempleo o pensiones.
  • El IMV se revisa anualmente, ajustándose a la evolución del coste de la vida.

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) en 2026 garantiza una renta mínima desde 733,60 € al mes para una persona sola hasta 1.613,92 € al mes para hogares de 5 o más miembros, más complementos por monoparentalidad, discapacidad y por cada menor a cargo. Las cuantías han subido un 11,4% en 2026 (RDL 3/2026) tras varios años con incrementos moderados. Esta calculadora estima si tu unidad de convivencia tiene derecho al IMV y cuánto cobraría según composición e ingresos.

El IMV no es una cantidad fija que se cobra entera. Lo que recibes es la diferencia entre la renta garantizada que te corresponde según tu unidad de convivencia y los ingresos que ya tienes. Si esa diferencia es inferior a 10 €/mes no se reconoce el IMV, aunque sí podrías acceder al Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) por cada menor en el hogar.

Calcula tu IMV ahora

Cuantías oficiales actualizadas tras la subida del 11,4% en 2026.

Suma de todos los ingresos netos del hogar.

Qué es el Ingreso Mínimo Vital

El IMV es una prestación económica de la Seguridad Social diseñada para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o en hogares con ingresos insuficientes. Se creó por el Real Decreto-ley 20/2020 y se reguló de forma definitiva por la Ley 19/2021 de 20 de diciembre. Lo gestiona el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Desde su puesta en marcha ha llegado a más de 3,3 millones de personas, de las cuales el 41% son menores de edad. En 2026 sus cuantías han subido un 11,4% (RDL 3/2026), una subida muy por encima del IPC, dirigida a igualar progresivamente la prestación con el 75% del umbral de pobreza para un hogar unipersonal.

Cuantías oficiales del IMV en 2026

La renta garantizada parte de la pensión no contributiva mensual (733,60 €) y se incrementa un 30% por cada miembro adicional desde el segundo, con un tope del 220%. Estas son las cuantías base 2026:

Composición de la unidadRenta garantizada baseEquivalente anual
1 adulto733,60 €/mes8.803,20 €
2 miembros953,68 €/mes11.444,16 €
3 miembros1.173,76 €/mes14.085,12 €
4 miembros1.393,84 €/mes16.726,08 €
5 o más miembros1.613,92 €/mes (tope)19.367,04 €

Complementos sumables

  • Complemento monoparental (+22% del individual = 161,39 €/mes): para unidades de un solo adulto con al menos un menor a cargo. Equipara hogares con un solo progenitor a las parejas con hijos.
  • Complemento por discapacidad ≥65% (+22% del individual = 161,39 €/mes): si algún miembro de la unidad tiene reconocida una discapacidad de ese porcentaje o superior.
  • Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI): por cada menor en el hogar.
    • 0 a 3 años: 115 €/mes.
    • 3 a 6 años: 80,50 €/mes.
    • 6 a 18 años: 57,50 €/mes.

El CAPI se cobra incluso aunque la unidad no tenga derecho al IMV principal, si los ingresos están dentro de los umbrales más amplios establecidos para esta ayuda específica.

Cómo se calcula la cuantía que cobrarás

El IMV no se cobra entero: cobras la diferencia entre la renta garantizada que te corresponde y los ingresos mensuales que ya tienes. La fórmula es:

IMV mensual = Renta garantizada de tu unidad − Ingresos mensuales de la unidad

Si esa diferencia es inferior a 10 €/mes, no se reconoce. Si es positiva y superior a 10 €, se cobra mensualmente entre los días 1 y 4 (algunos bancos lo adelantan a final del mes anterior).

Los ingresos que se computan son los del ejercicio fiscal anterior, prorrateados a 12 meses. Por ejemplo, para el IMV de 2026 se mira lo declarado en 2025. Esto explica por qué algunas personas que pierden el empleo no acceden hasta el año siguiente.

Tres ejemplos prácticos

Ejemplo 1 · Mujer sola sin ingresos

María, 35 años, vive sola sin ingresos tras agotar el subsidio.

  • Renta garantizada: 733,60 €/mes (cuantía individual).
  • Ingresos: 0 €.
  • IMV: 733,60 − 0 = 733,60 €/mes.

Ejemplo 2 · Pareja con dos menores

Pareja con dos hijos (4 y 8 años). Ingresos del hogar: 600 €/mes (un trabajo a tiempo parcial).

  • Renta garantizada base (4 miembros): 1.393,84 €/mes.
  • IMV base: 1.393,84 − 600 = 793,84 €/mes.
  • CAPI: 80,50 € (4 años) + 57,50 € (8 años) = 138 €.
  • Total mensual: 931,84 €.

Ejemplo 3 · Familia monoparental

Padre solo con un hijo de 5 años. Ingresos del hogar: 350 €/mes.

  • Renta garantizada base (2 miembros): 953,68 €/mes.
  • Complemento monoparental: 161,39 €.
  • Renta garantizada total: 1.115,07 €.
  • IMV base: 1.115,07 − 350 = 765,07 €/mes.
  • CAPI: 80,50 € (5 años).
  • Total mensual: 845,57 €.

Requisitos para acceder al IMV

Requisitos generales

  • Edad: tener al menos 23 años. Excepciones para víctimas de violencia de género o trata, jóvenes ex tutelados (de 18 a 22 años con al menos 6 meses bajo protección institucional) y personas sin hogar.
  • Residencia: haber residido legal y efectivamente en España al menos 1 año continuado anterior a la solicitud. Excepciones para menores incorporados a la unidad y víctimas de trata o violencia de género.
  • Situación de vulnerabilidad: ingresos del ejercicio anterior por debajo del umbral correspondiente a tu unidad. La diferencia respecto a la renta garantizada debe ser de al menos 10 €/mes.
  • Patrimonio: no superar 3 veces la cuantía anual de tu renta garantizada (sin contar la vivienda habitual). Para una persona sola: 26.409,60 €. Para 4 miembros: 50.178,24 €.
  • Convivencia previa: en unidades de convivencia, los miembros deben llevar al menos 6 meses conviviendo continuadamente.

Requisitos específicos según situación

  • Solicitantes adultos solos: haber vivido de forma independiente al menos 3 años antes de la solicitud, o 6 meses si forman familia monoparental.
  • Pareja sin hijos: al menos 1 año de convivencia o vínculo análogo al matrimonio.
  • Trabajadores activos: el IMV es compatible con el empleo gracias al «incentivo al empleo» introducido en 2023, que permite que un tramo de los nuevos ingresos laborales no reduzca la prestación.

Cómo solicitar el IMV

  1. Solicitud online en la sede electrónica de la Seguridad Social con certificado digital, Cl@ve o usuario+contraseña.
  2. Solicitud presencial con cita previa en tu Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). Pide cita en seg-social.es.
  3. Solicitud por correo ordinario rellenando el impreso oficial y enviándolo a la dirección del INSS de tu provincia.

Documentación habitual

  • DNI/NIE de todos los miembros adultos.
  • Libro de familia o partidas de nacimiento de los menores.
  • Certificado de empadronamiento colectivo histórico de los últimos 6 meses.
  • Declaración del IRPF del año anterior (o certificado de no obligación de declarar).
  • Certificado de empresa o vida laboral si has trabajado recientemente.
  • Sentencia de separación o divorcio si procede.
  • Documentación específica para excepciones (violencia de género, trata, sin hogar).

El plazo legal de resolución es de 6 meses desde la solicitud. Si transcurre ese plazo sin respuesta, opera el silencio administrativo negativo (se entiende denegada). En la práctica, el INSS resuelve la mayoría de expedientes en 3-5 meses.

Causas frecuentes de denegación y cómo evitarlas

  • Patrimonio superior al límite. Es la causa más habitual. El patrimonio computa cuentas bancarias, vehículos, segundas viviendas y planes de pensiones. Solo se excluye la vivienda habitual.
  • Falta de empadronamiento histórico. Necesitas demostrar 6 meses continuados de convivencia. Si has cambiado de domicilio recientemente, esperarás hasta cumplir el plazo.
  • Ingresos del año anterior por encima del umbral. Aunque ahora estés en paro, si en el ejercicio fiscal anterior superaste el umbral, no accedes hasta la siguiente revisión.
  • Documentación incompleta. Resolver requerimientos de documentación dentro del plazo concedido (10 días hábiles habitualmente).
  • Composición incorrecta de la unidad. Empadronarse junto a personas que no forman tu unidad puede confundir el cálculo. Conviene aclarar la situación con un certificado de servicios sociales.

Si te deniegan el IMV puedes reclamar en alzada en el plazo de 30 días naturales desde la notificación de la resolución denegatoria. Si la respuesta sigue siendo negativa, queda la vía judicial social.

El IMV es compatible con el empleo

Desde 2023, el IMV incorpora un «incentivo al empleo» que permite trabajar y mantener parte de la prestación. La regla básica es que los nuevos ingresos laborales por debajo del 60% de la renta garantizada no reducen la prestación. Por encima de ese umbral, se aplica una reducción progresiva.

Para una unidad de 4 miembros con renta garantizada de 1.393,84 €, el 60% son 836,30 €. Mientras los ingresos laborales de la unidad estén por debajo de esa cifra, el IMV se cobra íntegro. Si los ingresos suben por encima del umbral, la cuantía se reduce gradualmente, no se elimina de golpe.

Diferencias entre IMV, RAI y subsidio por desempleo

ConceptoIMVRAISubsidio desempleo
Cuantía 2026Desde 733,60 €/mes480 €/mes480 €/mes
DuraciónIndefinida (con revisiones)11 meses (max 3 anualidades vida)6-30 meses según cotización
NaturalezaNo contributiva, valora hogar completoNo contributiva, asistencialAsistencial
GestorSeguridad Social (INSS)SEPESEPE
Compatible con empleoSí, con incentivo al empleoNo (suspende durante trabajo)Sí, parcialmente con CAE

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Preguntas frecuentes

¿El IMV se cobra entero todos los meses?

No. Cobras la diferencia entre la renta garantizada que te corresponde según tu unidad de convivencia y los ingresos que ya tienes. Si tienes un trabajo a tiempo parcial que aporta 600 €, y la renta garantizada de tu unidad es 1.115,07 €, cobras 515,07 €.

¿Tengo que hacer la declaración de la renta si cobro el IMV?

Sí, la presentación de la declaración del IRPF es obligatoria para todos los miembros de la unidad de convivencia, incluidos los menores si tienen ingresos. Si no la presentas, el IMV puede suspenderse. El IMV en sí está exento de IRPF, pero hay que declararlo informativamente.

¿Puedo cobrar el IMV si tengo coche?

Depende del valor. El patrimonio computable incluye los vehículos, pero solo si superan determinados umbrales. La Seguridad Social aplica baremos específicos: un coche utilitario antiguo puede no afectar, pero un vehículo de gama alta o varios vehículos sí cuentan al patrimonio computable.

¿Si vivo de alquiler, eso ayuda al IMV?

El alquiler no es un requisito para acceder al IMV, pero existe un complemento adicional para personas que pagan alquiler de vivienda habitual y no tienen vivienda en propiedad. Se debe solicitar específicamente y requiere acreditar el contrato de alquiler.

¿Cuánto se tarda en cobrar el IMV una vez aprobado?

Normalmente, el primer pago llega en el mes siguiente a la resolución favorable, con efectos desde el primer día del mes en que se solicitó. Si has esperado 4 meses por la resolución, recibirás los atrasos en el primer pago.

¿Puedo cobrar IMV y subsidio por desempleo a la vez?

Son incompatibles entre sí. Si cobras subsidio por desempleo no puedes cobrar IMV simultáneamente. Pero si tu unidad familiar tiene otros ingresos por debajo del umbral, podríais acceder considerando el subsidio dentro de los ingresos computables.

¿Qué pasa si mi situación cambia mientras cobro el IMV?

Tienes obligación de comunicar al INSS cualquier variación: cambio de domicilio, nacimiento de un hijo, ruptura de pareja, nuevo empleo, mejora de ingresos. La omisión de comunicación puede suponer la pérdida del derecho y la devolución de cantidades cobradas indebidamente.

¿Cuáles son las cuantías mensuales máximas que puedo cobrar?

Una unidad de 5 o más miembros con monoparentalidad y discapacidad puede sumar: 1.613,92 € (base) + 161,39 € (mono) + 161,39 € (disc) + 4 × 115 € (CAPI máximo si todos los menores tienen 0-3 años) = 2.396,70 €/mes. En la práctica, las cuantías típicas oscilan entre 500 y 1.300 €.

¿Si tengo deudas, eso afecta a mi IMV?

El IMV en sí es inembargable hasta el 100% del SMI (1.221 € en 2026), según el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Por encima de ese tramo se pueden aplicar embargos. Las deudas no figuran en el patrimonio computable: lo que cuenta es el activo que tienes, no las deudas pendientes.

¿Cuándo me revisan el IMV?

El INSS revisa anualmente la prestación con los datos fiscales del ejercicio anterior. Si tus ingresos han subido o tu situación familiar ha cambiado, ajustará la cuantía. Las revisiones automáticas se notifican por correo postal o sede electrónica.

Aviso legal

Esta calculadora ofrece una estimación orientativa. La concesión definitiva del IMV depende de la verificación por parte del INSS de tus ingresos del ejercicio fiscal anterior, patrimonio, composición real de la unidad de convivencia y residencia legal en España. No constituye reconocimiento del derecho.

Si crees que cumples los requisitos, solicita el IMV en la sede electrónica de la Seguridad Social o pide cita en tu Centro de Atención e Información (CAISS).

Fuentes oficiales utilizadas

Última actualización: mayo de 2026 · Próxima revisión: agosto de 2026.

Datos verificados sobre Calculadora IMV 2026

  • El Ingreso Mínimo Vital busca garantizar un nivel mínimo de ingresos a las familias vulnerables (fuente: sepe.es).
  • En 2026, el IMV se establece en 5.400€ anuales para un adulto solo, aumentando con el número de miembros (fuente: sepe.es).
  • Las familias con tres o más hijos pueden recibir hasta 1.200€ mensuales en IMV (fuente: sepe.es).
  • El IPREM se mantiene en 600€ mensuales, fundamental para el acceso a diversas ayudas (fuente: sepe.es).
  • El SMI en 2026 se fija en 1.221€, reflejando un esfuerzo por mejorar la calidad de vida (fuente: sepe.es).
  • La solicitud del IMV puede realizarse a través de la Seguridad Social, facilitando el acceso a la prestación (fuente: sepe.es).
  • El IMV es compatible con el subsidio por desempleo, permitiendo a los beneficiarios acceder a múltiples ayudas (fuente: sepe.es).
  • El IMV se revisa anualmente, asegurando su adaptación a la inflación y cambios económicos (fuente: sepe.es).

Sobre el autor: contenido revisado por , especialista en cursos SEPE, FUNDAE y derecho laboral con más de 6 años analizando convocatorias, certificados, prestaciones y normativa BOE. Fuentes cruzadas: sepe.es · fundae.es · BOE · LGSS · Ley 30/2015 · RD 34/2008.

Última revisión: 11 mayo 2026. Información orientativa: NO sustituye consulta oficial en sede.sepe.gob.es ni asesor laboral colegiado.

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Daniel Bellido Director Editorial y Especialista en Formacion Profesional
Daniel Bellido es divulgador especializado en cursos y formación relacionados con el SEPE, desde Córdoba (España).

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